Norma Legal Oficial del día 30 de noviembre del año 2019 (30/11/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 16

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NORMAS LEGALES

Sábado 30 de noviembre de 2019 /

El Peruano

Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos, sus modificatorias, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, modificado por el Decreto Supremo N° 056-2013-PCM. SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje a la ciudad de Bogotá, República de Colombia, de la señora Diana Sayuri Bayona Matsuda, Viceministra de Comercio Exterior, del 5 al 7 de diciembre de 2019, y de los representantes del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo que participarán en las reuniones de la Alianza del Pacífico a que se refiere la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial, conforme al siguiente detalle:
Comisionado Daniel José Espinosa Seguín John Ramiro Cusipuma Frisancho Lorena Isabel Miranda Gutiérrez José Luis Cano Cáceres Gloria Eugenia Ramírez Ramírez Fechas de viaje Del 2 al 5 de diciembre de 2019 Del 3 al 7 de diciembre de 2019 Del 3 al 7 de diciembre de 2019 Del 2 al 5 de diciembre de 2019 Del 1 al 4 de diciembre de 2019

VMPCIC/MC de la Dirección de Gestión de Monumentos, el Informe N° D000087-2019-DGPA/MC de la Dirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble, el Informe D000529-2019-DEN/MC de la Dirección de Elencos Nacionales, el Informe N° D000768-2019-DIA/MC de la Dirección de Artes, el Informe N° D000261-2019-DGIA/ MC y el Informe N° D000025-2019-OGAJ-AIM/MC de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 29565, se creó el Ministerio de Cultura como organismo del Poder Ejecutivo, con personería jurídica de derecho público, estableciéndose entre sus funciones exclusivas el convocar y conceder reconocimiento al mérito a los creadores, artistas, personas y organizaciones que aporten al desarrollo cultural del país; Que, conforme a lo dispuesto en el numeral 3.17 del artículo 3 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2013-MC (en adelante, ROF), el Ministerio de Cultura tiene entre sus funciones el otorgar reconocimientos al mérito a los creadores, artistas, personas y organizaciones que aporten al desarrollo cultural del país; Que, de conformidad con el artículo 58 del ROF, la Dirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble, es la unidad orgánica que tiene a su cargo la ejecución de los aspectos técnicos y normativos de la gestión, conservación y protección del Patrimonio Arqueológico en el país y de la formulación y propuesta de políticas, planes, programas, proyectos, estrategias y normas así como la ejecución y promoción de acciones de registro, investigación, conservación, presentación, puesta en valor y uso social, así como difusión del patrimonio arqueológico inmueble; Que, el acápite 5.1.3 del numeral 5.1 del artículo V de la Directiva N° 002-2016-MC, "Directiva para el Otorgamiento de Reconocimientos del Ministerio de Cultura", aprobada por Resolución Ministerial N° 1072016-MC de fecha 16 de marzo de 2016, establece que Personalidad Meritoria de la Cultura es el reconocimiento que otorga el Ministerio de Cultura a personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, inscritas o no en los registros públicos, así como a organizaciones tradicionales, que han realizado un aporte significativo al desarrollo cultural del país. Reconocimiento que se formalizará mediante Resolución Ministerial a ser publicada en el Diario Oficial "El Peruano", conforme a lo establecido por el acápite 6.1.4 de la citada directiva; Que, conforme a lo previsto en el numeral 6.3 de la Directiva antes mencionada, se establece que excepcionalmente el Ministerio de Cultura, por razones debidamente justificadas, podrá otorgar reconocimientos póstumos, a propuesta del órgano competente de la entidad; Que, a través de los Informes N° 000003-2019CPD/DMO/DGPA/VMPCIC/MC y N° 000019-2019/ DMO/DGPA/VMPCIC/MC del 11 y 15 de enero de 2019, respectivamente, la Dirección de Gestión de Monumentos, recomendó el reconocimiento póstumo al señor Francisco Emilio Iriarte Brenner, quien falleció el 30 de noviembre de 2018, en mérito a su labor científica, su profesionalismo, así como su plena y total identificación con la ciencia y difusión permanente en temas de arqueología, antropología, arte y folklore peruano; Que, mediante Informe N° D000087-2019-DGPA/ MC de fecha 17 de junio de 2019, la Dirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble, en atención a los informes precedentes, recomendó se otorgue el reconocimiento póstumo como "Personalidad Meritoria de la Cultura" al señor Francisco Emilio Iriarte Brenner, por su valiosa contribución en temas relacionados a la arqueología, antropología, arte, folklore peruano y por la difusión constante que realizó a través de diferentes medios en los cuales llevó consigo su obra peruanista, contribuyendo al desarrollo cultural del país; Que, a través del Informe N° D000261-2019-DGIA/ MC de fecha 20 de noviembre de 2019, la Dirección General de Industrias Culturales y Artes, de conformidad

Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento del artículo precedente, estarán a cargo del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, de acuerdo al siguiente detalle:
Comisionado Diana Sayuri Bayona Matsuda John Ramiro Cusipuma Frisancho Lorena Isabel Miranda Gutiérrez Daniel José Espinosa Seguín José Luis Cano Cáceres Gloria Eugenia Ramírez Ramírez Pasaje US$ Viáticos US$

1 559,07 370,00 x 2 días: 740,00 1 691,59 370,00 x 4 días: 1 480,00 1 691,59 370,00 x 4 días: 1 480,00 1 205,13 370,00 x 3 días: 1 110,00 1 288,90 370,00 x 3 días: 1 110,00 1 607,37 370,00 x 3 días: 1 110,00

Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a su retorno al país, las personas cuyo viaje se autoriza mediante el artículo 1 de la presente Resolución, presentarán al Ministro de Comercio Exterior y Turismo, un informe detallado sobre las acciones realizadas y resultados obtenidos en las reuniones a las que asistirán; asimismo, presentarán la rendición de cuentas de acuerdo a Ley. Artículo 4.- Encargar al señor José Ernesto Vidal Fernández, Viceministro de Turismo, las funciones del Despacho Viceministerial de Comercio Exterior, a partir del 5 de diciembre de 2019 y en tanto dure la ausencia de su titular. Artículo 5.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDGAR M. VÁSQUEZ VELA Ministro de Comercio Exterior y Turismo 1831901-1

CULTURA
Otorgan distinción póstuma "Personalidad Meritoria de la Cultura"
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 495-2019-MC Lima, 27 de noviembre de 2019 VISTOS, los Informes N° 000003-2019-CPD/DMO/ DGPA/VMPCIC/MC y N° 000019-2019/DMO/DGPA/

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