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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE MARZO DEL AÑO 2019 (21/03/2019)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 13

13 NORMAS LEGALES Jueves 21 de marzo de 2019 El Peruano / SE RESUELVE: Artículo 1.- Aceptar la renuncia formulada por el señor Martín Elías Del Alcázar Chávez al cargo de Director de la Ofi cina de Articulación Intergubernamental y Prevención de Con fl ictos Sociales de la Secretaría General del Ministerio de la Producción, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Designar a la señora Guisela Valdivia Mosqueira en el cargo de Directora de la O fi cina de Articulación Intergubernamental y Prevención de Confl ictos Sociales de la Secretaría General del Ministerio de la Producción. Regístrese, comuníquese y publíquese.ROCÍO BARRIOS ALVARADO Ministra de la Producción 1752145-1 Establecen condiciones para la implementación y operatividad de los Centros de Desarrollo Empresarial RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 100-2019-PRODUCE Lima, 19 de marzo 2019VISTOS: El Informe N° 008-2019-PRODUCE/ DVMYPE-I/TUEMPRESA de la Dirección Ejecutiva del Programa Nacional “Tu Empresa”, el Informe N° 011-2019-PRODUCE/DVMYPE-I/DGITDF/DDF/RBARDABLES de la Dirección General de Innovación, Tecnología, Digitalización y Formalización, el Informe N° 036-2019-PRODUCE/DDP-cpasachec de la Dirección General de Desarrollo Empresarial, el Informe N° 023-2019-PRODUCE/DVMYPE-I/DGPAR-DN-spereira de la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio; el Informe N° 047-2019-PRODUCE/OGPPM-OPM de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; y el Informe N° 240-2019-PRODUCE/OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, el artículo 3 del Decreto Legislativo N° 1047, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, establece que el Ministerio de la Producción es competente, entre otros, en materia de industria, micro y pequeña empresa y comercio interno; Que, mediante el Decreto Legislativo N° 1332, Decreto Legislativo que facilita la constitución de Empresas a través de los Centros de Desarrollo Empresarial–CDE, se dispuso optimizar los procesos de asesoría y asistencia técnica en la constitución de una empresa a través de los CDE cali fi cados y autorizados por el Ministerio de la Producción, a fi n de promover la formalización empresarial; Que, los artículos 2 y 4 del Decreto Legislativo N° 1332, disponen que el Ministerio de la Producción cali fi ca y autoriza a toda institución pública o privada, así como a los notarios, para obtener la condición de los CDE; Que, la Tercera Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo N° 1332, dispone que las condiciones para la implementación y operatividad de los CDE se establecen mediante Resolución Ministerial; Que, mediante el Decreto Supremo N° 006-2017-PRODUCE se aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1332, el cual en su artículo 9 dispone que el Ministerio de la Producción comunica a la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos–SUNARP la autorización, suspensión o terminación de la condición de CDE; Que, a través de la Resolución Ministerial N° 091-2017-PRODUCE se establecen las condiciones para la implementación y operatividad de los CDE cali fi cados y autorizados por el Ministerio de la Producción; Que, mediante el artículo 1 del Decreto Supremo N° 012-2017-PRODUCE se crea, en el ámbito del Ministerio de la Producción, el Programa Nacional “Tu Empresa”, cuyo objetivo general es contribuir al aumento de la productividad y ventas de las micro y pequeñas empresas, brindándoseles facilidades para formalizarse, acceder al crédito formal, digitalizarse y desarrollar las capacidades de los/las empresarios/as; en particular, a través de los CDE autorizados por el Ministerio de la Producción; Que, el artículo 7 del Decreto Supremo N° 012-2017-PRODUCE, establece que el Ministerio de la Producción, a través del Programa Nacional “Tu Empresa”, suscribe convenios o genera alianzas estratégicas con los Gobiernos Regionales, Locales y entidades públicas y privadas, incluyendo entidades de educación superior, que sean necesarios para el cumplimiento de sus objetivos estratégicos; Que, a efecto de fortalecer y concordar lo establecido en el Decreto Legislativo N° 1332, y su Reglamento, con lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 012-2017-PRODUCE, resulta necesario actualizar el marco normativo que regula las condiciones para la implementación y operatividad de los CDE; Con la visación del Viceministro de MYPE e Industria; del Director Ejecutivo del Programa Nacional “Tu Empresa”, del Director General de la Dirección General de Desarrollo Empresarial; de la Directora General de la Dirección General de Innovación, Tecnología, Digitalización y Formalización; de la Directora General de la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio; del Director General de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; y, del Director General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo N° 1332, Decreto Legislativo que facilita la constitución de empresas a través de los Centros de Desarrollo Empresarial – CDE; y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 006-2017-PRODUCE; el Decreto Supremo N° 012-2017-PRODUCE, que crea el Programa Nacional “Tu Empresa”; el Decreto Legislativo N° 1047, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, y el Decreto Supremo N° 002-2017-PRODUCE, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción; SE RESUELVE: Artículo 1.- Objeto La presente Resolución Ministerial tiene por objeto establecer las condiciones para la implementación y operatividad de los Centros de Desarrollo Empresarial – CDE, de instituciones públicas o privadas, así como de los notarios, en el marco de lo establecido en el Decreto Legislativo N° 1332. Artículo 2.- De los Centros de Desarrollo Empresarial Los Centros de Desarrollo Empresarial que cali fi ca y autoriza el Ministerio de la Producción son los siguientes: - CDE de Instituciones Públicas. - CDE de Instituciones Privadas.- CDE de Notarios. Artículo 3.- Manual Operativo y de Atención de los CDE 3.1 El Manual Operativo y de Atención de los CDE es el instrumento que contiene las características técnicas y de gestión para la implementación y funcionamiento de los CDE, así como los formatos para la presentación de las expresiones de interés, del Plan de Trabajo, entre otros, conforme a lo establecido en la presente Resolución Ministerial. 3.2 El Manual Operativo y de Atención de los CDE es aprobado mediante Resolución de la Dirección Ejecutiva del Programa Nacional “Tu Empresa”, previa opinión favorable de la Dirección General de Innovación, Tecnología, Digitalización y Formalización (DGITDF), y de la Dirección General de Desarrollo Empresarial (DGDE), del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria, así como de la O fi cina General de Atención al Ciudadano (OGACI) del Ministerio de la Producción, respectivamente.