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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE MARZO DEL AÑO 2019 (29/03/2019)

CANTIDAD DE PAGINAS: 140

TEXTO PAGINA: 48

48 NORMAS LEGALES Viernes 29 de marzo de 2019 / El Peruano Artículo 3º.- Designar al señor Johnny Najarro Guzmán , servidor civil de la Dirección de Operaciones y Medio Ambiente de la Autoridad Portuaria Nacional, para que acopie y compile todas las observaciones y comentarios que realice la comunidad portuaria y personas interesadas, así como elabore la matriz correspondiente y proponga los cambios o modi fi caciones necesarias al proyecto de norma técnica señalado en el artículo 1 de la presente resolución; en ese sentido, se habilita el correo electrónico: jnajarro@apn.gob.pe, para que por intermedio de ello, se hagan llegar las observaciones y comentarios respectivos. Artículo 4º.- La presente norma entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese.EDGAR PATIÑO GARRIDO Presidente del Directorio 1754742-1 INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA E INFORMATICA Autorizan la ejecución de la “Encuesta Nacional de Innovación en la Industria Manufacturera y Empresas de Servicios Intensivas en Conocimiento 2018” RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 097-2019-INEI Lima, 26 de marzo de 2019Visto, el O fi cio Nº 387-2019-INEI/DNCE y el Informe N° 019-2019-INEI/DNCE, que se adjunta, de la Dirección Nacional de Censos y Encuestas, solicitando autorización para la ejecución de la “Encuesta Nacional de Innovación en la Industria Manufacturera y Empresas de Servicios Intensivas en Conocimiento 2018”. CONSIDERANDO: Que, conforme al Decreto Legislativo Nº 604, “Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática”; el INEI, es el ente rector del Sistema Estadístico Nacional, que tiene entre sus funciones, normar, supervisar y evaluar los métodos, procedimientos y técnicas estadísticas utilizados por los Organos del Sistema, para la producción de estadísticas ofi ciales del país; Que, con fecha 5 de noviembre de 2018, el Ministerio de la Producción y el Instituto Nacional de Estadística e Informática, suscribieron el Convenio Especí fi co de Cooperación Interinstitucional, para la ejecución de la “Encuesta Nacional de Innovación en la Industria Manufacturera y Empresas de Servicios Intensivas en Conocimiento 2018”, que permitirá dar a conocer en forma detallada y con fi able información relevante y estadísticamente representativa a nivel nacional, sobre las actividades de innovación de las empresas. Los resultados a obtenerse, permitirán el diseño, implementación y evaluación de políticas públicas e instrumentos que contribuyan a incrementar el nivel de productividad; la referida encuesta recogerá información de 2 229 empresas a nivel nacional, con representatividad nacional y por actividad económica; Que, la Dirección Nacional de Censos y Encuestas tiene previsto en su Plan Operativo del presente año, la ejecución de la “Encuesta Nacional de Innovación en la Industria Manufacturera y Empresas de Servicios Intensivas en Conocimiento 2018”, la que se llevará a cabo a nivel nacional en las empresas seleccionadas, que desarrollan actividades manufactureras y de servicios intensivas en conocimiento en el País;Que, mediante documento del visto, la Dirección Nacional de Censos y Encuestas, del Instituto Nacional de Estadística e Informática, solicita autorización para ejecutar la precitada Encuesta, que está dirigida a 2 229 empresas a nivel nacional, con representatividad nacional y por actividad económica, para cuyo efecto, adjunta la fi cha técnica y el formulario respectivo; Que, en ese contexto resulta pertinente autorizar la ejecución de la “Encuesta Nacional de Innovación en la Industria Manufacturera y Empresas de Servicios Intensivas en Conocimiento 2018”, aprobar el formulario a utilizarse y, establecer el período de su ejecución, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 81 y 83 del Decreto Supremo Nº 043-2001-PCM, Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática, y; Con la opinión técnica de la Dirección Nacional de Censos y Encuestas y las visaciones de la Sub Jefatura de Estadística, y de la O fi cina Técnica de Asesoría Jurídica; En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 6 del Decreto Legislativo Nº 604; “Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática”. SE RESUELVE:Artículo 1.- Autorizar la ejecución de la “Encuesta Nacional de Innovación en la Industria Manufacturera y Empresas de Servicios Intensivas en Conocimiento 2018”, que se aplicará a nivel nacional en las empresas seleccionadas comprendidas según la Clasi fi cación Internacional Industrial Uniforme (CIIU) Revisión 4, para los siguientes sectores: - Sección C, clase 1010 hasta 3320, Actividades manufactureras. - Sección J, Actividades de información y comunicación.- 6110: Actividades de telecomunicaciones alámbricas. - 6120: Actividades de telecomunicaciones inalámbricas. - 6130: Actividades de telecomunicaciones por satélite.- 6190: Otras actividades de telecomunicaciones.- 6201: Programación informática.- 6202: Consultoría de informática y gestión e instalaciones informáticas. - 6209: Otras actividades de tecnologías de la información y de servicios informáticos. - Sección M, Actividades profesionales, cientí fi cas y técnicas. - 6910: Actividades jurídicas. - 7020: Actividades de consultoría de gestión.- 7110: Actividades de arquitectura e ingeniería y actividades conexas de consultoría técnica. - 7210: Investigación y desarrollo experimental en el campo de las ciencias naturales y la ingeniería. - 7220: Investigación y desarrollo experimental en el campo de las ciencias sociales y las humanidades. - 7310: Publicidad.- 7320: Estudios de mercado y encuestas de opinión pública. - 7410: Actividades especializadas de diseño.- 7490: Otras actividades profesionales, cientí fi cas y técnicas n.c.p. Artículo 2.- Aprobar, el formulario de la “Encuesta Nacional de Innovación en la Industria Manufacturera y Empresas de Servicios Intensivas en Conocimiento 2018”, contenido en un dispositivo móvil (TABLET), que será utilizado como instrumento de recojo de información mediante entrevista directa a las empresas seleccionadas, por personal debidamente identi fi cado del Instituto Nacional de Estadística e Informatica. Artículo 3.- Establecer como periodo de ejecución de la mencionada Encuesta, del 15 de abril al 15 de junio de 2019. Artículo 4.- Disponer que las empresas que incumplan con presentar la información solicitada dentro del plazo