TEXTO PAGINA: 38
38 NORMAS LEGALES Viernes 3 de mayo de 2019 / El Peruano COMPRAS genera y aprueba las fi chas técnicas de los bienes y servicios a incluirse en el Listado de Bienes y Servicios Comunes – LBSC, al que se accede a través del SEACE, pudiendo ser objeto de modi fi cación o exclusión, previo sustento técnico; Que, los numerales 8.1 y 8.2 de las Disposiciones Especí fi cas de la Directiva Nº 006-2016-PERÚ COMPRAS, denominada “Disposiciones sobre el Listado de Bienes y Servicios Comunes, y la Obligatoriedad de su Uso”, aprobada por Resolución Jefatural Nº 042-2016-PERÚ COMPRAS, modi fi cada y actualizada en su Versión 3.0 por Resolución Jefatural Nº 063-2017-PERÚ COMPRAS, en adelante “la Directiva”, señalan que la Ficha Técnica contiene las características técnicas y/o prestaciones especí fi cas que debe tener determinado bien o servicio al momento de su entrega o prestación de la Entidad, y la estructura de la misma se encuentra conformada por: i) Características generales del bien o servicio común, y ii) Características especí fi cas del bien o servicio común; Que, el numeral 8.5 de las Disposiciones Especí fi cas de la Directiva establece que, para los efectos de la generación y aprobación de una Ficha Técnica, PERÚ COMPRAS, a través de la Dirección de Estandarización y Sistematización, podrá solicitar información u opinión técnica a entidades del Estado, las mismas que deberán responder a lo solicitado de manera idónea, bajo responsabilidad; asimismo, indica que PERÚ COMPRAS comprobará la existencia de organismos evaluadores de la conformidad que permitan veri fi car la calidad del bien o servicio ; Que, los numerales 8.6 y 8.7 de las Disposiciones Especí fi cas de la Directiva señalan que, la Dirección de Estandarización y Sistematización, pre publicará en el Portal Institucional de PERÚ COMPRAS, los proyectos de Fichas Técnicas de los bienes y servicios transables, por un plazo no menor de ocho (8) días hábiles; sin perjuicio de lo señalado, los citados proyectos de Fichas Técnicas se pre publicarán, durante el mismo periodo, a través del SEACE, donde estará habilitado un formulario electrónico para recibir sugerencias y recomendaciones, alternativamente a otras vías; y una vez transcurrido el mencionado plazo, la Dirección de Estandarización y Sistematización de PERÚ COMPRAS evaluará las sugerencias y/o recomendaciones recibidas, para lo cual podrá solicitar una opinión técnica o información complementaria a las entidades competentes, las que deberán responder a lo requerido de manera idónea y oportuna, bajo responsabilidad; Que, el numeral 8.8 de las Disposiciones Especí fi cas de la Directiva establece que PERÚ COMPRAS, contando o no con sugerencias y/o recomendaciones, aprobará, mediante Resolución Jefatural, el contenido de fi nitivo de la Ficha Técnica de un bien o servicio, disponiendo su inclusión en el Listado de Bienes y Servicios Comunes (LBSC) y su publicación en el Portal de PERÚ COMPRAS; Que, mediante Decreto Supremo Nº 052-2019-EF, se aprueba el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Central de Compras Públicas - PERÚ COMPRAS; Que, mediante Resolución Jefatural Nº 012-2019- PERÚ COMPRAS, se aprueba el Cuadro de Equivalencias de los órganos de la Central de Compras Públicas – PERÚ COMPRAS con la nueva estructura orgánica aprobado por el ROF, en el que la Dirección de Subasta Inversa, ahora se denomina Dirección de Estandarización y Sistematización; Que, mediante Informe Nº 000025-2019-PERÚ COMPRAS-DES, la Dirección de Estandarización y Sistematización informa las acciones desarrolladas en cumplimiento de lo dispuesto en los numerales 8.5, 8.6 y 8.7 de las Disposiciones Especí fi cas de la Directiva; asimismo, concluye que los bienes objeto de estudio, cumplen con la condición de bien común, por lo que recomienda la aprobación de la inclusión de seis (06) Fichas Técnicas del rubro Medicamentos y productos farmacéuticos en el Listado de Bienes y Servicios Comunes - LBSC; Que, en el citado informe, la Dirección de Estandarización y Sistematización, señala que ha evaluado los seis (06) bienes objeto de las Fichas Técnicas propuestas para ser incluidas en el Listado de Bienes y Servicios Comunes (LBSC), así como su condición de bien común, conforme al siguiente detalle: i) Se veri fi ca la existencia de una demanda potencial sustentada en la solicitud de la generación de Fichas, efectuada por el Centro Nacional de Recursos Estratégicos de Salud del Ministerio de Salud (CENARES); al ser estos productos incluidos en la Resolución Ministerial Nº 1056-2018/MINSA, que “Aprueba el Listado de Productos Farmacéuticos para la Compra Corporativa Sectorial de Productos Farmacéuticos para el abastecimiento de los años 2019 y 2020”, según la información extraída de la base de datos del SEACE. ii) De la revisión de los Registros Sanitarios remitidos por la Dirección General de Medicamentos Insumos y Drogas (DIGEMID) se advierte la existencia de más de un Registro Sanitario vigente para los seis (06) bienes propuestos; y, iii) Los bienes objeto de evaluación han sido estandarizados como consecuencia de un proceso de homogeneización de las características establecidas en la norma sectorial y los Registros Sanitarios vigentes; Que, asimismo, se ha realizado la veri fi cación de la existencia de organismos evaluadores de la conformidad de los bienes objeto de evaluación, tales como el Centro Nacional de Control de Calidad (CNCC) del Instituto Nacional de Salud (INS) del Ministerio de Salud (MINSA), en su calidad de autoridad de los Laboratorios pertenecientes a la Red Nacional de Laboratorios O fi ciales de Control de Calidad; Que, mediante el Informe Nº000081-2019-PERÚ COMPRAS-OAJ, la O fi cina de Asesoría Jurídica concluye que, de conformidad con el numeral 110.2 del artículo 110 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 344-2018-EF, así como lo dispuesto en la Directiva Nº 006-2016-PERÚ COMPRAS, resulta viable la aprobación de seis (06) Fichas Técnicas del rubro Medicamentos y productos farmacéuticos en el Listado de Bienes y Servicios Comunes - LBSC; Con el visto bueno de la Gerencia General, la Dirección de Estandarización y Sistematización y la O fi cina de Asesoría Jurídica, y; De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 1018; el Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 344-2018 -EF, la Directiva Nº 006-2016-PERÚ COMPRAS, aprobada por Resolución Jefatural Nº 042-2016-PERÚ COMPRAS, modi fi cada y actualizada en su Versión 3.0 por Resolución Jefatural Nº 063-2017-PERÚ COMPRAS; y en ejercicio de la atribución conferida por el artículo 8 y los literales d) e y) del artículo 9, del Reglamento de Organización y Funciones de la Central de Compras Públicas – PERÚ COMPRAS, aprobado por Decreto Supremo Nº 052-2019-EF; SE RESUELVE: Artículo Primero .- Aprobar seis (06) Fichas Técnicas del rubro Medicamentos y productos farmacéuticos y disponer su inclusión en el Listado de Bienes y Servicios Comunes – LBSC; de acuerdo al contenido del Anexo adjunto, que forma parte integrante de la presente Resolución, conforme al siguiente detalle: Nº DENOMINACIÓN DEL BIEN 1 CEFUROXIMA, 250 mg/5 mL, SUSPENSIÓN, 60 mL2 CLARITROMICINA, 250 mg/5 mL, SUSPENSIÓN, 100 mL3 CLORHEXIDINA, 4%, SOLUCIÓN, 120 mL4 CLORURO DE SODIO, 0,9%, INYECTABLE, 20 mL 5 PERÓXIDO DE HIDRÓGENO, 10 Volúmenes, SOLUCIÓN, 120 mL 6 PERÓXIDO DE HIDRÓGENO, 10 Volúmenes, SOLUCIÓN, 1000 mL • Las Fichas Técnicas podrán ser visualizadas en el siguiente enlace web: www.perucompras.gob.pe/lbsc Artículo Segundo .- Encargar a la Dirección de Estandarización y Sistematización, así como a la O fi cina