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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE MARZO DEL AÑO 2019 (20/03/2019)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 14

14 NORMAS LEGALES Miércoles 20 de marzo de 2019 / El Peruano Educativa – PRONIED, con el objeto de ampliar, mejorar, sustituir, rehabilitar y/o construir infraestructura educativa pública de Educación Básica y de Educación Superior Pedagógica, Tecnológica y Técnico-Productiva, incluyendo el mantenimiento y/o equipamiento de la misma, cuando corresponda, de manera concertada y coordinada con los otros niveles de gobierno, y en forma plani fi cada, articulada y regulada, en el marco de las políticas sectoriales de educación en materia de infraestructura educativa, a fi n de contribuir a la mejora en la calidad de la educación del país; Que, mediante la Resolución Ministerial N° 408-2017-MINEDU, se aprobó el Cuadro para Asignación de Personal Provisional del Programa Nacional de Infraestructura Educativa – PRONIED y a través de la Resolución Ministerial N° 619-2018-MINEDU, se aprobó el reordenamiento del Cuadro para Asignación de Personal Provisional del Programa Nacional de Infraestructura Educativa – PRONIED, en el cual el cargo de Director de Sistema Administrativo III de la Unidad Gerencial de Estudios y Obras se encuentra cali fi cado como de confi anza; Que, mediante la Resolución Directoral Ejecutiva N° 125-2018-MINEDU/VMGI-PRONIED, se designó al señor Luis Felipe Gil Solis en el cargo de Director de Sistema Administrativo III de la Unidad Gerencial de Estudios y Obras del Programa Nacional de Infraestructura Educativa – PRONIED; Que, el señor Luis Felipe Gil Solis, ha presentado su renuncia al cargo de Director de Sistema Administrativo III de la Unidad Gerencial de Estudios y Obras del Programa Nacional de Infraestructura Educativa – PRONIED, la cual resulta pertinente aceptar; Que, el literal f) del artículo 9 del Manual de Operaciones del PRONIED, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 034-2016-MINEDU y modi fi cado mediante Resolución Ministerial N° 341-2017-MINEDU, establece que la Dirección Ejecutiva tiene la función de designar y/o encargar las funciones de los cargos directivos del PRONIED, así como aprobar las demás acciones de personal; Que, al encontrarse vacante el cargo de Director de Sistema Administrativo III de la Unidad Gerencial de Estudios y Obras, resulta necesario designar al titular; Que, la señorita Miluzka Cindy Mabel Vásquez Díaz, cumple con los requisitos para el cargo de Director de Sistema Administrativo III de la Unidad Gerencial de Estudios y Obras, de acuerdo a lo establecido en el Clasi fi cador de Cargos vigente, aplicable al Programa Nacional de Infraestructura Educativa – PRONIED, lo cual ha sido veri fi cado por la Unidad de Recursos Humanos; De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1057, Decreto Legislativo que regula el régimen especial de contratación administrativa de servicios, modi fi cado por la Ley N° 29849; su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 075-2008-PCM y modi fi cado por Decreto Supremo N° 065-2011-PCM; el Manual de Operaciones del Programa Nacional de Infraestructura Educativa – PRONIED, aprobado con Resolución Ministerial N° 034-2016-MINEDU y modi fi cado con Resolución Ministerial N° 341-2017-MINEDU; y el Reglamento Interno de Servidores Civiles del Programa Nacional de Infraestructura Educativa – PRONIED, aprobado por Resolución Directoral Ejecutiva N° 331-2016-MINEDU/VMGI-PRONIED; con los vistos de la Unidad de Recursos Humanos, la O fi cina General de Administración y la Ofi cina de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aceptar con efectividad al 20 de marzo de 2019, la renuncia del señor Luis Felipe Gil Solis al cargo de Director de Sistema Administrativo III de la Unidad Gerencial de Estudios y Obras del Programa Nacional de Infraestructura Educativa – PRONIED, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Designar a partir de la fecha, a la señorita Miluzka Cindy Mabel Vásquez Díaz en el cargo de Directora de Sistema Administrativo III de la Unidad Gerencial de Estudios y Obras del Programa Nacional de Infraestructura Educativa – PRONIED.Artículo 3.- Notifi car la presente resolución a las personas señaladas en los artículos precedentes y a la Unidad de Recursos Humanos, para las acciones correspondientes. Artículo 4.- Encargar a la O fi cina de Comunicaciones la publicación de la presente resolución en el portal institucional del Programa Nacional de Infraestructura Educativa – PRONIED (www.pronied.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese.ELIZABETH MILAGROS AÑAÑOS VEGA Directora EjecutivaPrograma Nacional de Infraestructura EducativaPRONIED 1751683-1 ENERGIA Y MINAS Otorgan la calidad de Central de Cogeneración Calificada a la Central Térmica Paramonga 1, solicitada por Agro Industrial Paramonga S .A.A. RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 034-2019-MEM/DGE Lima, 25 de febrero de 2019VISTOS: El Expediente N° 13177209-01 sobre solicitud de Cali fi cación de Central de Cogeneración para la Central Térmica Paramonga 1, presentada por AGRO INDUSTRIAL PARAMONGA S.A.A., y el Informe N° 098-2019-MEM/DGE-DCE, elaborado por la Dirección General de Electricidad del Ministerio de Energía y Minas; CONSIDERANDO:Que, mediante la Resolución Suprema N° 002- 2010-EM, publicada el 20 de enero de 2010, se otorgó a favor de AGRO INDUSTRIAL PARAMONGA S.A.A., la concesión de fi nitiva de generación con Recursos Energéticos Renovables para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica en las instalaciones de la Central Térmica Paramonga 1, con una potencia instalada de 23 MW, ubicada en el distrito Paramonga, provincia de Barranca y departamento de Lima; y se aprobó el Contrato de Concesión N° 344-2009 (en adelante el CONTRATO); Que, mediante el documento con Registro N° 2900543, de fecha 12 de febrero de 2019, AGRO INDUSTRIAL PARAMONGA S.A.A. presentó su solicitud de Cali fi cación de Central de Cogeneración para la Central Térmica Paramonga 1; Que, la solicitud referida en el considerando que antecede, se presentó de conformidad con el artículo 4 del Reglamento de Cogeneración, aprobado mediante Decreto Supremo N° 037-2006-EM, así como con el Código AE05 del Anexo N° 01 del Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Energía y Minas, aprobado mediante Decreto Supremo N° 038-2014-EM; habiéndose cumplido con los requisitos técnicos y legales exigidos, incluido los valores mínimos establecidos en el artículo 5 del citado Reglamento; Estando a lo dispuesto por los artículos 4 y 5 del Reglamento de Cogeneración; SE RESUELVE:Artículo 1.- Otorgar a la Central Térmica Paramonga 1 la calidad de Central de Cogeneración Cali fi cada, solicitada por AGRO INDUSTRIAL PARAMONGA S.A.A., por las razones y fundamentos legales expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2.- La presente Resolución Directoral, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 4 del Reglamento de Cogeneración, será publicada por cuenta