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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2019 (28/11/2019)

CANTIDAD DE PAGINAS: 168

TEXTO PAGINA: 18

18 NORMAS LEGALES Jueves 28 de noviembre de 2019 / El Peruano Corrientes, Especí fi ca de Gasto 2.4.1.3, a otras Unidades de Gobierno, 2.4.1.3.11 a otras Unidades de Gobierno Nacional. Artículo 3.- Los recursos de la transferencia fi nanciera autorizada por el artículo 1 de la presente Resolución Jefatural no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- DISPONER la publicación de la presente Resolución Jefatural en el diario o fi cial “El Peruano” y en el portal web institucional del Servicio Nacional de Sanidad Agraria – SENASA. Regístrese, comuníquese y publíquese.MIGUEL QUEVEDO VALLE JefeServicio Nacional de Sanidad Agraria 1831423-1 Modifican el artículo 1 de la R.J. Nº 226- 2019-ANA RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 262-2019-ANA Lima, 27 de noviembre de 2019VISTO: El O fi cio N° 1796-2019-MINAGRI-SG de la Secretaria General del Ministerio de Agricultura y Riego; el Memorando Nº 3851-2019-ANA-OPP-UDP de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto y el Informe Legal N° 1021-2019-ANA-OAJ, de la O fi cina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Jefatural Nº 372-2018- ANA, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura correspondiente al Año Fiscal 2019 del Pliego 164: Autoridad Nacional del Agua; Que, la Sexagésima Octava Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30879, “Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019”, autoriza a las entidades del sector agricultura a realizar transferencias fi nancieras con cargo a los recursos de su presupuesto institucional por la Fuente de Financiamiento Recursos Directamente Recaudados, para fi nanciar el desarrollo de intervenciones en materia agraria; innovación agraria, gestión de agua, gestión forestal y de fauna silvestre, sanidad e inocuidad agroalimentaria, acceso al mercado; saneamiento físico legal para la formalización de la propiedad agraria y otras acciones prioritarias de la Política Nacional Agraria; dichas transferencias se aprueban mediante resolución del titular de la entidad, previo informe favorable de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto o la que hagas sus veces en la entidad y se publica en el diario o fi cial El Peruano; Que, mediante Resolución Jefatural Nº 226-2019-ANA publicada en el Diario O fi cial El Peruano el 24 de octubre del 2019, se autorizó la transferencia fi nanciera del Pliego 164: Autoridad Nacional del Agua, hasta por la suma total de S/ 1 977,394.00 (Un millón novecientos setenta y siete mil trescientos noventa y cuatro y 00/100 soles) con cargo a la fuente de fi nanciamiento recursos directamente recaudados, a favor de la Unidad Ejecutora 006: Programa Subsectorial de Irrigación - PSI, del Pliego 013: Ministerio de Agricultura y Riego, para el fi nanciamiento de la ejecución de seis actividades de limpieza y mantenimiento de cauce de las provincias de Tumbes, Piura y Zarumilla, de los departamentos de Tumbes y Piura; Que, con documento del Visto, la Secretaría General del Ministerio de Agricultura y Riego, remite el Informe Nº 505-2019-MINAGRI-SG-OGPP-OPRES de la Oficina de Presupuesto, que recomienda modificar la Resolución Jefatural Nº 226-2019-ANA, en cuanto al ámbito de intervención de las actividades de limpieza y mantenimiento de cauce a favor del departamento de Lambayeque, indicando que el Director Ejecutivo de la Unidad Ejecutora 014:MINAG - Binacional Puyango - Tumbes del Pliego 013:MINAGRI, hizo de conocimiento que actualmente se vienen ejecutando actividades de encauzamiento y limpieza de ríos en las provincias de Zarumilla y Tumbes, del departamento de Tumbes, las cuales fueron comprendidas en la Resolución Jefatural Nº 226-2019-ANA, por lo que la Unidad Ejecutora 006:PSI ya no entraría a intervenir en dichos ámbitos; Que, asimismo el citado informe re fi ere que el PSI a través del Informe N° 033-2019-MINAGRI-PSI-OPPS-RJM propone la reasignación de recursos aprobado con Resolución Jefatural Nº 226-2019-ANA, a fi n de habilitar recursos a favor del departamento de Lambayeque, el cual se encuentra dentro de su ámbito de intervención con la fi nalidad de reducir los potenciales estragos de los eventos ordinarios y extraordinarios a causa de precipitaciones fl uviales y estacionales; Que, con documento del Visto, la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto otorga conformidad a la modi fi cación solicitada por el MINAGRI, por lo que solicita realizar el trámite respectivo de aprobación, remitiendo para tal efecto, el proyecto de resolución jefatural correspondiente; Que, mediante el Informe Legal de Vistos, la O fi cina de Asesoría Jurídica emite opinión legal en cuanto a la procedencia de la propuesta de modi fi cación de la Resolución Jefatural Nº 226-2019-ANA, a través de la emisión de la Resolución Jefatural respectiva, concluyendo que la misma resulta legalmente viable; Que, en consecuencia, resulta necesario modi fi car el artículo 1 de la Resolución Jefatural Nº 226-2019-ANA, a fi n de precisar que el ámbito de ejecución de las actividades de limpieza y mantenimiento de cauce serán ejecutadas en el departamento de Lambayeque, en sustitución de las provincias de Tumbes y Zarumilla, del departamento de Tumbes; De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1440 - Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; la Directiva Nº 001-2019-EF/50.01, Directiva para la Ejecución Presupuestaria, aprobada por Resolución Directoral N° 003-2019-EF/50.01; la Sexagésima Octava Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; y, Con los vistos de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, la O fi cina de Asesoría Jurídica y de la Gerencia General; y en uso de las facultades previstas en el inciso h) del Artículo 12 del Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Agua, aprobado por el Decreto Supremo Nº 018-2017-MINAGRI; SE RESUELVE: Artículo 1.- Modi fi car el artículo 1 de la Resolución Jefatural Nº 226-2019-ANA, el cual quedará redactado en los siguientes términos: “Artículo 1.- Autorizar una Transferencia Financiera del Pliego 164: Autoridad Nacional del Agua - ANA, hasta por la suma total de S/ 1 977 394,00 (Un millón novecientos setenta y siete mil trescientos noventa y cuatro y 00/100 soles), con cargo a la fuente de fi nanciamiento Recursos Directamente Recaudados, a favor de la Unidad Ejecutora 006: Programa Subsectorial de Irrigación - PSI, del Pliego 013: Ministerio de Agricultura y Riego, para el fi nanciamiento de la ejecución de las actividades de limpieza y mantenimiento de cauce en los departamentos de Piura y Lambayeque, que se enmarca en la Política Nacional Agraria, en el marco de la Sexagésima Octava Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30879, “Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019”, según se detalla en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución.” Artículo 2.- Mantener vigente la Resolución Jefatural Nº 226-2019-ANA en todo lo que no se oponga a lo dispuesto en la presente Resolución.