Norma Legal Oficial del día 03 de mayo del año 2019 (03/05/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 27

El Peruano / Viernes 3 de mayo de 2019

NORMAS LEGALES
SE RESUELVE:

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entre los peruanos y propender a la reconciliación nacional; Que, de acuerdo con el artículo 25 del Reglamento de la Ley Nº 28592, el Programa de Reparaciones Colectivas tiene por objetivo contribuir a la reconstrucción del capital social e institucional, material y económico - productivo de las familias y comunidades rurales y urbanas afectadas por el proceso de violencia; Que, con Decreto Supremo Nº 102-2011-PCM, se adscribe la Comisión Multisectorial de Alto Nivel encargada del seguimiento de las acciones y políticas del Estado en los ámbitos de la paz, la reparación colectiva y la reconciliación nacional - CMAN al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; Que, el inciso ii, del literal a) del numeral 16.1 del artículo 16 de la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, autoriza de manera excepcional transferencias financieras, entre otras, al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos para la operatividad del Plan Integral de Reparaciones - PIR, disponiendo el numeral 16.2 que las transferencias se realizan mediante resolución del titular del pliego y se publican en el Diario Oficial "El Peruano"; Que, la Secretaría Ejecutiva de la CMAN, con el Oficio Nº 2087-2019-JUS/CMAN-SE, remitió el Informe Nº 544-2019-CMAN-SE, mediante el cual emite opinión favorable y solicita se expida la Resolución Ministerial que apruebe la transferencia financiera para la ejecución de veinticinco (25) Convenios suscritos por el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos con diversos Gobiernos Locales en el marco del Programa de Reparaciones Colectivas de Desplazados, que han sido declarados viables en el marco de las normas del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones; Que, la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, con el Oficio Nº 1622019-JUS/OGPM-OPRE, emite opinión favorable en cuanto a la disponibilidad presupuestal con cargo a la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios para atender las transferencias financieras a favor de los Gobiernos Locales en el marco del Programa de Reparaciones Colectivas, hasta por un monto de S/ 2 500 000,00 (DOS MILLONES QUINIENTOS MIL CON 00/100 SOLES); Con el visado de la Secretaría Ejecutiva de la CMAN; de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; y, de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 1440 del Sistema Nacional de Presupuesto Público; la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019 y el Decreto Supremo Nº 013-2017-JUS, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos;

Artículo 1.- Autorizar la transferencia financiera del Pliego 006: Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, hasta por la suma de S/ 2 500 000,00 (DOS MILLONES QUINIENTOS MIL CON 00/100 SOLES) a favor de los Gobiernos Locales detallados en el Anexo que forma parte de la presente Resolución, el cual se publica en el portal institucional (www.gob.pe/minjus) en la misma fecha de publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano. Artículo 2.- La transferencia financiera autorizada por la presente Resolución se realizará con cargo al Presupuesto Institucional del Pliego: 006 Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, en la fuente de financiamiento: 1 Recursos Ordinarios, Unidad Ejecutora: 001 Oficina General de Administración; Función: 23 Protección Social, División Funcional: 051 Asistencia Social, Grupo Funcional: 0114 Desarrollo de Capacidades Sociales y Económicas, Actividad: 5001154 Reparaciones para las Víctimas de la Violencia Terrorista y Violación de los Derechos Humanos, Meta: 049 Seguimiento de la Política Nacional de Paz Reparación Colectiva y Reconciliación Nacional, específicas del gasto 2.4. 2 3. 1 3 A otras Unidades del Gobierno Local - Gastos de Capital: S/ 2 500 000,00 (DOS MILLONES QUINIENTOS MIL CON 00/100 SOLES). Artículo 3.- La transferencia financiera se efectuará conforme al cronograma de desembolsos, términos y obligaciones establecidos en los Convenios suscritos por el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos con los Gobiernos Locales para el financiamiento de los proyectos y actividades detallados en el Anexo de la presente Resolución. Asimismo, los recursos no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- En el marco del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM, los Gobiernos Locales publicarán el resultado de las acciones y el detalle de gastos de los recursos transferidos en su Portal Institucional sin perjuicio de las acciones de control que correspondan. Los Gobiernos Locales que no cuenten con portal institucional publicarán la información señalada en el párrafo precedente en un diario de mayor circulación o en un lugar visible de la entidad dentro del plazo establecido. Artículo 5.- La Secretaría Ejecutiva de la Comisión Multisectorial de Alto Nivel encargada del seguimiento de las acciones y políticas del Estado en los ámbitos de la paz, la reparación colectiva y la reconciliación nacional CMAN, se encargará de acuerdo a sus funciones, de velar

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