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11 NORMAS LEGALES Jueves 3 de diciembre de 2020 El Peruano / las facultades contenidas en el Manual de Operaciones del Fondo de Cooperación para el Desarrollo Social – Foncodes, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 228-2017-MIDIS. SE RESUELVE: Artículo 1.- Aceptar, al 2 de diciembre de 2020, la renuncia formulada por el señor Segundo Félix Villegas Reaño al cargo público de con fi anza de Jefe de la Unidad de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del Fondo de Cooperación para el Desarrollo Social – Foncodes, dispuesta mediante Resolución de Dirección Ejecutiva N° 102-2020-FONCODES/DE, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Aceptar, al 2 de diciembre de 2020, la renuncia formulada por el señor Carlos Alberto Vergara Manrique De Lara al cargo público de con fi anza de Coordinador Técnico de la Dirección Ejecutiva del Fondo de Cooperación para el Desarrollo Social – Foncodes, dispuesta mediante Resolución de Dirección Ejecutiva N° 102-2020-FONCODES/DE, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 3.- Aceptar, al 2 de diciembre de 2020, la renuncia formulada a la señora Rocío Marisol Rengifo Nakama al cargo público de con fi anza de Coordinadora de la Unidad de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del Fondo de Cooperación para el Desarrollo Social – Foncodes, dispuesta mediante Resolución de Dirección Ejecutiva N° 102-2020-FONCODES/DE, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 4.- Designar, a partir del 3 de diciembre de 2020, a la señora ROCÍO MARISOL RENGIFO NAKAMA en el cargo público de con fi anza de Jefa de la Unidad de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del Fondo de Cooperación para el Desarrollo Social – Foncodes, bajo el régimen especial de Contratación Administrativa de Servicios, regulado por el Decreto Legislativo N° 1057. Artículo 5.- Designar, a partir del 3 de diciembre de 2020, al señor WALTER LÁZARO BEGAZO PUENTE en el cargo público de con fi anza de Coordinador Técnico del Fondo de Cooperación para el Desarrollo Social – Foncodes, bajo el régimen especial de Contratación Administrativa de Servicios, regulado por el Decreto Legislativo N° 1057. Artículo 6.- Designar, a partir del 3 de diciembre de 2020, a la señora MARGARITA CLARIBEL MATEU BULLÓN en el cargo público de con fi anza de Coordinadora de la Unidad de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del Fondo de Cooperación para el Desarrollo Social – Foncodes, bajo el régimen especial de Contratación Administrativa de Servicios, regulado por el Decreto Legislativo N° 1057. Artículo 7.- Encargar el cumplimiento de la presente Resolución a la Unidad de Recursos Humanos. Artículo 8.- Encargar a la Unidad de Administración, la publicación de la presente Resolución en el Portal Institucional del Fondo de Cooperación para el Desarrollo Social - Foncodes, en la fecha de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese.HUGO P. VILA HIDALGO Director EjecutivoFondo de Cooperación para el Desarrollo Social 1908657-1 ECONOMIA Y FINANZAS Autorizan transferencia de partidas en el presupuesto del sector público para el año fiscal 2020 a favor del Ministerio de Transportes y Comunicaciones DECRETO SUPREMO Nº 376-2020-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICACONSIDERANDO: Que, el numeral 4.1 del artículo 4 del Decreto de Urgencia N° 066-2020, Decreto de Urgencia que dicta medidas extraordinarias para incrementar la producción y el acceso a sistemas de oxígeno medicinal para el tratamiento del Coronavirus y reforzar la respuesta sanitaria, en el marco del Estado de Emergencia Nacional por el COVID-19, autoriza, excepcionalmente y durante el Año Fiscal 2020, al Proyecto Especial Legado Juegos Panamericanos y Parapanamericanos para que se efectúe, a favor del Ministerio de Salud, Seguro Social de Salud (EsSalud), las Sanidades de las Fuerzas Armadas, Policía Nacional y los Gobiernos Regionales, las contrataciones para, entre otros, la instalación de redes de gases medicinales, oxígeno y otras contrataciones vinculadas a garantizar la provisión de oxígeno medicinal, y demás bienes y servicios vinculados con su implementación en los establecimientos de salud e instalaciones de ampliación de la oferta hospitalaria que determine el Ministerio de Salud; Que, el artículo 6 del citado Decreto de Urgencia, autoriza, de manera excepcional, al Ministerio de Economía y Finanzas, para realizar modi fi caciones presupuestarias en el nivel institucional con cargo a los recursos a los que se re fi ere el artículo 53 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, a favor del Ministerio de Transportes y Comunicaciones – Unidad Ejecutora Proyecto Especial para la preparación y desarrollo de los XVIII Juegos Panamericanos 2019, para fi nanciar de forma complementaria a lo dispuesto en el artículo 4 de la citada norma; las que se aprueban utilizando sólo el mecanismo establecido en el artículo 54 del Decreto Legislativo N° 1440, debiendo contar además con el refrendo del Ministro de Transportes y Comunicaciones, y a solicitud de este último; Que, mediante los O fi cios N°s 969, 1520 y 1811- 2020-MTC/04 y 127-2020-MTC/01 el Ministerio de Transportes y Comunicaciones solicita una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, con cargo a los recursos de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, hasta por la suma de S/ 250 278,00, (DOSCIENTOS CINCUENTA MIL DOSCIENTOS SETENTA Y OCHO Y 00/100 SOLES), para completar el fi nanciamiento de las contrataciones para la instalación de redes de gases medicinales y demás bienes y servicios vinculados con su implementación en el Hospital Nacional Hipólito Unanue de la ciudad de Lima; adjuntando, para dicho efecto, los Informe N°s 297, 399 y 549-2020-MTC/09.03 de la O fi cina de Presupuesto de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto del citado Ministerio, con los sustentos correspondientes; Que, los artículos 53 y 54 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, establecen que las Leyes de Presupuesto del Sector Público consideran una Reserva de Contingencia que constituye un crédito presupuestario global dentro del presupuesto del Ministerio de Economía y Finanzas, destinada a fi nanciar los gastos que por su naturaleza y coyuntura no pueden ser previstos en los Presupuestos de los pliegos, disponiendo que las transferencias o habilitaciones que se efectúen con cargo a la Reserva de Contingencia se autorizan mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas; Que, conforme a lo dispuesto por el numeral 2.1 del artículo 2 del Decreto de Urgencia N° 051-2020, Decreto de Urgencia que dicta medidas extraordinarias para fi nanciar los mayores gastos derivados de la Emergencia Sanitaria del COVID-19 durante el Año Fiscal 2020, las demandas de gasto destinadas a la prevención y contención del COVID-19, pueden ser fi nanciadas de manera extraordinaria y temporal durante el Año Fiscal 2020 con recursos de la fuente de fi nanciamiento Recursos por Operaciones O fi ciales de Crédito, provenientes de la emisión de bonos que se autoriza en el numeral 3.1 del artículo 3 del citado Decreto de Urgencia y con los recursos provenientes de las líneas de crédito contingentes aprobadas por los Decretos Supremos N°s 398-2015-EF, 031 y 032-2016-EF, siempre que se traten de gastos de capital y gastos corrientes no permanentes, destinados a la prevención y contención del COVID-19 y