Norma Legal Oficial del día 03 de mayo del año 2019 (03/05/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 81

El Peruano / Viernes 3 de mayo de 2019

NORMAS LEGALES
POR LO TANTO: Mando, comuníquese y cúmplase.

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prestar los órganos y/o unidades orgánicas del Gobierno Regional Junín; Que, en ese sentido, según ORDITI, surge la necesidad de modificar el Reglamento de Organización y Funciones, con la finalidad de incorporar nuevas funciones a los órganos respectivos, que por mandato legal les corresponde desarrollar; entonces, se propone crear la Gerencia Regional de Supervisión y Liquidación de Obras, y la Oficina de Tesorería; así como, se desactiva las Sub Gerencias de Desarrollo creadas en cada provincia del Departamento, para fusionar según su ámbito territorial en Sub Regiones de Desarrollo: Selva Central y Alto Andino, modificándolas y/o incorporándolas nuevas funciones con la finalidad de mejorar la eficiencia y coberturar necesidades de la población. Que, teniendo en cuenta el análisis anterior, se desactiva la Sub Gerencia de Desarrollo Humano, Población y asuntos Eclesiásticos y, la Sub Gerencia de Pueblos Originarios, fusionándolas en una unidad orgánica denominada: "Sub Gerencia de Población y Pueblos Originarios", con sus funciones propias; Que, teniendo en cuenta el análisis de la ORDITI, basado en el Decreto Supremo Nº 054-2008-PCM, aprueba los lineamientos de Organización del Estado, establece los criterios que justifican la creación de órganos o unidades orgánicas; por lo que, previo a un análisis y evaluación de la estructura vigente, así como los dispositivos legales relacionados con las competencias del Gobierno Regional Junín, se ha visto conveniente incorporar en la propuesta la modificación del Reglamento de organización y Funciones la creación de dos (2) nuevas unidades orgánicas, cuya creación se encuentra amparada en el Decreto mencionado; Que, con Informe Presupuestal Nº 035-2019-GJRGRPPAT, de 12 de marzo de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto, y Acondicionamiento Territorial, concluye que el Pliego 450-Gobierno Regional del Departamento de Junín cuenta con los recursos necesarios para la implementación de la propuesta de modificación del Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional Junín; Que, Reporte Nº 121-2019-GRJ/ORAJ, de fecha 18 de marzo, con el que se deriva el Informe Legal Nº 130-2019GRJ/ORAJ, elaborado por el abogado Denis Lazo Cañete, concluye que teniendo en consideración lo expuesto, es de la opinión favorable con respecto a la modificación del Reglamento de Organización y Funciones. Por cuanto se ajusta a la normatividad vigente, por lo que corresponde continuar con el procedimiento regular para su aprobación, por parte del Consejo Regional; Que, de conformidad con las atribuciones conferidas y establecidas en la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, y contando con Dictamen favorable Nº 012-2019-GRJ-CR/CPPPyAT de la Comisión Permanente de Planeamiento la Comisión Permanente de Planeamiento, Presupuesto, Acondicionamiento Territorial y Desarrollo Institucional, en concordancia con su Reglamento Interno, ha aprobado por UNANIMIDAD el siguiente: "ORDENANZA REGIONAL QUE APRUEBA MODIFICACIÓN DEL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES ­ ROF DE LA SEDE DEL GOBIERNO REGIONAL JUNÍN" Artículo Primero.- APROBAR, la modificación del Reglamento de Organización y Funciones de la Sede del Gobierno Regional Junín, donde consta de I Introducción, X Títulos, X Capítulos. Artículo Segundo.- RECOMENDAR, al Ejecutivo Regional continuar con la actualización de los siguientes documentos de gestión. Dado en la Sala de Sesiones de la Sede del Gobierno Regional Junín, a los 22 días del mes de Marzo de 2019. SAÚL ARCOS GALVAN Consejero Delegado

Dado en el Despacho del Gobernación del Gobierno Regional Junín, a los 03 días del mes de Abril del 2019. VLADIMIR ROY CERRON ROJAS Gobernador Regional 1765443-1

Ordenanza Regional que aprueba el Plan Regional de Seguridad Ciudadana 2019
ORDENANZA REGIONAL Nº 305-GRJ/CR POR CUANTO: El Consejo Regional de Junín en Sesión Extraordinaria celebrada a los 22 días del mes de Marzo de 2019, en la Sala de Sesiones de la Sede del Gobierno Regional Junín, de conformidad con lo previsto en la Constitución Política del Perú; en la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales vigente; y demás Normas Complementarias. CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú consagra en su artículo 1º que la defensa de la persona humana y el respeto a su dignidad son el fin supremo de la sociedad y el Estado; y en artículo 44º señala que entre los deberes primordiales del Estado se encuentra el de proteger a la población de las amenazas contra su seguridad y promover el bienestar General que se fundamenta en la justicia y en el Desarrollo integral y equilibrado de la nación. Que, el literal a) del artículo 15º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales prescribe que es atribución del Consejo Regional aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional; en concordancia del literal e) que faculta aprobar su reglamento interno; asimismo el numeral 6), del artículo 8º establece que La política y la gestión regional se rigen con criterios de eficiencia, desarrollando las estrategias necesarias para la consecución de los objetivos trazados con la utilización óptima de los recursos. Que, el artículo 2º de la Ley Nº 27933, Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana, establece que "Se entiende por Seguridad Ciudadana, a la acción integrada que desarrolla el Estado, con la colaboración de la ciudadanía, destinada a asegurar su convivencia pacífica, la erradicación de la violencia y la utilización pacífica de las vías y espacios públicos"; Que, el Decreto Supremo Nº 011-2014-IN, en el artículo 9º aprueba el Reglamento de la Ley Nº 27933, Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana, donde se señala lo siguiente: "El Ministerio del Interior es el ente rector del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana (SINASEC). Constituye la autoridad técnica normativa de alcance nacional encargada de dictar normas, establecer los procedimientos relacionados con la implementación de las políticas nacionales y coordinar su operación técnica, así como las formas de articulación entre las diversas entidades involucradas. Es responsable de su correcto funcionamiento (...)". Artículo 12º establece que El Consejo Nacional de Seguridad Ciudadana (CONASEC) tiene por función: b). Aprobar los planes, programas y proyectos de seguridad ciudadana que sean propuestos por la Secretaría Técnica. Artículo 17º inciso a), del mismo cuerpo normativo, establece que es una de las funciones del Comité Regional de Seguridad Ciudadana (CORESEC): "Aprobar el Plan Regional de Seguridad Ciudadana"; Artículo 19º inciso d) Presentar el proyecto de Plan Regional de Seguridad Ciudadana al CORESEC para

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