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20 NORMAS LEGALES Jueves 21 de marzo de 2019 / El Peruano INEN), a través del cual, se han establecido los objetivos estratégicos y funcionales, la nueva estructura orgánica del Instituto, así como los objetivos funcionales de sus diferentes órganos y unidades orgánicas; Que, el Régimen de Contratación Administrativa de Servicios - CAS, regulado por el Decreto Legislativo N° 1057, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 075-2008-PCM y su modi fi catoria, y la Ley N° 29849, Ley que establece la eliminación progresiva del Régimen Especial del Decreto Legislativo N° 1057 y otorga derechos laborales, lo constituye en un régimen laboral especial (conforme a lo resuelto por el Tribunal Constitucional en la STC N° 00002-2010-PI/TC). De acuerdo a su marco legal, no se encuentra sujeto a la Ley de Bases de la Carrera Administrativa, al régimen laboral de la actividad privada ni a otras normas que regulan carreras administrativas especiales; señala expresamente que el CAS es una modalidad laboral especial que, entre otros aspectos, se encuentra caracterizado por su temporalidad; Que, de conformidad con la Primera Disposición Complementaria Final de la Ley N° 29849 (que modi fi có el Decreto Legislativo N° 1057) la misma que está referida al personal comprendido en el artículo 4° de las Ley 28175 – Ley Marco del Empleo Público (Funcionarios Públicos, Empleados de Con fi anza y Directivos Superiores), dispone que sólo pueden ser contratados para ocupar una plaza orgánica contenida en los documentos de gestión interna, los cuales son de libre nombramiento y remoción, los mismos que se excluyan de la realización de concurso público; Que, es necesario precisar que las entidades públicas se encuentren facultadas para contratar personal directamente bajo el régimen especial del Contrato Administrativo de Servicios – CAS para que ejerzan funciones propias de un funcionario o directivo de la entidad, siempre que ocupe una plaza orgánica contenida en el Cuadro para Asignación de Personal (CAP) y que su designación en el cargo se haya efectuado por libre decisión del titular de la entidad, la misma que deberá respetar los topes máximos establecidos mediante Decreto de Urgencia N° 038-2006 ( Decreto que modi fi ca la Ley N° 28212) y concordante con el artículo 39° de la Constitución Política del Perú; Que, habiéndose a la fecha dado por concluido la designación del cargo de con fi anza bajo el régimen laboral especial del Contrato Administrativo de Servicios – CAS, al señor José Carlo Ubillus Trujillo, como Director General de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto del Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas – INEN; Que, con la fi nalidad de no afectar el normal desenvolvimiento de las actividades administrativas y funcionales de la Dirección General de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto del Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas – INEN, resulta conveniente designar en el cargo de con fi anza bajo el régimen laboral especial del Contrato Administrativo de Servicios – CAS, a la Mg. Duniska Tarco Virto, como Directora General de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto del Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas – INEN; Contando con el visto bueno del Sub Jefe Institucional, del Gerente General, de la Directora General de la O fi cina General de Administración, de la Directora Ejecutiva de la Ofi cina de Recursos Humanos, y del Director Ejecutivo de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo previsto en el Decreto Legislativo Nº 1057, que regula el Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios (CAS) y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 075-2008-PCM, modi fi cado por Decreto Supremo N° 065-2011- PCM, el TUO de la Ley N° 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, el Reglamento de Organización y Funciones del INEN aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2007-SA y con las atribuciones conferidas por la Resolución Suprema N° 011-2018-SA; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DESIGNAR a partir del 21 de marzo de 2019, fecha en la que deberá ser publicada la presente resolución en el Diario O fi cial “El Peruano”, a la Mg. Duniska Tarco Virto, en el cargo de con fi anza bajo el régimen laboral especial del Contrato Administrativo de Servicios – CAS, como Directora General de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto del Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas – INEN. Artículo Segundo.- DISPONER la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial “El Peruano” y en el Portal Institucional del Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas - INEN. Regístrese, comuníquese y publíquese.EDUARDO PAYET MEZA Jefe Institucional 1751851-1 Dan por concluida designación de Director General de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del INEN RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 086-2019-J/INEN Surquillo, 20 de marzo de 2019.VISTOS: El Memorando N° 30-2019-J/INEN de la Jefatura Institucional y el Informe N° 248-2019-OAJ/INEN de la O fi cina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, a través de la Ley N° 28748, se creó como Organismo Público Descentralizado al Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas – INEN, con personería jurídica de derecho público interno, con autonomía económica, fi nanciera, administrativa y normativa, adscrito al Sector Salud, constituyendo Pliego Presupuestal y cali fi cado como Organismo Público Ejecutor en concordancia con la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y el Decreto Supremo N° 034-2008-PCM; Que, mediante Decreto Supremo Nº 001-2007-SA, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas (ROF – INEN), a través del cual, se han establecido los objetivos estratégicos y funcionales, la nueva estructura orgánica del Instituto, así como los objetivos funcionales de sus diferentes órganos y unidades orgánicas; Que, el Régimen de Contratación Administrativa de Servicios–CAS, regulado por el Decreto Legislativo N° 1057, su reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 075-2008-PCM y su modi fi catoria, y la Ley N° 29849, Ley que establece la eliminación progresiva del Régimen Especial del Decreto Legislativo 1057 y otorga derechos laborales, lo constituye en un régimen laboral especial (conforme a lo resuelto por el Tribunal Constitucional en la STC N° 00002-2010-PI/TC). De acuerdo a su marco legal, no se encuentra sujeto a la Ley de Bases de la Carrera Administrativa, al régimen laboral de la actividad privada ni a otras normas que regulan carreras administrativas especiales; señala expresamente que el CAS es una modalidad laboral especial que, entre otros aspectos, se encuentra caracterizado por su temporalidad; Que, de conformidad con la Primera Disposición Complementaria Final de la Ley N° 29849 (que modi fi có el Decreto Legislativo N° 1057) la misma que está referida al personal comprendido en el artículo 4° de las Ley 28175 – Ley Marco del Empleo Público (Funcionarios Públicos, Empleados de Con fi anza y Directivos Superiores), dispone que sólo puede ser contratados para ocupar una plaza orgánica contenida en los documentos de gestión interna, los cuales son de libre nombramiento y remoción, los mismos que se excluyan de la realización de concurso público; Que, es necesario precisar que las entidades públicas se encuentren facultadas para contratar personal directamente bajo el régimen especial del Contrato Administrativo de Servicios – CAS para que ejerzan funciones propias de un funcionario o directivo de la entidad, siempre que ocupe una plaza orgánica contenida en el Cuadro para Asignación de Personal (CAP) y que