Norma Legal Oficial del día 04 de mayo del año 2019 (04/05/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 131

El Peruano / Sábado 4 de mayo de 2019

NORMAS LEGALES

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MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE MARISCAL NIETO
Ordenanza que aprueba beneficio de reducción de pago de papeletas de infracción de tránsito
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 009-2019-MPMN Moquegua, 1 de abril del 2019 EL ALCADE PROVINCIAL DE "MARISCAL NIETO" VISTO, en Sesión Extraordinaria del 29-03-2019, el Dictamen Nº002-2019-COACI/MPMN de Registro Nº 1912358 de fecha 29-03-2019, sobre Proyecto de "Reducción de Pago de Papeletas de Infracción de Tránsito en un 50% de deudas Constituidas por Multa y Sanciones Administrativas a las Disposiciones en materia de tránsito de acuerdo al proyecto de Ordenanza no están comprendidos aquellas infracciones al reglamento nacional de tránsito con los Códigos M-1, M-2, M-3, M-5 y M-27"; y, CONSIDERANDO: Que, las Municipalidades son los Órganos de Gobierno Local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, tal como lo señala el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, concordante con los Artículos I y II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 del 26-05-2003; Que, en el inciso 8) del Artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades, establece que es atribución del Concejo Municipal, aprobar, modificar o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos y en el inciso 1, numeral 1.4º del art. 81º, de la misma ley indica que las municipalidades, en materia de tránsito, vialidad y transporte público, ejercen las funciones de normar y regular el transporte público, entre otros; Que, la Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre Nº 27181, en el literal a), numeral 17.1 del art.17, señala que las municipalidades provinciales en su respectiva jurisdicción y de conformidad con las leyes y los reglamentos nacionales, tienen competencia en materia de transporte y tránsito terrestre para emitir las normas y disposiciones, asi como realizar los actos necesarios para la aplicación de los reglamentos nacionales dentro de su respectivo ámbito territorial; Que, el Informe Nº 62-209-JP/GDUAAT/GM/MPMN, el responsable del área de papeletas informa que cuenta con una cartera pesada por cobrar de S/.2,393,580.00 soles, por deudas de papeletas de infracción por un déficit de pago de Papeletas de Tránsito de los años 2015, 2016, 2017 y 2018, ello debido a la poca disponibilidad económica de los infractores, antigüedad de las deudas, alto grado de morosidad, carga pesada por cobrar, por lo que, propone proyecto de ordenanza de beneficio de reducción del 50% de descuento; propuesta avalada por la Sub Gerencia de Transportes y Seguridad Vial, Gerencia de Desarrollo Urbano Ambiental y Acondicionamiento Territorial mediante Informe Nº 203-2019-AL.GUAAT/GM/MPMN, precisando que los beneficios de descuento será por un periodo de 30 días hábiles; Que, el Proyecto de "Reducción de Pago de Papeletas de Infracción de Tránsito en un 50% de deudas Constituidas por Multas y Sanciones Administrativas a las Disposiciones en materia de tránsito de acuerdo al proyecto de Ordenanza no están comprendidos aquellas infracciones al reglamento nacional de tránsito con los Códigos M-1, M-2, M-3, M-4, M-5 y M-27", es un instrumento técnico normativo que orienta a la reducción de pago de deudas de papeletas de infracción; POR CUANTO: El Concejo Provincial de "Mariscal Nieto" en uso de las facultades concedidas por el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, al amparo de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 de fecha 2605-2003, Ley Nº 8230 del 03-04-1936 y Ley General de

Transporte y Tránsito Terrestre Nº 27181, ha aprobado en "Sesión Extraordinaria" de fecha 29-03-2019, lo siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA LA "REDUCCION DE PAGO DE PAPELETAS DE INFRACCION DE TRANSITO EN UN 50% DE DEUDAS CONSTITUIDAS POR MULTA Y SANCIONES ADMINISTRATIVAS A LAS DISPOSICIONES EN MATERIA DE TRANSITO DE ACUERDO AL PROYECTO DE ORDENANZA NO ESTAN COMPRENDIDOS AQUELLAS INFRACCIONES AL REGLAMENTO NACIONAL DE TRANSITO CON LOS CODIGOS M-1, M-2, M-3, M-4, M-5 Y M-27" FINALIDAD: El presente proyecto tiene por finalidad dar facilidades a los infractores del Reglamento de Tránsito, con la reducción de deudas derivadas de Infracción al Tránsito, reducción equivalente al 50% de la multa y sanción establecida en la Jurisdicción de Provincia de Mariscal Nieto. BENEFICIOS DE REDUCCION: Se establece el beneficio a las deudas derivadas de infracciones al transporte y tránsito terrestre, papeletas de infracción al Reglamento Nacional de Tránsito del valor establecido según la escala de infracciones respectivas, siempre y cuando hayan sido levantadas hasta el 23 de Marzo del 2019. El descuento se aplicará en un 50% del monto de la deuda. Cuando la deuda se encuentre en cobranza por la vía coactiva, además de lo señalado, se aplica un descuento del 10% sobre las costas procesales y gastos administrativos. No están comprendidos dentro del beneficio, aquellas infracciones al Reglamento Nacional de Tránsito de Códigos M1, M2, M3, M4, M5, y M27 y papeletas que se encuentren en Fraccionamiento. INAPLICACION DE DESCUENTO: Los beneficios antes señalados alcanzan aquellas personas que inicien el trámite de la prescripción de deuda, dentro de la vigencia de la presente Ordenanza Municipal, siendo que la liquidación de las costas procesales y gastos administrativos se realizarán conforme a la normatividad. PAGO Y RECONOCIMIENTO: El acogerse a lo dispuesto por la presente Ordenanza, implica el reconocimiento de la infracción conforme lo dispuesto al art. 336º del Reglamento Nacional de Tránsito y numeral 124.3 del art. 124º del Reglamento Nacional de Administración de Transporte de encontrarse el expediente administrativo en trámite se dará por concluido el procedimiento, siempre y cuando se presente la respectiva boleta de pago. DISPOSICIONES FINALES Primera.- Tiene un periodo de vigencia de 30 días hábiles a partir del día de su publicación. Segunda.- Las deudas no pagadas dentro de la vigencia de la Ordenanza, pasarán a la Sub-Gerencia de Ejecución Coactiva. Tercera.- Publíquese la presente ordenanza en el Diario de mayor circulación y el portal de la entidad. Cuarta.- El cumplimiento de pago mediante la presente Ordenanza no exime de la Responsabilidad Administrativa producto de la papeleta de Infracción al Tránsito. Quinta.- El Alcalde dentro de las atribuciones que la Ley Nº27972 Ley Orgánica de Municipalidades podrá dictar las medidas complementarias para su adecuación de la presente, así como la ampliación de vigencia de la presente Ordenanza Municipal. Artículo 2º.- La presente Ordenanza Municipal entrará en vigencia al día siguiente de su publicación. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. ABRAHAM ALEJANDRO CARDENAS ROMERO Alcalde 1765407-1

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