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26 NORMAS LEGALES Jueves 3 de diciembre de 2020 / El Peruano facultad de indultar o conceder amnistía o redimir la pena a la persona condenada; En uso de la facultad conferida en el numeral 8) del artículo 118 de la Constitución Política del Perú; y, Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE:Artículo 1.- Acceder a la solicitud de traslado pasivo del ciudadano de nacionalidad colombiana HERNÁN DE JESÚS AHUMADA PACHECO, quien se encuentra cumpliendo sentencia en el Establecimiento Penitenciario Miguel Castro Castro, para que cumpla el resto de la condena impuesta por las autoridades judiciales del Perú en un centro penitenciario de la República de Colombia. Artículo 2.- Disponer que las Autoridades Centrales de ambos países veri fi quen, en lo que a cada una corresponda, que el traslado se realice con todas las garantías necesarias para prevenir el riesgo de contagio del COVID-19 en él y sus custodios como acto previo a la ejecución de dicho traslado. Artículo 3.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Ministro de Justicia y Derechos Humanos y por la Ministra de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese.FRANCISCO RAFAEL SAGASTI HOCHHAUSLER Presidente de la República EDUARDO VEGA LUNA Ministro de Justicia y Derechos Humanos ELIZABETH ASTETE RODRÍGUEZ Ministra de Relaciones Exteriores 1908696-17 MUJER Y POBLACIONES VULNERABLES Autorizan transferencia financiera del CONADIS a favor del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, con la finalidad de ser destinada a favor de los deudos del personal de la salud fallecidos como consecuencia de sus actividades profesionales en la contención a la propagación y atención del COVID-19 RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA N° 104-2020-CONADIS/PRE Lima, 30 de noviembre de 2020VISTO:El Informe N° D000101-2020-CONADIS-URH, de la Unidad de Recursos Humanos; el Informe N° D000094-2020-CONADIS-OPP, de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, y el Informe N° 000168-2020-CONADIS/OAJ, de la O fi cina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, mediante Decreto de Urgencia N° 014-2019, se aprobó el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020; Que, mediante Resolución de Presidencia N° 089-2019-CONADIS/PRE, de fecha 24 de diciembre de 2019, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondiente al Año Fiscal 2020 del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (CONADIS), hasta por la suma de S/ 17 556 787,00 (DIECISIETE MILLONES QUINIENTOS CINCUENTA Y SEIS MIL SETECIENTOS OCHENTA Y SIETE Y 00/100 SOLES);Que, con Decreto de Urgencia N° 063-2020, Decreto de Urgencia que dispone el apoyo solidario de los funcionarios y servidores públicos del Poder Ejecutivo para la entrega económica a favor de los deudos del personal de la salud, fallecidos a consecuencia del COVID-19, tiene por objeto reducir de manera temporal, por un periodo de tres (03) meses, la remuneración del Presidente de la República y los ingresos mensuales, provenientes de su cargo, de los funcionarios y servidores públicos del Estado del Poder Ejecutivo, destinando los ahorros derivados de dicha reducción a contribuir con el fi nanciamiento de medidas que permitan mitigar el impacto de la propagación del Coronavirus (COVID-19); Que, conforme a lo dispuesto en el numeral 6.1 del artículo 6 del Decreto de Urgencia N° 063-2020, se autoriza al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (MINJUS) a efectuar la referida entrega económica; y, por el numeral 6.4 de la citada norma, se autoriza, entre otras, a las entidades del Poder Ejecutivo, a realizar transferencias fi nancieras a favor del MINJUS, con cargo a los recursos de su presupuesto institucional, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público, por el monto total de la reducción de la remuneración e ingresos económicos de los funcionarios públicos a los que se re fi ere el artículo 2 del citado Decreto de Urgencia; señalando que dichas transferencias fi nancieras se aprueban mediante resolución del Titular del Pliego, previa opinión de la O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en el Pliego, y se publica en el diario o fi cial El Peruano; Que, la Cuarta Disposición Complementaria Final del Decreto de Urgencia N° 070-2020, Decreto de Urgencia para la reactivación económica y atención de la población a través de la inversión pública y gasto corriente, ante la emergencia sanitaria producida por el COVID-19, dispone que a efectos de realizar las transferencias fi nancieras a las que hacen referencia el numeral 6.4 del artículo 6 del Decreto de Urgencia N° 063-2020, las entidades del Poder Ejecutivo, así como a las entidades bajo los alcances de la Tercera Disposición Complementaria Final de dicho Decreto de Urgencia, quedan exoneradas de las restricciones previstas en los numerales 9.1 y 9.4 del artículo 9 del Decreto de Urgencia N° 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, indicando además que las modi fi caciones presupuestales en el nivel funcional programático que se realicen en el marco de la disposición habilitan únicamente la partida de gasto 2.4.1.3.1.1 a otras unidades del Gobierno Nacional, en la Actividad 5006269: Prevención, Control, Diagnóstico y Tratamiento de Coronavirus; Que, la Directiva Nº 011-2019-EF/50.01 “Directiva para la Ejecución Presupuestaria” aprobada mediante Resolución Directoral Nº 036-2019-EF/50.01, regula el procedimiento para las transferencias fi nancieras, estableciendo en los literales a) y b) del numeral 20.1 del artículo 20 de la citada directiva, pautas para el Pliego autorizado para ejecutar recursos mediante transferencias fi nancieras en el marco de las disposiciones legales vigentes; Que, mediante Informe N° D000101-2020-CONADIS- URH, la Unidad de Recursos Humanos sustenta y solicita a la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto la modi fi cación presupuestal para la transferencia de fondo al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, según Decreto de Urgencia N° 063-2020, por el monto de S/ 1 560,00 (Un Mil Quinientos Sesenta con 00/100 soles), a fi n de fi nanciar la entrega económica a favor de los deudos del personal de la salud, fallecidos a consecuencia del Covid-19; Que, la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto emite opinión favorable mediante Informe N° D000094-2020-CONADIS-OPP, para la transferencia fi nanciera al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos con cargo a la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios de la Unidad Ejecutora 001 CONADIS, Programa 9002: Asignaciones Presupuestarias que no Resultan en Productos, Producto 3999999: Sin Producto, Actividad: 5006269 Prevención, Control, Diagnóstico y Tratamiento de Coronavirus, especí fi ca de gasto: 2.4.1.3.1.1 A otras unidades del Gobierno Nacional;