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64 NORMAS LEGALES Sábado 8 de agosto de 2020 / El Peruano – PIRDAIS” y los Responsables de la Dirección de Articulación Territorial, la Dirección de Asuntos Técnicos, la Dirección de Promoción y Monitoreo, la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, la O fi cina General de Administración y la O fi cina de Asesoría Jurídica, y; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto de Urgencia Nº 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020 y el Reglamento de Organización y Funciones de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas – DEVIDA, aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2014-PCM. SE RESUELVE:Artículo Primero.- AUTORIZAR la transferencia fi nanciera hasta por la suma total de NOVECIENTOS SIETE MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y TRES Y 00/100 SOLES (S/ 907, 553.00), para fi nanciar el Proyecto a favor de la Entidad Ejecutora que se detalla en el Anexo Nº 01 que forma parte integrante de la presente resolución. Artículo Segundo.- DISPONER que la transferencia fi nanciera autorizada por el Artículo Primero de la presente resolución, se realice con cargo al presupuesto del Año Fiscal 2020 del Pliego 012: Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas correspondiente a la fuente de fi nanciamiento “Recursos Ordinarios”. Artículo Tercero.- RATIFICAR que la Entidad Ejecutora, bajo responsabilidad, sólo destinará los recursos públicos que se trans fi eren para la ejecución del Proyecto descrito en el Anexo Nº 01 de la presente resolución, quedando prohibido reorientar dichos recursos a otros proyectos, actividades y/o gastos administrativos, en concordancia con lo dispuesto por el numeral 17.3 del artículo 17º del Decreto de Urgencia Nº 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020. Artículo Cuarto.- DISPONER que la Dirección de Promoción y Monitoreo de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas – DEVIDA, sea la encargada de efectuar el monitoreo y seguimiento de metas para las cuales fueron entregados los recursos, en el marco de lo dispuesto en el numeral 17.3 del artículo 17º del Decreto de Urgencia Nº 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020. Artículo Quinto.- NOTIFICAR la presente resolución a la Responsable Técnica del Programa Presupuestal “Programa de Desarrollo Alternativo Integral y Sostenible – PIRDAIS”, a la Dirección de Articulación Territorial, la Dirección de Asuntos Técnicos, la Dirección de Promoción y Monitoreo, la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, y a la O fi cina General de Administración para los fi nes correspondientes, así como al Responsable del Portal de Transparencia de la Entidad, a fi n que proceda a gestionar la publicación del presente acto resolutivo en el Diario Ofi cial El Peruano y en el portal de internet de DEVIDA. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.RUBÉN VARGAS CÉSPEDES Presidente Ejecutivo ANEXO 01 TRANSFERENCIA FINANCIERA DE LA COMISIÓN NACIONAL PARA EL DESARROLLO Y VIDA SIN DROGAS EN EL MARCO DEL PROGRAMA PRESUPUESTAL “PROGRAMA DE DESARROLLO ALTERNATIVO INTEGRAL Y SOSTENIBLE – PIRDAIS” NºENTIDAD EJECUTORANOMBRE DEL PROYECTOMONTO DE LA TRANSFERENCIA HASTA S/ 01MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE IRAZOLA“INSTALACIÓN DE ESPECIES FORESTALES Y AGROFORESTALES PARA LA RECUPERACIÓN DE SUELOS DEGRADADOS EN LA MICROCUENCA DE SAN ALEJANDRO, DISTRITO DE IRAZOLA - PADRE ABAD – UCAYALI”.907, 553.00 TOTAL 907, 553.00 1876198-1ORGANISMO DE FORMALIZACIÓN DE LA PROPIEDAD INFORMAL Aprueban formatos para ser utilizados en la formalización de predios en Urbanizaciones Populares RESOLUCIÓN DE GERENCIA GENERAL Nº 052-2020-COFOPRI/GG Lima, 7 de agosto de 2020 VISTOS; el Memorándum Nº 2224-2019-COFOPRI/ DFIND del 11 de noviembre de 2019, emitido por la Dirección de Formalización Individual; el Informe Nº 164-2019-COFOPRI/DND del 26 de noviembre de 2019 y los Memorándums Nos 161-2020-COFOPRI/DND, 175-2020-COFOPRI/DND y 215-2020-COFOPRI/DND del 28 de febrero, 05 de marzo y 18 de junio de 2020, respectivamente, emitidos por la Dirección de Normalización y Desarrollo; y, los Informes Nos 545-2019-COFOPRI/OAJ, 167-2020-COFOPRI/OAJ y 282-2020-COFOPRI/OAJ del 13 de diciembre de 2019, 29 de mayo y 07 agosto de 2020, respectivamente, emitidos por la O fi cina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo N° 803, Ley de Promoción del Acceso a la Propiedad Formal, complementada por la Ley N° 27046, se crea la Comisión de Formalización de la Propiedad Informal, ahora Organismo de Formalización de la Propiedad Informal, en adelante COFOPRI; conforme a la Segunda Disposición Complementaria de la Ley N° 28923, Ley que establece el Régimen Temporal Extraordinario de Formalización y Titulación de Predios Urbanos; Que, COFOPRI de acuerdo a su marco legal es competente para ejecutar acciones de formalización de la propiedad en Urbanizaciones Populares, reglamentado por el Decreto Supremo Nº 031-99-MTC; Que, el artículo 31 del precitado Reglamento establece que COFOPRI: i) entregará a los representantes de la organización representativa de la Urbanización Popular un listado de aquellos titulares cuya documentación no presente impedimento para la inscripción de su derecho de propiedad en el Registro de Predios y otro listado que contenga la relación de los socios o asociados cuya documentación resulte insu fi ciente para la inscripción de su titularidad en el Registro de Predios; así como, ii) publicará los mencionados listados en un lugar públicamente visible de la organización representativa de la Urbanización Popular; Que, a través del Memorándum Nº 2224-2019-COFOPRI/DFIND, la Dirección de Formalización Individual, basado en el Informe Nº 0125-2019-COFOPRI/DFIND-SCAL del 07 de noviembre de 2019, emitido por la Subdirección de Calificación, con su conformidad, manifestó la importancia de contar con formatos debidamente aprobados, según lo dispuesto en la Primera Disposición Final del Decreto Supremo Nº 031-99-MTC, para ser utilizados en la formalización de los predios en Urbanizaciones Populares; Que, en ese contexto, mediante Informe Nº 164-2019-COFOPRI/DND y los Memorándums Nos 161-2020-COFOPRI/DND, 175-2020-COFOPRI/DND y 215-2020-COFOPRI/DND, la Dirección de Normalización y Desarrollo da cuenta que en observancia de los alcances de las disposiciones legales del Reglamento de Formalización de Urbanizaciones Populares, aprobado por Decreto Supremo Nº 031-99-MTC, en concordancia con el Reglamento de Formalización de la Propiedad a cargo de COFOPRI, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-99-MTC, se gestione la aprobación de los formatos propuestos por la Dirección de Formalización Individual; respecto de los cuales, con el mencionado Órgano de Línea han coordinado y