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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE AGOSTO DEL AÑO 2020 (21/08/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 116

TEXTO PAGINA: 108

108 NORMAS LEGALES Viernes 21 de agosto de 2020 / El Peruano GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE INDEPENDENCIA Ordenanza de regularización de licencias de edificación, licencia de demolición, conformidad de obra y declaratoria de edificación en el distrito ORDENANZA Nº 000416-2020-MDI Independencia, 30 de julio del 2020VISTO:En Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha, el proyecto de Ordenanza que establece la Regularización de Licencias de Edi fi cación, Licencia de Demolición, Conformidad de obra y Declaratoria de Edi fi cación en el Distrito de Independencia, el Informe N 000157-2020-SGDU-GDT-MDI de la Subgerencia de Desarrollo Urbano, el Memorando Nº 00156-2020-SGCF-GSCCF-MDI de la Subgerencia de Control y Fiscalización, el Informe Legal Nº 000190-2020-GAJ-MDI de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, el artículo 194 de la Constitución Política del Perú, modi fi cado por la Ley Nº 30305 - Ley de Reforma Constitucional, concordante con el artículo Il. Del Título Preliminar de la Ley Nº27972 — Ley Orgánica de Municipalidades, establece que “ Las Municipalidades Provinciales y Distritales son Órganos de Gobierno Local. Tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. (...)”: Que, el artículo 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que “Las Ordenanzas de las Municipalidades, en materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tienen competencia normativa. Mediante Ordenanzas se crean, modi fi can, suprimen o exoneran, los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones, dentro de los límites establecidos por la ley (...)”; Que, de acuerdo con lo señalado en el ítem 3.6.2, literal 3,6, del numeral 3) del artículo 79º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, son funciones especí fi cas y exclusivas de las Municipalidades Distritales, la «de normar, regular y otorgar autorizaciones, derechos, licencias y realizar la fi scalización de las construcciones, ampliación, remodelación o demolición de inmuebles y declaratorias de fábrica; Que, la Ley Nº 29090 - Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y de Edi fi caciones y sus modi fi catorias, tiene por objeto establecer la regulación jurídica de los procedimientos administrativos para la obtención de las licencias de habilitación urbana y de edi fi cación; seguimiento, supervisión y fi scalización en la ejecución de los respectivos proyectos, en un marco que garantice la seguridad privada y pública estableciendo el rol y responsabilidades de los diversos actores vinculados en los procedimientos administrativos establecido en la Ley acotada; Que, el artículo 30º de la Ley Nº 29090 - Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y de Edi fi caciones modi fi cado por Decreto Legislativo Nº 029-2019- VIVIENDA, establece que las edi fi caciones ejecutadas desde el 01 de enero de 2017 hasta el 17 de septiembre de 2018 , y agrega que los procedimientos y requisitos son establecidos en el Reglamento de Licencias de Habilitación Urbana y Licencias de Edi fi cación y pueden ser desarrollados siempre que cumplan con la normatividad vigente a la fecha de su construcción o, en caso que sea más favorable, con la normativa vigente;Que, mediante Ley Nº 29566, Ley que modi fi có diversas disposiciones legales, con el objeto de mejorar el clima de inversión y facilitar el cumplimiento de las obligaciones tributarias, estableciendo en su artículo 5º que: “En la tramitación de cualquiera de las modalidades de licencias de edi fi cación, contempladas en el artículo 25º de la Ley Nº 29090, Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y de Edi fi caciones, y de funcionamiento, no será exigible la presentación de los siguientes documentos: a) Copia literal de dominio (...); b) Certi fi cado de parámetros urbanísticos y edifi catorios; c) Boletas de habilitación de los profesionales que intervienen en el trámite; y, d) Documentos que por su naturaleza municipal se encuentren en los archivos del gobierno local”; Que, ante la realidad social y cultural imperante en el distrito de Independencia es necesario aprobar la presente Ordenanza Municipal que establece una campaña de Regularización de Edi fi caciones ejecutadas sin licencia, según los procedimientos establecidos por la Ley Nº 29090 y modi fi catorias, así como por el Reglamento de Licencias de Habilitación Urbana y Licencias de Edifi cación aprobado mediante Decreto Supremo Nº 029-2019-VIVIENDA. El concejo Municipal de Independencia, con el voto por mayoría aprueba la Ordenanza: ORDENANZA DE REGULARIZACIÓN DE LICENCIA DE EDIFICACION, LICENCIA DE DEMOLICIÓN, CONFORMIDAD DE OBRA Y DECLARATORIA DE EDIFICACIÓN EN EL DISTRITO DE INDEPENDENCIA Artículo Primero.- APROBAR la Ordenanza de Regularización de Licencias de Edi fi cación, Licencia de Demolición, Conformidad de obra, Declaratoria de edifi cación, Conformidad de Obra, Declaratoria de Edi fi cación en el Distrito de Independencia, el mismo que consta de diez (10) artículos, seis (06) disposiciones fi nales y cuatro (04) anexos; cuyo texto íntegro será publicado en el portal electrónico institucional de la Municipalidad de Independencia. Artículo Segundo.- FACÚLTESE al señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las normas reglamentarias o complementarias que fueran necesarias para cumplir con los fi nes de la presente Ordenanza y, de considerarlo necesario, en su oportunidad ampliar los plazos establecidos en la misma. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Subgerencia de Desarrollo Urbano, a la Gerencia de Tecnologías de la Información y Comunicaciones, Gerencia de Administración y Finanzas, Subgerencia de Participación Vecinal y la Subgerencia de Imagen Institucional el cumplimiento de la presente Ordenanza. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia de Secretaria General la publicación de la presente Ordenanza en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y cúmplase.YURI JOSE PANDO FERNANDEZ Alcalde ORDENANZA DE REGULARIZACIÓN DE LICENCIA DE EDIFICACION, LICENCIA DE DEMOLICIÓN, CONFORMIDAD DE OBRA, DECLARATORIA DE EDIFICACIÓN, EN EL DISTRITO DE INDEPENDENCIA Artículo 1.- OBJETO Establecer un procedimiento especial y simpli fi cado, dentro de un período extraordinario, para aquellas edifi caciones ejecutadas sin licencia antes del 17 de septiembre del 2018, conforme al Art. 30º del DL 1426, y que puedan ser regularizadas cumpliendo con los requisitos mencionados en la presente ordenanza, incentivando con ello la formalidad en las edi fi caciones con el fi n de mejorar la calidad de vida de los habitantes del distrito de Independencia.