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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE AGOSTO DEL AÑO 2020 (21/08/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 116

TEXTO PAGINA: 116

116 NORMAS LEGALES Viernes 21 de agosto de 2020 / El Peruano Funciones - ROF de esta entidad municipal aprobado por Ordenanza Municipal Nº 31-2013, son funciones de la O fi cina General de Tributación: Proponer la actualización y/o modi fi cación del Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA, Cuadro de Tasas y Estado de Multas (ESCAMUL) que le compete. Así como emitir opinión respecto a los mismos documentos de las Municipalidades Distritales. En los artículos 13 y siguientes del Proyecto de Ordenanza, se hace referencia a la Comisión de Aprobación y Rati fi cación (CAR), la que como se tiene señalado esta comisión es inexistente y realizado en retrospectiva la cantidad de ordenanzas para su rati fi cación, se tiene que es en mínima cantidad, lo que no ameritaría la conformación de una comisión para el efecto, sino esta evaluación y cali fi cación debe efectuarse a través de las comisiones ordinarias del concejo municipal, esto es por la Comisión de Administración, Planeamiento, Presupuesto y Fortalecimiento Institucional y la Comisión de Asuntos Legales y Control Interno. Luego del reexamen del proyecto, se continúe con el trámite, observándose las normas señaladas para la rati fi cación de Ordenanzas Municipales”; Que mediante Memorándum Nº 283/OGT/MPC- 2019, con fecha 25 de setiembre del 2019, el Director de la O fi cina General de Tributación, remite a la O fi cina General de Asesoría Jurídica, el Informe del Área Legal de su O fi cina, sobre la Propuesta Ordenanza Municipal que aprueba el procedimiento de rati fi cación de Ordenanzas Tributarias, con propuestas para la modi fi cación parcial los artículos 6, 7, 12 y 13; Que con Memorándum Nº 391-2019-OGAJ/MPC, de fecha 04 de octubre del 2019, la Directora de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, devuelve los antecedentes a la O fi cina General de Tributación, a efecto de que dicha Ofi cina cumpla con los extremos opinados en el Informe Legal de su área y consolide el proyecto de Ordenanza Municipal; Que, mediante Informe Nº 0205-JCHC/OR/ OGT/MPC-2019, de fecha 10 de octubre de 2019, el Contador Especialista en Tributación Local, realiza la reevaluación y análisis de la propuesta de ordenanza que aprueba el procedimiento de rati fi cación de Ordenanzas Tributarias en el ámbito de la Provincia del Cusco, tomando en cuenta la opinión contenida en el Informe Nº 255-2019-wpsr-AL-OGT/GMC, emitido por el Asesor Legal de la O fi cina General de Tributación, alcanzando una propuesta fi nal; Que, con Informe Nº 325-2019-wpsr-AL-OGT/GMC, de fecha 29 de noviembre del 2019, el Asesor Legal de la O fi cina General de Tributación, mani fi esta que, luego de revisado el expediente, se puede observar que en la propuesta fi nal se han tomado en cuenta las sugerencias contenidas en el informe legal, modi fi cándose parcialmente los artículos 6, 7, 12 y 13 del proyecto de Ordenanza Municipal que aprueba el Procedimiento de Ratifi cación de Ordenanzas Tributarias, en el ámbito de la Provincia del Cusco; concluyendo expresamente: “Por los fundamentos expuestos en el informe Nº 255-2019-wpsr-AL-OGT/GMC y el presente informe, se opina por la procedencia de la dación de una Ordenanza Municipal, que establece el Procedimiento de Rati fi cación de Ordenanzas Tributarias en el ámbito de la provincia del Cusco”; Que, con Informe Nº 021/OGT/MPC-2020, de fecha 10 de febrero del 2020, el Director de la O fi cina General de Tributación, respecto de la propuesta de ordenanza Municipal, señala: “(...) tiene como objetivo normar y/o reglamentar el procedimiento de rati fi cación de las ordenanzas distritales, relacionadas al cobro de arbitrios municipales (…)”; también, solicita a la Gerencia Municipal, que la propuesta sea derivada al área de Asesoría Jurídica, para su subsiguiente trámite; Que, por medio del Informe Nº 393-2020-OGAJ/MPC, de fecha 06 de Julio del 2020, el Director de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, respecto de la propuesta de ordenanza Municipal, señala: “La propuesta de Ordenanza Municipal que aprueba el procedimiento de ratifi cación de Ordenanzas Distritales, relacionadas al cobro de arbitrios municipales, debe ser para el futuro, conforme lo señala el Director de la O fi cina General de Tributación, en su Informe Nº 021/OGT/MPC-2020, cuyo cronograma de presentación de solicitudes de parte de las Municipalidades Distritales hacia la Municipalidad Provincial debe efectuarse conforme al cronograma propuesto; cuyo procedimiento y evaluación conforme a la propuesta resulta atendible y siendo competencia municipal regular su procedimiento, para evitar dilaciones en su rati fi cación. Asimismo, conforme a la propuesta, el procedimiento sólo es con referencia al procediendo de rati fi cación de ordenanzas distritales que aprueben, modi fi quen tasas o arbitrios”; por último, concluye opinando: “Por la procedencia de la aprobación de la Ordenanza Municipal, con la denominación siguiente ‘Procedimiento de rati fi cación de Ordenanzas Distritales que dispongan la creación, modi fi cación o que regulen tasas por servicios públicos o arbitrios’”; Que, fi nalmente los artículos 39 y 41 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establecen que, los Concejos Municipales ejercen sus funciones de gobierno mediante la aprobación de ordenanzas y acuerdos municipales; y que los acuerdos son decisiones que toma el Concejo, referidas a asuntos especí fi cos de interés público, vecinal o institucional que expresan la voluntad del órgano de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional; Que, con Dictamen Nº 035-2020-CAPPFI/CALCI/ MPC, las Comisiones de Administración, Planeamiento, Presupuesto y Fortalecimiento Institucional; y de Asuntos Legales y Control Interno, recomienda al Concejo Municipal, pronunciarse a favor de la aprobación de la propuesta de Ordenanza Municipal que establece el Procedimiento de Rati fi cación de Ordenanzas Municipales Distritales, que dispongan la Creación, Modi fi cación o Regulación de Tasas y/o Contribuciones, contando con informes técnico y legal favorables; POR TANTO, estando a lo establecido por el artículo 41 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, el CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CUSCO, por UNANIMIDAD y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta; APROBÓ: ORDENANZA MUNICIPAL QUE ESTABLECE EL PROCEDIMIENTO DE RATIFICACIÓN DE ORDENANZAS MUNICIPALES DISTRITALES, QUE DISPONGAN LA CREACIÓN, MODIFICACIÓN O REGULACIÓN DE TASAS Y/O CONTRIBUCIONES Artículo Primero.- APROBAR, la Ordenanza Municipal que establece el Procedimiento de Rati fi cación de Ordenanzas Municipales Distritales, que dispongan la Creación, Modi fi cación o Regulación de Tasas y/o Contribuciones, que como anexo forma parte integrante de la presente. Artículo Segundo.- AUTORIZAR, al señor Alcalde de la Municipalidad Provincial del Cusco, dicte mediante Decreto de Alcaldía las disposiciones reglamentarias y/o complementarias que se requieran para la aplicación de la presente Ordenanza. Artículo Tercero.- ENCARGAR, a la Gerencia Municipal, a la O fi cina General de Tributación, y demás instancias administrativas que corresponda, a efecto de que tomen las medidas que estimen necesarias para el cumplimiento de la presente Ordenanza Municipal. Artículo Cuarto.- DISPONER, la publicación de la presente Ordenanza Municipal de acuerdo a lo prescrito en el artículo 44 de la Ley Orgánica de Municipalidades; asimismo, el Anexo además se publicará en el portal institucional de la Municipalidad Provincial del Cusco (www.cusco.gob.pe) en la misma fecha de la publicación ofi cial, bajo responsabilidad. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.RICARDO VALDERRAMA FERNÁNDEZ Alcalde 1878419-1