Norma Legal Oficial del día 15 de noviembre del año 2019 (15/11/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 69

El Peruano / Viernes 15 de noviembre de 2019

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

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Que, mediante Ordenanza Nº 052-2019-MDMM, se modifica los artículos 11º, 53º, 60º, 86º, 87º, 88º, 118º, 121º, 125º y 127º de la Ordenanza Nº 523-MDMM, que aprobó el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad Distrital de Magdalena del Mar; Que, mediante documento de visto, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto adjunta el Informe Técnico de Sustento de la modificación del Reglamento de Organización y Funciones, señalando que se encuentra conforme a los lineamientos técnicos establecidos en el Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM y modificatorias; Que, mediante Informe Nº 731-2019-GAJ-MDMM, la Gerencia de Asesoría Jurídica emite su opinión respecto a la procedencia de la ordenanza propuesta; Que, mediante Memorándum Nº 1840-2019-GMMDMM, la Gerencia Municipal eleva la ordenanza propuesta; Que, estando a lo expuesto, y de conformidad a lo establecido en el Artículo 9º Numeral 8), Artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, con dispensa del trámite de lectura y aprobación de acta, el Concejo Municipal aprobó por UNANIMIDAD la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA LA MODIFICACIÓN PARCIAL DEL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DE LA MUNICIPALIDAD DE MAGDALENA DE MAR Artículo Primero.- MODIFICAR los artículos: 11º, del 91º al 101º del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad de Magdalena del Mar aprobado mediante Ordenanza Nº 523-MDMM y el Organigrama que como Anexo forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- ENCÁRGUESE a la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas, Subgerencia de Recaudación, Control y Ejecutoria Coactiva y Subgerencia de Fiscalización Tributaria y demás unidades competentes para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza. Artículo Tercero.- ENCÁRGUESE a la Gerencia Municipal, Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, Gerencia de Asesoría Jurídica y Sub Gerencia de Gestión de Recursos Humanos, el seguimiento a la actualización de los documentos de gestión correspondientes, para el cumplimiento de lo dispuesto por la presente Ordenanza. Artículo Cuarto.- ESTABLECER que la presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de la publicación en el Diario Oficial El Peruano. Artículo Quinto.- ENCÁRGUESE a la Secretaría General la publicación del texto aprobatorio de la presente Ordenanza en el Diario Oficial "El Peruano" y a la Gerencia de Tecnología de la Información y Gobierno Electrónico la publicación del integro de este documento de gestión en el portal de la Municipalidad de Magdalena del Mar (www.munimagdalena.gob.pe) y en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe). Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. CARLOMAGNO CHACÓN GÓMEZ Alcalde 1827002-1

Que, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia y que dicha autonomía reconocida en la Constitución Política del Perú y en la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, que radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, según el artículo 6º de la Ley Nº 27972, la Alcaldía es el órgano ejecutivo del gobierno local. El Alcalde es el representante legal de la Municipalidad y su máxima autoridad administrativa; Que, mediante Decreto Supremo Nº 043-2003PCM se aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, y en cumplimiento de éste, mediante Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM se aprueba su Reglamento, y su modificatoria el Decreto Supremo Nº 070-2013PCM; Que, en el artículo 5º del referido Decreto Supremo se precisa que la entidad pública deberá identificar al funcionario responsable de la elaboración de los Portales de Internet; Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 331-2019A/MM de fecha 05 de noviembre de 2019, se encargó a partir del 06 de noviembre de 2019, a la señora Karina Natividad Vargas Terrones, el cargo de confianza de Gerente de Comunicaciones e Imagen Institucional de la Municipalidad de Miraflores; Estando a lo dispuesto en el numeral 6º del artículo 20ºde la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; RESUELVE: Artículo Primero.- DESIGNAR a la señora Karina Natividad Vargas Terrones, encargada de la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional de la Municipalidad de Miraflores, como la funcionaria responsable de la elaboración y actualización del Portal de Transparencia de la Municipalidad de Miraflores. Artículo Segundo.- DEJAR SIN EFECTO la Resolución de Alcaldía Nº 328-2019-A/MM de fecha 23 de octubre de 2019. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial "El Peruano" y a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen institucional su publicación en el Portal Institucional. Regístrese, comuníquese y cúmplase. LUIS MOLINA ARLES Alcalde 1826664-1

MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE LURIGANCHO
Aprueban Reglamento de Fraccionamiento de Deudas Tributarias de la Municipalidad
ORDENANZA Nº 397 EL ALCALDE DE SAN JUAN DE LURIGANCHO POR CUANTO EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE SAN JUAN DE LURIGANCHO; Visto en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 13 de noviembre del 2019, el Dictamen Nº 007-CER-CM/MDSJL de la Comisión Ordinaria de Economía y Rentas; Ha dado la siguiente:

MUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES
Designan responsable de la elaboración y actualización del Portal de Transparencia de la Municipalidad de Miraflores
RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 332-2019-A/MM Miraflores, 6 de noviembre de 2019. EL ALCALDE DE MIRAFLORES;

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