TEXTO PAGINA: 17
17 NORMAS LEGALES Jueves 28 de noviembre de 2019 El Peruano / el Consejo Directivo del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre - SERFOR, a la Dirección Ejecutiva del SERFOR, así como al miembro alterno reconocido por el artículo 1, precedente, para los fi nes de ley. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en los Portales Institucionales del Ministerio de Agricultura y Riego (www.gob.pe/minagri) y del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre - SERFOR (www.serfor.gob.pe), el mismo día de su publicación en el diario o fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.JORGE LUIS MONTENEGRO CHAVESTA Ministro de Agricultura y Riego 1831227-2 Aprueban transferencia financiera con cargo al presupuesto institucional del SENASA a favor de la Contraloría General de la República para el financiamiento de la contratación de sociedad de auditoría RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 0169-2019-MINAGRI-SENASA 27 de Noviembre de 2019VISTOS:El Informe N° 0049-2019-MINAGRI-SENASA-OPDI- UPP-LESCURRA de fecha 26 de noviembre de 2019, del Director de Planeamiento y Presupuesto; el Informe N° 0001-2019-MINAGRI-SENASA-OPDI-MSALAZARR de fecha 27 de noviembre de 2019, del Director General de la O fi cina de Plani fi cación y Desarrollo Institucional del Servicio Nacional de Sanidad Agraria, y; CONSIDERANDO:Que, mediante el artículo 20 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modi fi cado por el tercer artículo de la Ley N° 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República, dispone, que: «Las sociedades de auditoría, para efectos de esta ley, son las personas jurídicas cali fi cadas e independientes en la realización de labores de control posterior externo, que son designadas previo concurso público de méritos, y contratadas por la Contraloría General de la República para examinar las actividades y operaciones de las entidades, opinar sobre la razonabilidad de sus estados fi nancieros, así como evaluar la gestión, captación y uso de los recursos asignados a las mismas. Las entidades del Gobierno Nacional, los gobiernos regionales y los gobiernos locales quedan autorizados para realizar transferencias fi nancieras con cargo a su presupuesto institucional a favor de la Contraloría General de la República para cubrir los gastos que se deriven de la contratación de las sociedades de auditoría, previa solicitud de la Contraloría General de la República, bajo exclusiva responsabilidad del titular del pliego así como del jefe de la o fi cina de administración y del jefe de la o fi cina de presupuesto o las que hagan sus veces en el pliego. Las transferencias fi nancieras se aprueban mediante resolución del titular del pliego en el caso del Gobierno Nacional, o por acuerdo de consejo regional o concejo municipal en el caso de los gobiernos regionales o gobiernos locales, respectivamente, requiriéndose en todos los casos el informe previo favorable de la o fi cina de presupuesto o la que haga sus veces en la entidad. La resolución del titular del pliego y el acuerdo de consejo regional se publican el diario o fi cial El Peruano y el acuerdo del concejo municipal se publica en su página web. El proceso de designación y contratación de las sociedades de auditoría, el seguimiento y evaluación de informes, las responsabilidades, así como su registro, es regulado por la Contraloría General.»; Que, mediante la Resolución de la Contraloría N° 369- 2019-CG de fecha 22 de octubre de 2019, se aprobó el tarifario que establece el monto por retribución económica, incluido el impuesto general a las ventas (IGV) y el derecho de designación y supervisión de sociedades de auditoría, por el periodo a auditar que las entidades del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales deben transferir a la Contraloría General de la República; Que, con el O fi cio N.° 000948-2019-CG/SGE, recibido el 12 de noviembre del 2019, la Contraloría General de la República solicitó al Servicio Nacional de Sanidad Agraria – SENASA que efectué la transferencia fi nanciera equivalente al 50 % de la retribución económica (incluido el IGV), por el monto de S/ 56 301.00 (Cincuenta y seis mil trescientos uno y 00/ 100 soles); Que, con el Informe N° 0049-2019-MINAGRI-SENASA- OPDI-UPP-LESCURRA de fecha 26 de noviembre de 2019, el Director de Planeamiento y Presupuesto se dirige al Director General de la O fi cina General de Plani fi cación y Desarrollo Institucional, indicando que se cuenta con la disponibilidad presupuestal para realizar la transferencia fi nanciera a favor de la Contraloría General de la República por el monto de S/ 56 301.00 (Cincuenta y seis mil trescientos uno y 00/ 100 soles) para fi nanciar la transferencia fi nanciera por el 50 % de la retribución económica (incluido el IGV), para el fi nanciamiento de la contratación de la Sociedad de Auditoría, por el periodo auditado 2019; Que, con el Informe N° 0001-2019-MINAGRI- SENASA-OPDI-MSALAZARR de fecha 27 de noviembre de 2019, el Director General de la O fi cina de Plani fi cación y Desarrollo Institucional del SENASA encuentra conforme el informe referido en el considerando anterior; De conformidad a lo establecido en el artículo 20 de la Ley N° 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control; con la Centésima Cuadragésima Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30879, Ley de presupuesto del sector público para el año fi scal 2019, que dice: “Autorícese a las entidades del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, a realizar modi fi caciones presupuestarias en el nivel funcional programático para fi nanciar las transferencias de recursos que efectúen a favor de la Contraloría General de la República, en el marco de la Tercera y Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30742, Ley de fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control. Para tal efecto, las referidas entidades quedan exceptuadas de las restricciones previstas en los numerales 9.4 y 9.10 del artículo 9 de la presente ley”; y con el visto bueno de los Directores Generales de la O fi cina de Plani fi cación y Desarrollo Institucional, de la O fi cina de Administración y de la O fi cina de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE:Artículo 1.- APROBAR la transferencia fi nanciera, con cargo al presupuesto institucional 2019, del Pliego 160: Servicio Nacional de Sanidad Agraria – SENASA hasta por la suma de S/ 56 301.00 (Cincuenta y seis mil trescientos uno y 00/ 100 soles), en la fuente de fi nanciamiento de Recursos Directamente Recaudados, a favor del Pliego 019: Contraloría General de la República, Unidad Ejecutora 001 – Contraloría General de la República, destinado a la transferencia fi nanciera para el fi nanciamiento de la contratación de la Sociedad de Auditoría, por el periodo auditado 2019. Artículo 2.- La transferencia fi nanciera autorizada en el artículo 1 de la presente Resolución Jefatural se atenderá con cargo al presupuesto aprobado en el presente año fi scal del Pliego 160: Servicio Nacional de Sanidad Agraria – SENASA, Unidad Ejecutora 001; Servicio Nacional de Sanidad Agraria – SENASA, Categoría Presupuestal 9001; Acciones Centrales, Actividad 5000003: Gestión Administrativa, para la Genérica de Gasto 2.4: Donaciones y Transferencias, Sub genérica del gasto: 2.4.1 Donaciones y Transferencias