Norma Legal Oficial del día 20 de marzo del año 2019 (20/03/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

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NORMAS LEGALES

Miércoles 20 de marzo de 2019 /

El Peruano

Dirección de Beneficencias Públicas de la Dirección General de la Familia y la Comunidad tiene, entre otras, la función de monitorear y evaluar el funcionamiento de las Sociedades de Beneficencia, así como sus planes, programas y proyectos; Que, en mérito a lo señalado, mediante Memorándum N° D000010-2019-MIMP-DGFC, la Dirección General de la Familia y la Comunidad ha solicitado la transferencia de recursos financieros, hasta por la suma de S/ 467,587.48 (CUATROCIENTOS SESENTA Y SIETE MIL QUINIENTOS OCHENTA Y SIETE Y 48/100 SOLES), a favor de las Sociedades de Beneficencia que se encuentran bajo el ámbito de competencia del MIMP, para el pago de la planilla de pensiones y remuneraciones del mes de marzo de 2019 de las citadas Sociedades de Beneficencia, cuya relación obra en el Anexo adjunto al Informe Técnico N° D0000052019-MIMP-DIBP-ACG de la Dirección de Beneficencias Públicas, el cual la referida Dirección General hace suyo; Que, con Memorándum N° D000013-2019-MIMP-OGPP, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto hace suyo el Informe N° D000008-2019-MIMP-OPR de la Oficina de Presupuesto, a través del cual se emite opinión favorable y otorga la correspondiente Certificación Presupuestaria por el monto de hasta S/ 467,587.48 (CUATROCIENTOS SESENTA Y SIETE MIL QUINIENTOS OCHENTA Y SIETE Y 48/100 SOLES), en la Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios, específica de gasto "2.4.1.3.1.4 a Otras Entidades Públicas" y de acuerdo a la meta presupuestaria señalada en el Cuadro N° 1 que obra en el referido Informe, para la transferencia financiera a favor de las Sociedades de Beneficencia que se encuentran bajo el ámbito de competencia del MIMP, como apoyo para el pago de la planilla de pensiones y remuneraciones del mes de marzo de 2019 de las mencionadas Sociedades de Beneficencia; Que, mediante Memorándum N° D000061-2019-MIMPOGA, la Oficina General de Administración solicita continuar con el trámite para la transferencia de recursos financieros, hasta por la suma de S/ 467,587.48 (CUATROCIENTOS SESENTA Y SIETE MIL QUINIENTOS OCHENTA Y SIETE Y 48/100 SOLES), a favor de las Sociedades de Beneficencia que se encuentran bajo el ámbito de competencia del MIMP, en atención a la propuesta formulada por la Dirección General de la Familia y la Comunidad, mediante Memorándum N° D000010-2019-MIMP-DGFC; Que, en tal sentido, a fin de efectivizar el apoyo para el pago de la planilla de pensiones y remuneraciones de los pensionistas y trabajadores de las Sociedades de Beneficencia que se encuentran en el ámbito de competencia del MIMP, según Anexo adjunto al Informe Técnico N° D000005-2019-MIMP-DIBP-ACG de la Dirección de Beneficencias Públicas de la Dirección General de la Familia y la Comunidad, corresponde emitir el acto por el cual se apruebe la transferencia financiera hasta por la suma de S/ 467,587.48 (CUATROCIENTOS SESENTA Y SIETE MIL QUINIENTOS OCHENTA Y SIETE Y 48/100 SOLES), correspondiente al mes de marzo de 2019, a favor de las mencionadas Sociedades de Beneficencia; Con las visaciones del Despacho Viceministerial de Poblaciones Vulnerables, de la Secretaría General, de la Dirección General de la Familia y la Comunidad, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, de la Oficina General de Administración y de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; el Decreto Legislativo N° 1411, Decreto Legislativo que regula la naturaleza jurídica, funciones, estructura orgánica y otras actividades de las Sociedades de Beneficencia; el Decreto Legislativo N° 1098, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; y, el Decreto Supremo N° 0032012-MIMP que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables y modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar la transferencia financiera del Pliego 039: Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables,

Unidad Ejecutora 001: Administración Nivel Central, hasta por la suma de S/ 467,587.48 (CUATROCIENTOS SESENTA Y SIETE MIL QUINIENTOS OCHENTA Y SIETE Y 48/100 SOLES), a favor de las Sociedades de Beneficencia que se encuentran en el ámbito de competencia del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables - MIMP, conforme al Anexo que forma parte de la presente Resolución, como apoyo para el pago de la planilla de pensiones y remuneraciones del mes de marzo de 2019 para las mencionadas Sociedades de Beneficencia. Artículo 2.- La Oficina General de Administración efectúa las acciones administrativas que correspondan para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución Ministerial. Artículo 3.- Las Sociedades de Beneficencia efectúan las rendiciones respectivas de los recursos transferidos, debiendo informar sobre éstas a la Dirección de Beneficencias Públicas de la Dirección General de la Familia y la Comunidad. Los recursos asignados que no fueren utilizados deben ser revertidos al Tesoro Público. Artículo 4.- La Dirección General de la Familia y la Comunidad, a través de la Dirección de Beneficencias Públicas, y la Oficina General de Administración, en el marco de sus competencias, son las responsables del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines y metas de los recursos materia de la presente transferencia. Artículo 5.- Disponer que la presente Resolución Ministerial y su Anexo se publiquen en el portal institucional del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (www.gob.pe/mimp) el mismo día de la publicación de la Resolución en el diario oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. GLORIA MONTENEGRO FIGUEROA Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables 1751676-1

PRODUCE
Aceptan renuncia de Asesor II del Despacho Ministerial
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 096-2019-PRODUCE Lima, 19 de marzo de 2019 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial N° 196-2018-PRODUCE, se designa al señor Roberto Arturo Ortiz Villavicencio en el cargo de Asesor II del Despacho Ministerial del Ministerio de la Producción; cargo al cual ha formulado renuncia, siendo necesario aceptarla; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; el Decreto Legislativo N° 1047, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y modificatorias; y el Decreto Supremo N° 002-2017-PRODUCE, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y modificatoria; SE RESUELVE: Artículo Único.- Aceptar la renuncia formulada por el señor Roberto Arturo Ortiz Villavicencio al cargo de Asesor II del Despacho Ministerial del Ministerio de la Producción, dándosele las gracias por los servicios prestados. Regístrese, comuníquese y publíquese. ROCIO BARRIOS ALVARADO Ministra de la Producción 1751613-1

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