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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE MARZO DEL AÑO 2019 (29/03/2019)

CANTIDAD DE PAGINAS: 140

TEXTO PAGINA: 65

65 NORMAS LEGALES Viernes 29 de marzo de 2019 El Peruano / publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial El Peruano. Artículo 12°.- Publicar la presente resolución en el Diario O fi cial El Peruano y en el Portal del Mercado de Valores de la Superintendencia del Mercado de Valores (www.smv.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ MANUEL PESCHIERA REBAGLIATI Superintendente del Mercado de Valores 1754091-1 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA Designan Auxiliar Coactivo de la Intendencia de Aduana de Ilo RESOLUCIÓN DE INTENDENCIA N° 163-3M0000/2019-000029 Ilo, 20 de marzo de 2019 VISTA, la normatividad vigente que, para la designación de función en el cargo de Auxiliar Coactivo de la Intendencia de Aduana de Ilo, se requiere haber ingresado a la Institución por concurso público y cumplir con los demás requisitos establecidos en la Ley, y; CONSIDERANDO: Que, deviene en necesario la designación conforme a Ley, del Auxiliar Coactivo de la Intendencia de Aduana de Ilo, para garantizar el normal funcionamiento de su Cobranza Coactiva; Que, en este sentido, el artículo 114° del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo N° 133-2013-EF y modi fi catoria, establece los requisitos que deberán reunir los trabajadores para acceder al cargo de Auxiliar Coactivo; advirtiéndose que el servidor Abogado Manuel Enrique Paz Pizarro, reúne los requisitos indicados; Que, además considerando que, la Décimo Cuarta Disposición Final del Texto Único Ordenado del Código Tributario, establece que lo dispuesto en el numeral 7.1 del artículo 7° de la Ley N° 26979, no es de aplicación a los órganos de la Administración Tributaria cuyo personal ingresó mediante Concurso Público; Que, asimismo, el artículo 4° la Resolución de Superintendencia Nº 216-2004/SUNAT, ha delegado al Intendente de la Aduana Marítima del Callao, Intendente de la Aduana Aérea del Callao, Intendente de Fiscalización y Gestión de Recaudación Aduanera, Intendente de Principales Contribuyentes Nacionales, Intendentes de las Aduanas desconcentradas y en los Intendentes Regionales la facultad de designar, mediante Resoluciones de Intendencia, a los colaboradores que se desempeñaran como Auxiliares Coactivos, ejerciendo sus funciones dentro del ámbito de competencia de cada Dependencia a la cual han sido designados; Estando a lo dispuesto en el Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria - SUNAT, aprobado por Resolución de Superintendencia Nº 122-2014/SUNAT y sus modi fi catorias, entre ellas la Resolución de Superintendencia Nº 70-2016/SUNAT, la designación dispuesta según Resolución de Superintendencia Nº 001-2019/SUNAT de fecha 02.01.2019, y en uso de las facultades conferidas en la Resolución de Superintendencia Nº 216-2004/SUNAT; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Designar como Auxiliar Coactivo de la Intendencia de Aduana de Ilo, al servidor de esta Intendencia, Sr. Abogado MANUEL ENRIQUE PAZ PIZARRO, colaborador identi fi cado con DNI Nº 04631825 y Registro Nº 5143. Artículo Segundo.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el diario o fi cial “El Peruano”. Regístrese, notifíquese y cúmplase.JUAN MANUEL BAZALAR ESTUPIÑAN IntendenteIntendencia de Aduana de Ilo 1753643-1 PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL Aprueban la “Directiva de Procesos del Ciclo de Vida del Software en el Poder Judicial” RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 089-2019-CE-PJ Lima, 20 de febrero de 2019VISTO:El O fi cio N° 238-2019-GG-PJ, cursado por el Gerente General del Poder Judicial. CONSIDERANDO:Primero. Que, mediante Resolución Ministerial N° 041-2017-PCM, se aprobó la nueva versión de la Norma Técnica Peruana denominada “NTP-ISO/IEC 12207:2016-Ingeniería de Software y Sistemas. Procesos del ciclo de vida del software 3ª Edición”, el cual considera el uso obligatorio para las entidades públicas que son parte del referido sistema. Segundo. Que, la “NTP ISO/IEC 12207:2016-Ingeniería de Software y Sistemas. Procesos del ciclo de vida del software 3ª Edición” establece un marco de referencia común para los procesos del ciclo de vida del software; el cual contiene procesos, actividades y tareas para aplicar durante los procesos de adquisición de un sistema que contiene software, suministro, desarrollo, operación y mantenimiento de productos de software. Tercero. Que, la Ley N° 27658, Ley Marco de la Modernización de la Gestión del Estado, declara al Estado Peruano en proceso de modernización en sus diferentes instancias, dependencias, entidades, organizaciones y procedimientos con la fi nalidad de mejorar la gestión pública y contribuir en el fortalecimiento de un Estado moderno y descentralizado; por lo que resulta necesario mejorar la gestión pública a través del uso de nuevas tecnologías. Cuarto. Que, la Gerencia de Informática mediante Memorando N° 804-2018-GI-GG-PJ, elaboró el proyecto de Directiva “Proceso de Ciclo de Vida del Software en el Poder Judicial”, y con Memorando N° 048-2018-GP-GG-PJ la Gerencia de Plani fi cación remite el proyecto de Directiva a la O fi cina de Asesoría Legal de la Gerencia General, para continuar el procedimiento de aprobación ante el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial. Quinto. Que, mediante Informe N° 075-2019-OAL- GG-PJ, la O fi cina de Asesoría Legal de la Gerencia General del Poder Judicial concluye que resulta viable la aprobación del proyecto de Directiva que regula el “Ciclo de Vida de del Software en el Poder Judicial” en el marco de la Norma Técnica Peruana “NTP ISO/IEC 12207:2016 Ingeniería de Software y Sistemas. Procesos del Ciclo de Vida del Software 3ª Edición”, como parte de la mejora en la gestión pública a través del uso de nuevas tecnologías.