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69 NORMAS LEGALES Sábado 16 de noviembre de 2019 El Peruano / Contiene también los datos del domicilio, así como la información de la impresión dactilar, señalando que esta última será entregada en formato JPEG a una resolución de 500 píxeles por pulgada (dpi), y que será tratada y comprendida en soportes que garanticen su confi dencialidad. Resultados de la labor de fi scalización del padrón electoral 5. Mediante O fi cio N° 002844-2019/SGEN/RENIEC, de fecha 7 de octubre de 2019, el Reniec remitió la Lista del Padrón Inicial en el marco de las Elecciones Congresales Extraordinarias 2020, con un total de 24 812 087 registros de electores, con lo cual, se dio inicio a las actividades de fi scalización de la elaboración del padrón, a través de la Dirección Nacional de Fiscalización y Procesos Electorales. 6. Mediante O fi cio N° 003072-2019/SGEN/RENIEC, recibido el 6 de noviembre de 2019, el Reniec remitió el padrón electoral preliminar con un total de 24 804 140 electores hábiles. 7. Como resultado de la labor de fi scalización, se elaboró el Informe N° 052-2019-MEVP-DNFPE/JNE, de fecha 11 de noviembre de 2019, remitido al Reniec con el Ofi cio N° 490-2019-DCGI/JNE, formulando observaciones al padrón relativas a 1 668 casos observados. 8. Con fecha 13 de noviembre de 2019, se recibió el O fi cio N° 003140-2019/SGEN/RENIEC con el cual el secretario general del Reniec remite el padrón electoral depurado, con un total de 24 799 384 electores hábiles. 9. Conforme se desprende del Informe N° 054-2019-MEVP-DNFPE/JNE, de fecha 14 de noviembre de 2019, tras analizar el Padrón Electoral depurado remitido por el Reniec, se ha veri fi cado que se dio tratamiento a los 1 668 casos observados y las respectivas actas de constatación de datos. 10. De otro lado, el referido informe da cuenta de que las imágenes correspondientes a la impresión dactilar muestran el texto “ECE 2020” en la parte inferior central de cada imagen, y no disminuye, en modo alguno, las propiedades de su uso. 11. Así, al haberse atendido las observaciones formuladas por el Jurado Nacional de Elecciones en ejercicio de la función fi scalizadora de la elaboración del padrón electoral, se concluye que el padrón electoral preliminar no tiene inconsistencias y se encuentra expedito para su aprobación, con 24 799 384 electores hábiles, en total, por lo que este órgano colegiado procede en consecuencia, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 201 de la LOE. Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVEArtículo Primero.- APROBAR el uso del padrón electoral definitivo elaborado y remitido por el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, para el proceso de Elecciones Congresales Extraordinarias 2020, convocado mediante Decreto Supremo N° 165- 2019-PCM, cuyo acto electoral será el 26 de enero de 2020, el cual comprende al siguiente número de electores: CANTIDAD ELECTORES TOTAL DE ELECTORES EN EL TERRITORIO NACIONAL 23 825 154TOTAL DE ELECTORES QUE RESIDEN EN EL EXTRANJERO974 230 TOTAL DE ELECTORES 24 799 384 Artículo Segundo.- REMITIR a la O fi cina Nacional de Procesos Electorales los medios técnicos entregados por el Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil, los cuales contienen el padrón electoral aprobado. Artículo Tercero.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el diario o fi cial El Peruano y en el portal electrónico institucional del Jurado Nacional de Elecciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS.TICONA POSTIGOARCE CÓRDOVACHANAMÉ ORBECHÁVARRY CORREARODRÍGUEZ VÉLEZConcha Moscoso Secretaria General 1827762-2 OFICINA NACIONAL DE PROCESOS ELECTORALES Disponen publicación del postulante que aprobó el proceso de selección para cubrir una (1) de las sesenta (60) vacantes para el cargo Coordinador Administrativo titular y cinco (5) Coordinadores Administrativos accesitarios, de las Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales conformadas en el marco de las Elecciones Congresales Extraordinarias 2020 RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 000233-2019-JN/ONPE Lima, 15 de noviembre del 2019VISTOS: El Informe N° 000005-2019-CSJCACLVODPEECE2020/ONPE, de la Comisión encargada de seleccionar a los Jefes, Coordinadores Administrativos y Coordinadores de Local de Votación de las ODPE para las Elecciones Congresales Extraordinarias 2020 – ECE2020; el Informe N° 000092-2019-GOECOR/ONPE, de la Gerencia de Organización Electoral y Coordinación Regional; así como el Informe N° 000388-2019-GAJ/ONPE, de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Mediante Decreto Supremo N° 165-2019-PCM, publicado en la edición extraordinaria del diario o fi cial El Peruano, del 30 de setiembre de 2019, el Presidente de la República convocó a elecciones para un nuevo Congreso, para el día domingo 26 de enero de 2020, para que complete el periodo constitucional del Congreso disuelto; En tal contexto, a través de la Resolución Jefatural N° 000206-2019-JN/ONPE, se aprueba la conformación de sesenta (60) O fi cinas Descentralizadas de Procesos Electorales (ODPE) para la organización y ejecución de las Elecciones Congresales Extraordinarias 2020; Conforme al Artículo 49 de la Ley N° 26859, Ley Orgánica de Elecciones, el Jefe de la O fi cina Nacional de Procesos Electorales designa, mediante concurso público, a los Jefes, funcionarios y Coordinadores de Local de Votación de las ODPE; debiendo previamente, publicar la relación de las personas seleccionadas a fi n de permitir la interposición de tachas a que hubiere lugar contra dichas personas; para lo cual se emitió la Resolución Jefatural N° 000218-2019-JN/ONPE.