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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE MAYO DEL AÑO 2019 (08/05/2019)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 18

18 NORMAS LEGALES Miércoles 8 de mayo de 2019 / El Peruano de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese.SALVADOR DEL SOLAR LABARTHE Presidente del Consejo de Ministros 1767285-1 Modifican la R.M. N° 047-2019-PCM, mediante la cual se conforma la Comisión de Selección encargada de la conducción del Concurso Público a través de sus etapas de convocatoria, evaluación y selección de los postulantes al cargo de miembro del Consejo Directivo de los Organismos Reguladores RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 149-2019-PCM Lima, 7 de mayo de 2019CONSIDERANDO:Que, mediante el Decreto Supremo N° 103-2012- PCM, se aprobó el Reglamento del Concurso Público para la Selección de los Postulantes al cargo de miembro del Consejo Directivo de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos; Que, conforme lo dispone el artículo 3 del precitado Reglamento, el Concurso Público para la selección de los postulantes al cargo de miembro del Consejo Directivo de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos, se inicia con la emisión de la Resolución Ministerial que conforma la Comisión de Selección que está a cargo del citado Concurso, a través de sus etapas de convocatoria, evaluación y selección; Que, de acuerdo con el artículo 4 de la norma invocada, la Comisión de Selección está conformada por cuatro (4) integrantes, tres (3) de los cuales son miembros permanentes, siendo el cuarto integrante propuesto por el ministerio del Sector en el que opera el Organismo Regulador y que participa de las etapas del procedimiento para fi nes de la selección de los postulantes al cargo de miembro del Consejo Directivo del organismo regulador respectivo; Que, mediante Resolución Ministerial N° 047-2019- PCM, se conformó la Comisión de Selección encargada de la conducción del Concurso Público a través de sus etapas de convocatoria, evaluación y selección de los postulantes al cargo de miembro del Consejo Directivo de los Organismos Reguladores; Que, se ha estimado por conveniente modi fi car la conformación de la Comisión de Selección encargada de la conducción del referido Concurso Público, respecto al Miembro Permanente representante de la Presidencia del Consejo de Ministros; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; y, el Reglamento del Concurso Público para la Selección de los Postulantes al cargo de miembro del Consejo Directivo de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos, aprobado por Decreto Supremo N° 103-2012-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1.- Modi fi car el artículo 1 de la Resolución Ministerial N° 047-2019-PCM, que conforma la Comisión de Selección encargada de la conducción del Concurso Público a través de sus etapas de convocatoria, evaluación y selección de los postulantes al cargo de miembro del Consejo Directivo de los Organismos Reguladores, la misma que queda integrada de la siguiente manera:“Miembros Permanentes - Señora Rosana María Portocarrero Méndez, en representación de la Presidencia del Consejo de Ministros, quien presidirá la Comisión. (…) Artículo 2.- Dejar subsistentes los demás extremos contenidos en la Resolución Ministerial N° 047-2019-PCM. Regístrese, comuníquese y publíquese.SALVADOR DEL SOLAR LABARTHE Presidente del Consejo de Ministros 1767286-1 Modifican la Res. N° 006-2019-PCM/SGP y la Norma Técnica N° 001-2019-PCM-SGP, Norma Técnica para la Gestión de la Calidad de Servicios en el Sector Público RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA DE GESTIÓN PÚBLICA N° 007-2019-PCM/SGP Lima, 30 de abril de 2019VISTO:El Informe N° D00004-2019-PCM-SSCAC-OCG de la Subsecretaría de Calidad de Atención al Ciudadano de la Secretaría de Gestión Pública; CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución de Secretaría de Gestión Pública N° 006-2019-PCM/SGP, publicada en el Diario Ofi cial El Peruano el día 28 de febrero de 2019, se aprueba la Norma Técnica N° 001-2019-PCM-SGP, “Norma Técnica para la Gestión de la Calidad de Servicios en el Sector Público”; que tiene por fi nalidad poner a disposición de las entidades de la administración pública una herramienta de gestión que oriente a la mejora de los bienes y servicios otorgados y de esta forma contribuir con la mejora de la calidad de vida de las personas; Que, el artículo 2 de la citada Resolución de Secretaría de Gestión Pública establece que sus disposiciones son de aplicación obligatoria para las entidades a las que se refi ere el artículo 3 de los Lineamientos de Organización del Estado, aprobados mediante Decreto Supremo N° 054-2018-PCM; con excepción de las municipalidades pertenecientes a ciudades principales, Tipo E, F y G establecidas en el Decreto Supremo N° 296-2018-EF, y municipalidades de centros poblados que podrán aplicarla con carácter facultativo; Que, en concordancia con lo establecido en el numeral 3.2 del artículo 3 de los Lineamientos de Organización del Estado antes mencionados, se entiende que la Norma Técnica para la Gestión de la Calidad de Servicios en el Sector Público excluye de su ámbito de aplicación a las Empresas que conforman la actividad empresarial del Estado, las que se rigen por la Ley General de Sociedades y las normas especiales que emite el FONAFE para las empresas que se encuentran bajo su ámbito; así como a las empresas de gobiernos subnacionales en tanto su actividad se sujete a lo regulado en la Ley General de Sociedades, la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y la Ley Orgánica de Municipalidades, según corresponda y demás normativa especial que se les aplique; Que, el segundo párrafo del artículo 4 de la Resolución de Secretaría de Gestión Pública N° 006-2019-PCM/SGP preceptúa que en el caso de las Empresas que conforman la actividad empresarial del Estado, las que se rigen por la Ley General de Sociedades y las normas especiales que emite el FONAFE para las empresas que se encuentran bajo su ámbito, y las empresas de gobiernos