Norma Legal Oficial del día 03 de mayo del año 2019 (03/05/2019)


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NORMAS LEGALES

Viernes 3 de mayo de 2019 /

El Peruano

conforme al Anexo A adjunto a la presente Resolución, el cual se publica en el Portal Institucional (www.sbs.gob. pe), conforme a lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 001-2009-JUS. Artículo Tercero.- La presente resolución entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. SOCORRO HEYSEN ZEGARRA Superintendenta de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones 1765726-1

En uso de sus atribuciones conferidas por la Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales; el Consejo Regional; ACUERDA: Artículo Primero.- AUTORIZAR el viaje al exterior al Gobernador Regional de Huancavelica MACISTE ALEJANDRO DÍAZ ABAD, para su participación en la feria MACRUFT, que se desarrollará en la ciudad de Rimini, Region de Emilia - Romagna - Italia, autorización que será vigente a partir del 04 al 10 de mayo del 2019. Artículo Segundo.- PRECISAR que el viaje a realizarse no ocasionará gasto alguno al Gobierno Regional de Huancavelica. Artículo Tercero.- Comuníquese el presente Acuerdo de Consejo Regional a las instancias pertinentes para su cumplimiento conforme dispone. Regístrese, publíquese y cúmplase.

GOBIERNOS REGIONALES

GOBIERNO REGIONAL DE HUANCAVELICA
Autorizan viaje de Gobernador Regional a Italia, en comisión de servicios
ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL Nº 067-2019-GOB.REG.-HVCA/CR Huancavelica, 17 de abril del 2019. VISTO: El acta del Consejo Regional de Huancavelica de Sesión Ordinaria celebrada el 17 de abril del año 2019, con el voto mayoritario de sus integrantes; y, CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, conforme al Artículo 191º de la Constitución Política modificado por Ley Nº 27680 - Ley de Reforma Constitucional, del Capítulo XIV del Título IV, sobre Descentralización, concordante con el Artículo 31º de la Ley Nº 27783 - Ley de Bases de la Descentralización y con el Artículo 2º de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales. Que, los Artículos 188º y 192º de la Ley Nº 27680 Ley de Reforma Constitucional, Capitulo XIV del Título IV, sobre Descentralización, establecen que el objetivo fundamental de la descentralización como forma de organización democrática y de política permanente del Estado, es el desarrollo integral del país; debiendo los Gobiernos Regionales asumir competencias para promover el desarrollo social, político y económico en el ámbito regional. Que, mediante Oficio Nº 308-2019-GOB.REG.HVCA/ GR de fecha 16 de abril del presente año, el Gobernador Regional Maciste Alejandro Díaz Abad solicita Autorización de viaje a la ciudad de RIMINI (Region Emilia - Romagna - Italia) mediante Acuerdo Regional, viaje que se estará realizando del 04 al 10 de mayo del 2019. Que, conforme dispone el apartado S) del Artículo 8º del Reglamento Interno del Consejo Regional, son atribuciones del Consejo Regional, autorizar los viajes al exterior del país que en comisión de servicio o en representación del Gobierno Regional realice el Gobernador, Vicegobernador y/o Consejeros Regionales. Luego de la deliberación respectiva y con voto mayoritario se tomó la decisión respectiva. Que, conforme dispone el Artículo 39º de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, los Acuerdos de Consejo Regional expresan la decisión de éste órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declara la voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional.

TEOBALDO QUISPE GUILLEN Presidente del Consejo Regional 1765437-1

GOBIERNO REGIONAL DE JUNÍN
Ordenanza Regional que aprueba modificación del Reglamento de Organización y Funciones - ROF de la sede del Gobierno Regional Junín
ORDENANZA REGIONAL Nº 304-GRJ/CR POR CUANTO: El Consejo Regional de Junín en Sesión Extraordinaria celebrada a los 22 días del mes de Marzo de 2019, en la Sala de Sesiones de la Sede del Gobierno Regional Junín, de conformidad con lo previsto en la Constitución Política del Perú; en la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales vigente; y demás Normas Complementarias. CONSIDERANDO: Que, el literal a) del artículo 15º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales prescribe que es atribución del Consejo Regional aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional; en concordancia del literal e) que faculta aprobar su reglamento interno; asimismo el numeral 6), del artículo 8º establece que La política y la gestión regional se rigen con criterios de eficiencia, desarrollando las estrategias necesarias para la consecución de los objetivos trazados con la utilización óptima de los recursos. Que, con Ordenanza Regional Nº 248-GRJ/CR, de 22 de septiembre del 2016 se aprobó la modificación del Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional Junín, vigente a la fecha; Que, Reporte Nº 039-2019-GRJ/GGR/ORDITI, de 26 de febrero de 2019, de la Dirección Regional de Desarrollo Institucional y Tecnología de la Información, con el que deriva Informe Técnico sobre Propuesta de Modificación del Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional Junín, con el sustenta que a nivel nacional se ha emitido norma legales relacionadas con las competencias de los Gobiernos Regionales, como son el Decreto Legislativo Nº 1252, Decreto Legislativo que crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, y deroga la Ley Nº 27293, Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública, y otras normas relacionadas con las funciones de las unidades orgánicas; todos ellos, contienen entre otros aspectos, nuevas competencias funcionales o servicios que deben

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