Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2019 (10/11/2019)

CANTIDAD DE PAGINAS: 108

TEXTO PAGINA: 66

66 NORMAS LEGALES Domingo 10 de noviembre de 2019 / El Peruano MUNICIPALIDAD DE ANCON Aprueban Plan Local de Seguridad Ciudadana 2019 del distrito de Ancón ORDENANZA Nº 406-2019-MDA Ancón, 25 de abril de 2019VISTO:En Sesión Ordinaria de Concejo Municipal de la fecha, la propuesta presentada por el Comité Distrital de Seguridad Ciudadana CODISEC de Ancón, a través de su Secretario Técnico, Andrés Eugenio Chiroque Caycho, para la aprobación del Plan Local de Seguridad Ciudadana del Distrito de Ancón 2019, en el marco de lo establecido por la Ley Nº 27933 - Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana, modi fi cado por el Decreto Legislativo 1454 y el Informe Nº097 -2019- GAJMDA; CONSIDERANDO:Que, de conformidad con el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modi fi cado por la Ley de Reforma de la Constitución Política del Perú, Ley Nº 30305, concordante con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades; la Municipalidad Distrital de Chancay es un órgano de gobierno local que cuenta con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el artículo IV del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972; señala que los gobiernos locales representan al vecindario, promueven la adecuada prestación de los servicios públicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armónico de su circunscripción; Que, el artículo 40º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, establece que “Las ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales, en la materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa (...)”. Asimismo, el artículo 9º inciso 8) de la misma norma, señala que corresponde al Concejo Municipal “Aprobar, modi fi car o derogar las Ordenanzas y dejar sin efecto los Acuerdos”; Que, mediante Ley Nº 27933, se crea el Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana (SINASEC) con la fi nalidad de coordinar e fi cazmente la acción del Estado y promover la participación ciudadana para garantizar una situación de paz social, estableciendo en su artículo 4º como componentes de este sistema a los Comités Distritales de Seguridad Ciudadana - CODISEC, los cuales son encargados de formular los planes, programas, proyectos y directivas de seguridad ciudadana, así como ejecutar los mismos en sus jurisdicciones; Que, el artículo 26º del Decreto Supremo Nº 011-2014- IN, que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 27933, Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana, establece que: “El Comité Distrital de Seguridad Ciudadana (CODISEC) es una instancia de diálogo, coordinación y elaboración de políticas, planes, programas, directivas y actividades vinculadas a la Seguridad Ciudadana, en el ámbito distrital; articula las relaciones entre las diversas entidades del sector público y el sector privado que forman parte del SINASEC a nivel distrital. Cuenta con una Secretaría Técnica”; Que, el inciso b) del artículo 28º del Reglamento de la Nº 27933 una de las funciones del CODISEC es aprobar Planes, Programas y proyectos en materia de seguridad ciudadana en el ámbito distrital. Del mismo modo, el artículo 30º del mismo cuerpo de Ley, precisa que la Secretaría Técnica del Comité Distrital de Seguridad Ciudadana (CODISEC), es un órgano técnico, ejecutivo y de coordinación encargado de proponer al CODISEC la política, planes, programas y proyectos de seguridad ciudadana para su aprobación, así como realizar el seguimiento y evaluación de la ejecución de las acciones aprobadas a nivel distrital; y el inciso e) del artículo 30º ; señala que como Secretaria Técnica del CODISEC, la Subgerencia de Seguridad Ciudadana de la Municipalidad Distrital, o el órgano que haga sus veces tiene como función entre otros, el presentar al Concejo Municipal el Plan de Seguridad Ciudadana aprobado por el CODISEC, para su rati fi cación mediante Ordenanza Municipal; Que, mediante Decreto Legislativo 1454, publicado en el Diario O fi cial El Peruano, el 16 de septiembre del 2018, se modi fi có los artículos 2, 3, 3-A, 4, 5, 9, 11 y 17 de la Ley Nº 27933, Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana, correspondiendo el artículo 17º sobre las funciones de los comités regionales, provinciales y distritales y secretarías técnicas, precisándose en el numeral 17.5 de dicho artículo, las funciones del Comité Distrital de Seguridad Ciudadana CODISEC, entre ellos el numeral a) “Proponer ante la Municipalidad Distrital la aprobación del Plan local de Seguridad Ciudadana alineado al Plan de Acción Provincial de Seguridad Ciudadana, elaborado bajo un enfoque de gestión por resultados e intercultural y articulado con los instrumentos del SINAPLAN; y asimismo, evaluar su cumplimiento”; Que en la precitada norma legislativa, se estableció también las funciones del Secretario Técnico del CODISEC, señalándose en el literal a) del numeral 17.6 “Presentar ante el Comité Distrital de Seguridad Ciudadana la propuesta de los planes, programas y proyectos de seguridad ciudadana en sus respectivas jurisdicciones, veri fi cando su cumplimiento en el marco de los lineamientos establecidos en el Plan de Acción Provincial de Seguridad Ciudadana, tomando en consideración las particularidades culturales y lingüísticas de la población”; Que, el 28 de enero del 2019, de acuerdo al Acta de Sesión del Comité Distrital de Seguridad Ciudadana de Ancón, se presentó y expuso el Plan Local de Seguridad Ciudadana 2019, siendo aprobado por unanimidad dicho documento de gestión, en concordancia a la Ley Nº 27933, Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana, modi fi catorias, reglamento y directivas del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana (SINASEC); Que, mediante Informe Nº 001-2019-ST-CODISEC- MDA, de fecha 10 de abril del 2019, el Secretario Técnico del Comité Distrital de Seguridad Ciudadana, en concordancia con lo dispuesto en la Ley Nº 27933 - Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2014-IN, remite el Plan Local de Seguridad Ciudadana 2019, aprobado previamente por el CODISEC, conforme al Acta de Aprobación del Plan Distrital de Seguridad Ciudadana 2019 de fecha 28 de enero del 2019, para su rati fi cación mediante Ordenanza, por el Concejo Municipal ; Que, en Sesión Ordinaria de Concejo Municipal de fecha 26 de abril del año 2019, el Secretario Técnico del CODISEC, presentó y expuso ante los miembros del Concejo Municipal de Ancón, el Plan Local de Seguridad Ciudadana 2019, para su aprobación, conforme a la normatividad vigente sobre la materia, puesto a debate y previa votación, y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, se APROBÓ por UNANIMIDAD la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL PLAN LOCAL DE SEGURIDAD CIUDADANA 2019 DEL DISTRITO DE ANCON Artículo Primero.- APROBAR el PLAN LOCAL DE SEGURIDAD CIUDADANA - 2019 del Distrito de Ancón , aprobado previamente por el Comité Distrital de Seguridad Ciudadana - CODISEC, cuyo anexo forma parte integrante de acuerdo a la normatividad vigente sobre la materia. Artículo Segundo.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Subgerencia de Seguridad Ciudadana, en su condición de Secretario Técnico del CODISEC-Ancón, además de informar trimestralmente al Pleno del Concejo Municipal de Ancón, sobre la implementación y cumplimiento de las actividades programadas en el presente Plan.