Norma Legal Oficial del día 05 de septiembre del año 2019 (05/09/2019)
Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.
TEXTO DE LA PÁGINA 34
34
NORMAS LEGALES
Jueves 5 de setiembre de 2019 /
El Peruano
RELACIONES EXTERIORES
Autorizan viaje de funcionario diplomático a Chile, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0607/RE-2019 Lima, 2 de setiembre de 2019 CONSIDERANDO: Que, la Alianza del Pacífico es un mecanismo de integración regional para conformar un área de integración profunda en la que se busca avanzar hacia la liberación del comercio de bienes y la libre circulación de servicios, capitales y personas, como parte de una estrategia para consolidar una plataforma económica común para proyectarse al Asia-Pacífico y al mundo; Que, en el marco de la XXII Reunión del Consejo de Ministros de la Alianza del Pacífico, celebrada en la ciudad de Lima, el 4 de julio de 2019, se acordó sostener una reunión a nivel de Jefes Negociadores entre la Alianza del Pacífico y Australia, Canadá, República de Nueva Zelanda y la República de Singapur, con miras a discutir los próximos pasos en el proceso de negociación como Candidatos a Estados Asociados; Que, la Declaración de Lima de la XIV Cumbre de la Alianza del Pacífico recoge la convicción de los Presidentes de los cuatro países miembros de concluir en el presente año el proceso de negociaciones comerciales con Australia, Canadá, República de Nueva Zelanda y la República de Singapur, así como su compromiso de definir durante el segundo semestre de 2019 los términos de referencia que guiarán las negociaciones comerciales con la República de Corea; Que, la misma Declaración declara la bienvenida a la República del Ecuador como nuevo Candidato a Estado Asociado a la Alianza del Pacífico, con miras a su futura adhesión como miembro pleno del mecanismo; Que, las reuniones de Jefes de las Negociaciones Comerciales entre la Alianza del Pacífico y los países Candidatos a Estado Asociado se llevarán a cabo en la ciudad de Santiago, República de Chile, del 7 al 14 de setiembre de 2019; Que, las negociaciones comerciales entre la Alianza del Pacífico y los países Candidatos a Estado Asociado se enmarcan dentro de las prioridades de política exterior del Perú, principalmente en el posicionamiento dentro de la región del Asia-Pacífico y el establecimiento de socios comerciales en la citada región; Que, se estima necesaria la participación del Subdirector de Alianza del Pacífico, de la Dirección de Integración, de la Dirección General para Asuntos Económicos, a fin de hacer el debido seguimiento político y diplomático del tema; De conformidad con la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modificada por la Ley N° 28807, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 047-2002-PCM y su modificatoria; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado por Decreto Supremo N° 1352010-RE; la Ley N° 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República y sus modificatorias; su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 130-2003-RE y sus modificatorias; y, la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje en comisión de servicios, del Ministro Consejero en el Servicio Diplomático de la República Irving Israel Jaime Lizárraga, Subdirector de Alianza del Pacífico, de la Dirección de Integración, de la Dirección General para Asuntos Económicos, a la ciudad de Santiago, República de Chile, del 7 al 10 de setiembre de 2019, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolución ministerial.
Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente comisión de servicios serán cubiertos por el pliego presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta 0090930 Integración y Negociaciones Económicas Internacionales, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días calendario, al término del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle:
Pasajes Aéreos Viáticos Número Total viáticos Clase por día de días USD Económica USD USD 730.00 370.00 4 1,480.00
Nombres y Apellidos
Irving Israel Jaime Lizárraga
Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario, posteriores a su retorno al país, el citado funcionario diplomático deberá presentar al Ministro de Relaciones Exteriores, un informe detallado de las acciones realizadas y los resultados obtenidos en el viaje autorizado. Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. NÉSTOR POPOLIZIO BARDALES Ministro de Relaciones Exteriores 1803338-1
Autorizan viaje de funcionario diplomático a Colombia, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0612/RE-2019 Lima, 2 de setiembre de 2019 CONSIDERANDO: Que, en el Encuentro Presidencial y V Gabinete Binacional Perú Colombia, llevado a cabo el 27 de agosto de 2019, se acordó unir esfuerzos en beneficio de la protección y uso sostenible de la región Amazónica; Que, en ese sentido, se decidió convocar una reunión urgente de Jefes de Estado y de Gobierno de la región Amazónica, a realizarse el 6 de septiembre de 2019, en la ciudad de Leticia, República de Colombia, para establecer un Pacto que procure la conservación, desarrollo y aprovechamiento sostenible de dicha región, en beneficio de las comunidades que lo habitan; la misma que será precedida por una reunión de coordinación preparatoria el 5 de septiembre; Que, la República del Perú, en su calidad de país amazónico, otorga una importancia particular a la preservación, protección y uso sostenible de sus bosques, por ser uno de los ecosistemas más importantes para la resiliencia del planeta y en él habitan pueblos indígenas; Que, se estima necesaria la participación del Director General para Asuntos Multilaterales y Globales, en la reunión de Jefes de Estado y de Gobierno de la región Amazónica ya que constituye una importante oportunidad para coordinar la cooperación que puedan requerir los países afectados para mitigar los efectos de los incendios forestales; De conformidad con la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modificada por la Ley N° 28807, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 047-2002-PCM y su modificatoria; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado por Decreto Supremo N° 1352010-RE; la Ley N° 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República y sus modificatorias; su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 130-2003-RE y sus


