Norma Legal Oficial del día 21 de marzo del año 2019 (21/03/2019)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 20

20

NORMAS LEGALES

Jueves 21 de marzo de 2019 /

El Peruano

INEN), a través del cual, se han establecido los objetivos estratégicos y funcionales, la nueva estructura orgánica del Instituto, así como los objetivos funcionales de sus diferentes órganos y unidades orgánicas; Que, el Régimen de Contratación Administrativa de Servicios - CAS, regulado por el Decreto Legislativo N° 1057, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 075-2008-PCM y su modificatoria, y la Ley N° 29849, Ley que establece la eliminación progresiva del Régimen Especial del Decreto Legislativo N° 1057 y otorga derechos laborales, lo constituye en un régimen laboral especial (conforme a lo resuelto por el Tribunal Constitucional en la STC N° 00002-2010-PI/TC). De acuerdo a su marco legal, no se encuentra sujeto a la Ley de Bases de la Carrera Administrativa, al régimen laboral de la actividad privada ni a otras normas que regulan carreras administrativas especiales; señala expresamente que el CAS es una modalidad laboral especial que, entre otros aspectos, se encuentra caracterizado por su temporalidad; Que, de conformidad con la Primera Disposición Complementaria Final de la Ley N° 29849 (que modificó el Decreto Legislativo N° 1057) la misma que está referida al personal comprendido en el artículo 4° de las Ley 28175 ­ Ley Marco del Empleo Público (Funcionarios Públicos, Empleados de Confianza y Directivos Superiores), dispone que sólo pueden ser contratados para ocupar una plaza orgánica contenida en los documentos de gestión interna, los cuales son de libre nombramiento y remoción, los mismos que se excluyan de la realización de concurso público; Que, es necesario precisar que las entidades públicas se encuentren facultadas para contratar personal directamente bajo el régimen especial del Contrato Administrativo de Servicios ­ CAS para que ejerzan funciones propias de un funcionario o directivo de la entidad, siempre que ocupe una plaza orgánica contenida en el Cuadro para Asignación de Personal (CAP) y que su designación en el cargo se haya efectuado por libre decisión del titular de la entidad, la misma que deberá respetar los topes máximos establecidos mediante Decreto de Urgencia N° 038-2006 ( Decreto que modifica la Ley N° 28212) y concordante con el artículo 39° de la Constitución Política del Perú; Que, habiéndose a la fecha dado por concluido la designación del cargo de confianza bajo el régimen laboral especial del Contrato Administrativo de Servicios ­ CAS, al señor José Carlo Ubillus Trujillo, como Director General de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas ­ INEN; Que, con la finalidad de no afectar el normal desenvolvimiento de las actividades administrativas y funcionales de la Dirección General de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas ­ INEN, resulta conveniente designar en el cargo de confianza bajo el régimen laboral especial del Contrato Administrativo de Servicios ­ CAS, a la Mg. Duniska Tarco Virto, como Directora General de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas ­ INEN; Contando con el visto bueno del Sub Jefe Institucional, del Gerente General, de la Directora General de la Oficina General de Administración, de la Directora Ejecutiva de la Oficina de Recursos Humanos, y del Director Ejecutivo de la Oficina de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo previsto en el Decreto Legislativo Nº 1057, que regula el Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios (CAS) y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 075-2008PCM, modificado por Decreto Supremo N° 065-2011PCM, el TUO de la Ley N° 27444 ­ Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, el Reglamento de Organización y Funciones del INEN aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2007-SA y con las atribuciones conferidas por la Resolución Suprema N° 011-2018-SA; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DESIGNAR a partir del 21 de marzo de 2019, fecha en la que deberá ser publicada la presente resolución en el Diario Oficial "El Peruano", a la

Mg. Duniska Tarco Virto, en el cargo de confianza bajo el régimen laboral especial del Contrato Administrativo de Servicios ­ CAS, como Directora General de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas ­ INEN. Artículo Segundo.- DISPONER la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial "El Peruano" y en el Portal Institucional del Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas - INEN. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDUARDO PAYET MEZA Jefe Institucional 1751851-1

Dan por concluida designación de Director General de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del INEN
RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 086-2019-J/INEN Surquillo, 20 de marzo de 2019. VISTOS: El Memorando N° 30-2019-J/INEN de la Jefatura Institucional y el Informe N° 248-2019-OAJ/INEN de la Oficina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, a través de la Ley N° 28748, se creó como Organismo Público Descentralizado al Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas ­ INEN, con personería jurídica de derecho público interno, con autonomía económica, financiera, administrativa y normativa, adscrito al Sector Salud, constituyendo Pliego Presupuestal y calificado como Organismo Público Ejecutor en concordancia con la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y el Decreto Supremo N° 034-2008-PCM; Que, mediante Decreto Supremo Nº 001-2007-SA, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas (ROF ­ INEN), a través del cual, se han establecido los objetivos estratégicos y funcionales, la nueva estructura orgánica del Instituto, así como los objetivos funcionales de sus diferentes órganos y unidades orgánicas; Que, el Régimen de Contratación Administrativa de Servicios­CAS, regulado por el Decreto Legislativo N° 1057, su reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 075-2008-PCM y su modificatoria, y la Ley N° 29849, Ley que establece la eliminación progresiva del Régimen Especial del Decreto Legislativo 1057 y otorga derechos laborales, lo constituye en un régimen laboral especial (conforme a lo resuelto por el Tribunal Constitucional en la STC N° 00002-2010-PI/TC). De acuerdo a su marco legal, no se encuentra sujeto a la Ley de Bases de la Carrera Administrativa, al régimen laboral de la actividad privada ni a otras normas que regulan carreras administrativas especiales; señala expresamente que el CAS es una modalidad laboral especial que, entre otros aspectos, se encuentra caracterizado por su temporalidad; Que, de conformidad con la Primera Disposición Complementaria Final de la Ley N° 29849 (que modificó el Decreto Legislativo N° 1057) la misma que está referida al personal comprendido en el artículo 4° de las Ley 28175 ­ Ley Marco del Empleo Público (Funcionarios Públicos, Empleados de Confianza y Directivos Superiores), dispone que sólo puede ser contratados para ocupar una plaza orgánica contenida en los documentos de gestión interna, los cuales son de libre nombramiento y remoción, los mismos que se excluyan de la realización de concurso público; Que, es necesario precisar que las entidades públicas se encuentren facultadas para contratar personal directamente bajo el régimen especial del Contrato Administrativo de Servicios ­ CAS para que ejerzan funciones propias de un funcionario o directivo de la entidad, siempre que ocupe una plaza orgánica contenida en el Cuadro para Asignación de Personal (CAP) y que

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.