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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2019 (10/11/2019)

CANTIDAD DE PAGINAS: 108

TEXTO PAGINA: 52

52 NORMAS LEGALES Domingo 10 de noviembre de 2019 / El Peruano • Duplicado del Grado de Doctor S/. 1,800.00 1.6 Que, a través del O fi cio Nº 044-2019-UNHEVAL/ UOM-J, de fecha 22 de octubre de 2019, el Especialista en Modernización y Planeamiento de la Gestión Pública de la Unidad de Organización y Métodos solicita se emita resolución modi fi cando el costo del Procedimiento Nº 151 del del Texto Único Procedimientos Administrativos de la UNHEVAL, de acuerdo a la propuesta alcanzada por el Jefe de la Unidad de Grados y Títulos. 1.7 Que, por el Proveído Nº 8928-2019-UNHEVAL-R, de fecha 22 de octubre de 2019, el Rectorado remite a la Ofi cina de Secretaria General el expediente administrativo. 1.8 Que, con el documento de la referencia h), vuestro Despacho remite a esta O fi cina el expediente administrativo, a efectos de emitir opinión legal. II. APRECIACIÓN JURÍDICA:2.1 Que, de acuerdo al numeral 1.1 del artículo IV del Título Preliminar del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, las autoridades administrativas deben actuar con respeto a la Constitución, la ley y al derecho, dentro de las facultades que le estén atribuidas y de acuerdo con los fi nes para los que les fueron conferidas. 2.2 Que, a través del O fi cio Nº 1533-2019/ INDECOPI-SRB, de fecha 09 de octubre de 2019, la Secretaria Técnica Regional de Eliminación de Barreras Burocráticas del INDECOPI requiere: “(…) información en atención al documento de la referencia, mediante el cual la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria – SUNEDU pone en conocimiento a esta Secretaria la aplicación de presuntas barreras burocráticas consistentes en el derecho de tramite materializado en el Procedimiento 183 del Texto Único Procedimientos Administrativos, aprobados mediante Resolución Nº 01024-2010-UNHEVAL-R, tal como se detalla a continuación: Nº Procedimiento Derecho de tramitación DENOMINACION DEL PROCEDIMIENTO (en % UIT) (en S/) 183Duplicado de Grados Académicos y/o Titulo ProfesionalS/. 3,500.00 2.3 Que, con respecto a la Resolución Nº 01024-2010-UNHEVAL-R, de fecha 10 de agosto de 2010, es de señalarse que a través de este acto administrativo se aprobó el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la UNHEVAL del año 2010, el mismo que a la fecha no se encuentra vigente. 2.4 Que, revisado el actual Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la UNHEVAL, aprobado con Resolución Consejo Universitario Nº 0769-2019-UNHEVAL, de fecha 27 de febrero de 2019, se advierte que el Procedimiento de Duplicado de Grados Académicos y/o Título Profesional estipulado en el Procedimiento Nº 183 del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la UNHEVAL del año 2010, se encuentra estipulado en el Procedimiento Nº 151 bajo el siguiente detalle: Nro. de OrdenDENOMINACIÓN DEL PROCEDIMIENTOREQUISITOSDERECHO DE TRAMITACIÓN (*) Número y DenominaciónFormulario/ Código/ Ubicación(en % UIT)(en S/.) 151DUPLICADO DE DIPLOMA POR PERDIDA O DETERIORO DEL GRADO ACADÉMICO, TITULO PROFESIONAL O TITULO DE SEGUNDA ESPECIALIZACIÓN (…)POR PERDIDA 1. Solicitud dirigida al Rector2. Pago por duplicado3. Constancia de la denuncia policial4. Copia certi fi cada por el secretario general de la resolución que otorga el grado académico o título profesional5. Publicación en diario de mayor circulación del lugar, el aviso de la pérdida del diploma y de la solicitud del duplicado (No incluye el monto a pagar)6. Publicación en el diario o fi cial El Peruano de la resolución que dispone el duplicado de diploma (Que se encuentra incluido el pago por derecho de duplicado)7. Declaración jurada de no tener antecedentes judiciales y/o policiales8. Cuatro fotografías tamaño pasaporte con ternoPOR DETERIORO O MUTILACIÓN1. Solicitud dirigida al rector2. Pago por duplicado3. Publicación en diario de mayor circulación del lugar, el aviso de la pérdida del diploma y de la solicitud del duplicado (No incluye el monto a pagar)4. Publicación en el diario o fi cial El Peruano de la resolución que dispone el duplicado de diploma (Que se encuentra incluido el pago por derecho de duplicado)5. Copia certi fi cada por el secretario general de la resolución que otorga el grado académico o título profesional6. Devolución del diploma deteriorado o mutilado7. Declaración jurada de no tener antecedentes judiciales y/o policiales8. Cuatro fotografías tamaño pasaporte con terno A Duplicado de Título Profesional 100.0% 4150.00 B Duplicado del Grado de Bachiller 100.0% 4150.00 C Duplicado del Título de Segunda Especialización 100.0% 4150.00 2.5 Que, en ese contexto, estando a la observación formulado por la Secretaria Técnica Regional de Eliminación de Barreras Burocráticas del INDECOPI, y a la sugerencia del Jefe de la Unidad de Grados y Títulos formulado con O fi cio Nº 604-2019-UNHEVAL/SG-UGT, de fecha 17 de octubre de 2019, y O fi cio Nº 609-2019-UNHEVAL/SG-UGT, de fecha 22 de octubre de 2019, corresponde modi fi carse el Procedimiento Nº 151 del actual Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la UNHEVAL, aprobado con Resolución Consejo Universitario Nº 0769-2019-UNHEVAL, de fecha 27 de febrero de 2019, respecto a los requisitos para el DUPLICADO DE DIPLOMA POR PERDIDA O DETERIORO DEL GRADO ACADEMICO, TITULO PROFESIONAL O TITULO DE SEGUNDA ESPECIALIZACION, por concepto PERDIDA, según la propuesta alcanzada por el Jefe de la Unidad de Grados y Títulos con O fi cio Nº 604-2019-UNHEVAL/ SG-UGT, de fecha 17 de octubre de 2019; y concerniente al derecho de tramitación según alcanzada por el Jefe de la Unidad de Grados y Títulos con O fi cio Nº 609-2019-UNHEVAL/SG-UGT, de fecha 22 de octubre de 2019, debiendo considerarse los siguientes costos: