Norma Legal Oficial del día 21 de marzo del año 2019 (21/03/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

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NORMAS LEGALES ORGANISMOS EJECUTORES

Jueves 21 de marzo de 2019 /

El Peruano

AGENCIA PERUANA DE COOPERACION INTERNACIONAL
Dan por concluida designación y encargan funciones de Ejecutor Coactivo de la APCI
RESOLUCIÓN DIRECTORAL EJECUTIVA N° 033-2019/APCI-DE Miraflores, 15 de marzo de 2019 VISTO: El Informe N° 0054-2019-APCI/OGA-UCF de la Unidad de Contabilidad y Finanzas y el Memorándum N° 02092019-APCI/OGA de la Oficina General de Administración de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional ­ APCI. CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido en la Ley de Creación de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI, Ley N° 27692 y sus normas modificatorias, la APCI es un organismo público ejecutor adscrito al Ministerio de Relaciones Exteriores, a cargo de ejecutar, programar y organizar la cooperación técnica internacional, también llamada cooperación internacional no reembolsable, que se gestiona a través del Estado y que proviene de fuentes del exterior de carácter público y/o privado, en función de la política nacional de desarrollo, y por consiguiente gozan de los beneficios tributarios que la ley establece; Que, la Resolución Directoral Ejecutiva N° 08-2019/ APCI-DE, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 12 de enero de 2019, dispone que el/la Ejecutor/a Coactivo/a y el/la Auxiliar Coactivo/a ejercen sus funciones dispuestas en la Ley N° 26979, Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva y su Reglamento, en la Unidad de Contabilidad y Finanzas de la Oficina General de Administración de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional ­ APCI; Que, mediante Resolución Directoral Ejecutiva N° 0692016/APCI-DE, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 27 de junio de 2016, se designó, con eficacia anticipada al 02 de mayo de 2016, a la abogada Cinthia Kelly Valerio Ávalos en el cargo de Ejecutora Coactiva de la APCI; Que, con Informe N° 0054-2019-APCI/OGA-UCF del 11 de marzo de 2019, la Unidad de Contabilidad y Finanzas (UCF) de la Oficina General de Administración (OGA) comunica la renuncia, con efectividad al 08 de marzo de 2019, de la abogada Cinthia Kelly Valerio Avalos, en ese sentido, informa la necesidad de encargar las funciones de Ejecutor Coactivo; y, señala que el abogado Carlos Alberto Jacobo Huavil, Auxiliar Coactivo de la APCI cumple con los requisitos para ejercer el cargo de Ejecutor Coactivo, establecidos en el artículo 4 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 26979, Ley del Procedimiento de Ejecución Coactiva, aprobado por Decreto Supremo N° 018-2008-JUS, por lo que solicita que las funciones de Ejecutor Coactivo sean asumidas temporalmente por dicho servidor; Que, mediante Memorándum 0209-2019-APCI/ OGA del 11 de marzo de 2019, la Oficina General de Administración informa que se viene tomando las previsiones necesarias para el proceso de selección correspondiente e indica que, con la finalidad de no interrumpir las actividades de ejecución coactiva, es necesario efectuar el encargo de dichas funciones al abogado Carlos Alberto Jacobo Huavil, Auxiliar Coactivo de la APCI designado mediante Resolución Directoral Ejecutiva N° 110-2018/APCI-DE publicada en el Diario Oficial El Peruano el 23 de agosto de 2018; Que, en consecuencia, corresponde dar por concluida la designación efectuada mediante la Resolución

Directoral Ejecutiva N° 069-2016/APCI-DE, y encargar, temporalmente, las funciones de Ejecutor Coactivo de la APCI al abogado Carlos Alberto Jacobo Huavil; Que, conforme a lo establecido en el artículo 82° del Reglamento de la Carrera Administrativa, aprobado mediante Decreto Supremo N° 005-90-PCM, el encargo es temporal y solo procede en ausencia del titular para el desempeño de funciones de responsabilidad directiva, no debiendo exceder del período presupuestal; Con los vistos de la Oficina General de Administración (OGA), la Unidad de Contabilidad y Finanzas de la OGA y la Oficina de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en el Texto Único Ordenado de la Ley N° 26979, Ley del Procedimiento de Ejecución Coactiva, aprobado por Decreto Supremo N° 018-2008-JUS, y sus modificatorias; y, en uso de las facultades conferidas por la Ley N° 27692, Ley de Creación de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional ­ APCI y sus modificatorias; el Reglamento de Organización y Funciones de la APCI, aprobado por Decreto Supremo N° 028-2007-RE y sus normas modificatorias; y, el Reglamento de la Carrera Administrativa, aprobado mediante Decreto Supremo N° 005-90-PCM y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Dar por concluida la designación, con eficacia anticipada al 09 de marzo de 2019, de la abogada Cinthia Kelly Valerio Avalos en el cargo de Ejecutora Coactiva de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional ­ APCI, efectuada mediante Resolución Directoral Ejecutiva N° 069-2016/APCI-DE. Artículo 2°.- Encargar, a partir del 15 de marzo de 2019, las funciones de Ejecutor Coactivo de la APCI al abogado Carlos Alberto Jacobo Huavil, hasta la designación de un nuevo Ejecutor Coactivo mediante Concurso Público de Méritos. Artículo 3°.- Remitir copia de la presente Resolución a la Oficina General de Administración y al señor Jacobo Huavil, para las acciones correspondientes. Artículo 4º.- Disponer la publicación de la presente Resolución Directoral Ejecutiva en el Diario Oficial El Peruano así como en el Portal Institucional de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional (http://www.apci. gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ ANTONIO GONZÁLEZ NORRIS Director Ejecutivo 1751380-1

INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA CIVIL
Aprueban Reglamento Interno Servidores Civiles - RIS del INDECI
RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 057-2019-INDECI Lima, 19 de marzo de 2019 VISTOS: Los Memorándum N° 2550-2018-INDECI/6.1, del 09 de abril de 2018, N° 6685-2018-INDECI/6.1, del 24 de julio de 2018, N° 12832-2018-INDECI/6.1, del 28 de diciembre de 2018 y N° 1402-2019-INDECI/6.1 del 12 de febrero de 2019, emitidos por la Oficina General de Administración; el Informe N° 80-2018-INDECI/6.1 del 20 de febrero de 2018 y los Informes Técnicos N° 313-2018-INDECI/6.1 del 24 de julio 2018, N° 607-2018-INDECI/6.1 del 27 de diciembre de 2018 y N° 099-2019-INDECI/6.1 del 08 de febrero de 2019, emitidos por la Oficina de Recursos Humanos; los Memorándum N° 1221-2018-INDECI/4.0, del 11 de mayo de 2018 y N° 4091-2018-INDECI/4.0, del 31 de

de

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