Norma Legal Oficial del día 08 de mayo del año 2019 (08/05/2019)


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NORMAS LEGALES

Miércoles 8 de mayo de 2019 /

El Peruano

de las obras ejecutadas de la Segunda Calzada de la Carretera Puno-Juliaca; Que, con Oficio N° 0054-2019-MTC/19, recibido el 07 de marzo de 2019, la Dirección General de Programas y Proyectos de Transportes del Ministerio de Transportes y Comunicaciones solicitó al MEF su opinión previa sobre el texto actualizado del proyecto de Adenda N° 4 al Contrato de Concesión, que cuenta con la conformidad de la citada Dirección General, adjuntando el Informe N° 0040-2019MTC/19 con el sustento correspondiente; Que, por Oficio N° 079-2019-EF/15.01, recibido el 14 de marzo de 2019, el MEF remitió al Ministerio de Transportes y Comunicaciones el Memorando N° 0472019-EF/68.03, a través del cual la Dirección General de Política de Promoción de la Inversión Privada remitió el Informe N° 044-2019-EF/68.03, que consolida la opinión de las áreas técnicas del MEF y mediante el cual el citado Ministerio emite opinión favorable al proyecto de Adenda N° 4 al Contrato de Concesión; Que, a través del Oficio N° 0483-2019-MTC/19, recibido el 26 de marzo de 2019, la Dirección General de Programas y Proyectos de Transportes solicitó a la Contraloría General de la República (en adelante, la CGR) la emisión del Informe Previo respecto del texto actualizado del proyecto de Adenda N° 4 al Contrato de Concesión, adjuntando para tal efecto, el Informe N° 01612019-MTC/19 conteniendo el sustento correspondiente; Que, mediante Oficio N° 000123-2019-CG/GCMEGA, recibido el 10 de abril de 2019, la CGR señaló que, de conformidad con la normativa vigente y de la revisión de la documentación alcanzada, el proyecto de Adenda N° 4 al Contrato de Concesión no afecta el cofinanciamiento ni las garantías otorgadas por el Estado en el marco del Contrato de Concesión, por lo que no se ha configurado los supuestos legales que habilitan a la CGR a emitir el Informe Previo respectivo; Que, la entonces Dirección General de Concesiones en Transportes, mediante los Informes Nos. 1907 y 1979-2018-MTC/25 y los Informes Nos. 0013 y 04092019-MTC/25, emitidos en el marco de las funciones que le fueron asignadas en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo N° 021-2007-MTC, y la Dirección General de Programas y Proyectos de Transportes, a través de los Informes Nos. 0040 y 0161-2019-MTC/19, emitidos en el marco de las funciones asignadas en el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones vigente, aprobado por Resolución Ministerial N° 145-2019 MTC/01, han sustentado técnica, económica, financiera y legalmente el proyecto de Adenda N° 4 al Contrato de Concesión, recomendando su aprobación; Que, en atención a las opiniones emitidas por el Organismo Supervisor de la Inversión en Infraestructura de Transporte de Uso Público ­ OSITRAN, el Ministerio de Economía y Finanzas, la entonces Dirección General de Concesiones en Transportes y la Dirección General de Programas y Proyectos de Transportes del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, el Concedente y el

Concesionario han convenido en celebrar la Adenda N° 4 al Contrato de Concesión; Que, la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo (en adelante, la Ley Nº 29158), en el artículo I del Título Preliminar, consagra el principio de legalidad, señalando que las autoridades, funcionarios y servidores del Poder Ejecutivo están sometidos a la Constitución Política del Perú, a las leyes y a las demás normas del ordenamiento jurídico, y desarrollan sus funciones dentro de las facultades que les estén conferidas; Que, el numeral 8 del artículo 25 de la Ley Nº 29158 establece que el Ministro de Estado tiene entre sus funciones expedir Resoluciones Supremas y Resoluciones Ministeriales; asimismo, el citado artículo prevé que los Ministros de Estado pueden delegar, en los funcionarios de su cartera ministerial, las facultades y atribuciones que no sean privativas a su función, siempre que la normatividad lo autorice; Que, literal i) del artículo 11 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Resolución Ministerial N° 145-2019 MTC/01, establece que el Despacho Viceministerial de Transportes tiene entre sus funciones aquellas que le asigne el(la) ministro(a); Que, en consecuencia, corresponde aprobar el texto de la Adenda Nº 4 al Contrato de Concesión, así como autorizar al funcionario que la suscriba en representación del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, y el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Resolución Ministerial N° 145-2019 MTC/01; el Decreto Legislativo N° 1362, Decreto Legislativo que regula la Promoción de la Inversión Privada mediante Asociaciones Público Privadas y Proyectos en Activos, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 240-2018-EF; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar el texto de la Adenda Nº 4 al Contrato de Concesión para la Construcción, Conservación y Explotación del Tramo N° 5 del Proyecto Corredor Vial Interoceánico Sur Perú - Brasil. Artículo 2.- Autorizar al Viceministro de Transportes para que, en representación del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, suscriba la Adenda a que se refiere el artículo anterior, así como los documentos que resulten necesarios para su formalización. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Portal Institucional del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (www.gob.pe/mtc), en la misma fecha de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARIA ESPERANZA JARA RISCO Ministra de Transportes y Comunicaciones 1767280-1

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Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicación de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) con o sin anexos, que contengan más de una página, se adjuntará un CD o USB en formato Word con su contenido o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe. GERENCIA DE PUBLICACIONES OFICIALES

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