Norma Legal Oficial del día 05 de septiembre del año 2019 (05/09/2019)
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TEXTO DE LA PÁGINA 96
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NORMAS LEGALES
Jueves 5 de setiembre de 2019 /
El Peruano
GOBIERNO REGIONAL DE PIURA
Ordenanza que actualiza Anexo Único del Sistema Regional de Gestión Ambiental en el ámbito del Gobierno Regional Piura, aprobado en el artículo primero de la Ordenanza Regional Nº 294-2014/GRP-CR
ORDENANZA REGIONAL Nº 442-2019/GRP-CR Piura, 22 de julio de 2019 El Consejo Regional del Gobierno Regional Piura POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional Piura de conformidad con lo previsto en la Constitución Política del Perú de 1993, modificado por la Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV, sobre descentralización Ley Nº 27783, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Ley Nº 27867, sus modificatorias Ley Nº 27902, Ley 28013, Ley Nº 28926, Ley Nº 28961, Ley Nº 28988 y Ley Nº 29053, y demás Normas Complementarias; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 191º de la Constitución Política del Perú de 1993, modificada por la Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización Ley Nº 27680, establece que los gobiernos regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el inciso 7º del artículo 192º de la Constitución Política del Perú, modificada por la Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización Ley Nº 27680; establecen que los Gobiernos Regionales son competentes para promover y regular actividades y/o servicios en materia de agricultura, pesquería, industria, agroindustria, comercio, turismo, energía, minería, vialidad, comunicaciones, educación, salud y medio ambiente, conforme a Ley; Que, mediante Ordenanza Regional Nº 294-2014/ GRP-CR; de fecha 21 de julio del 2014, se actualiza El Anexo Único del Sistema Regional de Gestión Ambiental en el Ámbito del Gobierno Regional Piura; Que, el Artículo 37º inciso d) del Reglamento de la Ley Nº 28245 "Ley Marco del Sistema Nacional de Gestión Ambiental SNGA", aprobado mediante Decreto Supremo Nº 008-2005-PCM; establece que el Sistema Regional de Gestión Ambiental es parte componente del Sistema Nacional de Gestión Ambiental SNGA, previa opinión favorable del Consejo Nacional del Ambiente CONAN; Que, la Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, aprobada con Decreto Legislativo Nº 1013; señala que toda referencia hecha al Consejo Nacional del Ambienten- CONAM. o a las competencias, funciones y atribuciones que éste venía ejerciendo, una vez culminado el proceso de fusión, se entenderá como efectuada al Ministerio del Ambiente; Que, en cumplimiento a lo establecido en al Informe Nº 028-2019/GRP-450300, de fecha 20 de junio del 2019, la Sub Gerencia Regional de Gestión Ambiental de la GRRNyGMA, recomienda elevarlo al Consejo Regional para la actualización del Anexo Único del Sistema Regional de Gestión Ambiental, toda vez que cuenta con opinión favorable de la Dirección General de Políticas e Instrumentos de Gestión Ambiental del MINAM y Acta de Validación de dicha propuesta ante la Comisión Ambiental Regional (CAR PIURA ), que acredita que dicha actualización del Anexo Único ha sido participativa. Así como también con los informes técnicos y legal con opiniones favorables de la Sub Gerencia Regional de Gestión Ambiental y de la Oficina Regional de Asesoría Jurídica.
Que, con Informe Nº 048-2019/GRP-450300, de fecha 21 de junio del 2019, la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión del medio Ambiente, hace llegar al Consejo Regional Piura, la propuesta de actualización del Anexo Único del Sistema de Gestión Ambiental en el ámbito del Gobierno Regional Piura, para que sea evaluada por la Comisión de Recursos Naturales y Medio Ambiente del Consejo Regional. Que, mediante Informe Nº014-2018/GRP-450000450300, de fecha 09 de abril de 2018, la Sub Gerencia Regional de Gestión Ambiental, concluye que el sistema Regional de Gestión Ambiental Piura se ha actualizado en concordancia al actual marco normativo e institucional, el proceso seguido en la construcción de la actualización del Sistema Regional Ambiental garantiza su integridad y coherencia con la realidad regional por cuanto dicho instrumento ha sido socializado, consensuado y validado con los sectores públicos, privados y de la sociedad civil, representados en la Comisión Ambiental Regional, la propuesta de Ordenanza Regional, su anexo único que se actualiza el Sistema Regional de Gestión Ambiental Piura se ha realizado gracias a la asistencia técnica que ha brindado el MINAM; Con Informe Nº1394-2018/GRP-460000, de fecha 20 de junio de 2018, la Oficina Regional de Asesoría Jurídica, emite opinión, concluyendo lo siguiente: "De acuerdo a lo informado por la Sub Gerencia Regional de Gestión Ambiental y teniendo en cuenta la opinión favorable del Ministerio del Ambiente, resulta factible ser sometida a sesión de Consejo Regional, para que determine su aprobación o no, por lo tanto, en ese sentido, en atención a la normatividad y al sustento técnico, se deberá continuar con el trámite de aprobación de la Ordenanza Regional sobre actualización del Sistema Regional de Gestión Ambiental Piura. Que, el Dictamen Nº 04-2019/GRP-CR-CRN y MA, de fecha 16 de julio del 2019, la Comisión de Recursos Naturales y del Medio Ambiente , concluye que sobre la actualización del Anexo Único del Sistema Regional de Gestión Ambiental, se ha actualizado en concordancia al actual marco normativo e institucional. Toda vez, que podemos apreciar que se encuentra integrado por un conjunto organizado de entidades públicas y de la sociedad civil que asumen diversas responsabilidades y niveles de participación en la temática ambiental. El Proceso NO adolece de vicios de legalidad y en aplicación al Principio de Controles Posteriores que privilegia la Administración Pública las técnicas de control posterior que implica un rol verificador a la veracidad de los argumentos, documentos y declaraciones presentadas. Que, estando a lo acordado y aprobado en Sesión Ordinaria Nº07 -2019, de fecha 22 de julio 2019, con dispensa del trámite de lectura y aprobación de Acta; el Consejo Regional del Gobierno Regional de Piura, en uso de sus facultades y atribuciones conferidas por la Constitución Política del Estado, modificada por Ley Nº 27680 y Ley Nº 28607; y la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867, y sus modificatorias Ley Nº 27902, Ley Nº 28961, Ley Nº 28968 y Ley Nº 29053; Ha dado la Ordenanza Regional siguiente: ACTUALIZA ANEXO UNICO DEL SISTEMA REGIONAL DE GESTION AMBIENTAL EN EL AMBITO DEL GOBIERNO REGIONAL PIURA, APROBADO EN EL ARTÍCULO PRIMERO DE LA ORDENANZA REGIONAL Nº 294-2014/GRP-CR Artículo Primero.- Actualizar el Anexo Único del Sistema Regional de Gestión Ambiental, aprobado mediante el artículo primero de la Ordenanza Regional Nº 2942014/GRP-CR, documento que consta de ( 01 ) Un Título Preliminar, ( 04 ) Títulos, (60) artículos y ( 02 ) Disposiciones Complementarias, Transitorias y Finales, que tiene por objeto garantizar el cumplimiento de los objetivos ambientales a nivel descentralizado, fortaleciendo los mecanismos de transectorialidad con todas las entidades Regionales Sectoriales y Locales que ejercen funciones ambientales y recursos naturales en el territorio regional, y que formará parte de la Ordenanza Regional a aprobarse. Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia General Regional, en coordinación con la Gerencia Regional de


