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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2020 (03/12/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 15

15 NORMAS LEGALES Jueves 3 de diciembre de 2020 El Peruano / Que, en el presente Año Fiscal se registra una caída en los niveles de ejecución del gasto público de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, lo cual se evidencia en la ejecución del devengado asociado a proyectos de inversión del 29.4% y 39.1%, durante el periodo enero-octubre, respectivamente; nivel de avance que resulta ser inferior al 39.8% y 43.3% experimentado el Año Fiscal 2019 durante el mismo periodo y por la ejecución de las mismas acciones; razón por la cual, es necesario establecer metas al 31 de diciembre de 2020, en el marco del incentivo denominado Reconocimiento a la Ejecución de Inversiones (REI), con el objetivo de coadyuvar a la mejora de la ejecución de los proyectos de inversión fi nanciados con cargo a los recursos asignados a los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020; Que, el artículo 2 de la Resolución Directoral Nº 033- 2019-EF/50.01, que aprueba la Directiva N° 009-2019-EF/50.01 “Directiva que establece los Procedimientos para el cumplimiento de metas y la asignación de los recursos del Reconocimiento a la Ejecución de Inversiones”, establece que el Reconocimiento a la Ejecución de Inversiones (REI) está a cargo de la Dirección General de Presupuesto Público, cuya implementación se realiza en coordinación con la Dirección General de Programación Multianual de Inversiones; Que, en concordancia a lo expuesto en los considerandos precedentes, es necesario aprobar la Directiva que establece los Procedimientos para el cumplimiento de metas y la asignación de los recursos del Reconocimiento a la Ejecución de Inversiones, en el Año Fiscal 2021, así como las metas que deben cumplir los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales hasta el 31 de diciembre de 2020, en el marco del citado incentivo presupuestario; En uso de las facultades conferidas en los artículos 5 y 67 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar la Directiva N° 0004-2020- EF/50.01 “Directiva que establece los Procedimientos para el cumplimiento de metas y la asignación de los recursos del Reconocimiento a la Ejecución de Inversiones”, aplicable a los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales que cumplan metas en materia de inversión, la cual forma parte de la presente Resolución Directoral. Artículo 2.- Aprobar las Metas del Reconocimiento a la Ejecución de Inversiones del año 2020, comprendidas en el Anexo 1; así como la Metodología para la distribución de los recursos por el cumplimiento de las metas del Reconocimiento a la Ejecución de Inversiones, comprendida en el Anexo 2; las cuales forman parte de la presente Resolución Directoral. La rectoría del referido incentivo presupuestario está a cargo de la Dirección General de Presupuesto Público, y su implementación se realiza en coordinación con la Dirección General de Programación Multianual de Inversiones. Artículo 3.- Las metas del Reconocimiento a la Ejecución de Inversiones correspondientes al año 2021, cuyo plazo máximo de cumplimiento es hasta el 31 de marzo de 2021, se aprueban hasta el 31 de enero de 2021, mediante Resolución Directoral de la Dirección General de Presupuesto Público. Artículo 4.- Las transferencias de recursos a favor de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales por el cumplimiento de las metas señaladas en los artículos 2 y 3 de la presente Resolución Directoral, se realizan hasta el 31 de mayo de 2021, con cargo a los recursos y fuente de fi nanciamiento que sean asignados al REI en la Ley de Presupuesto del Sector Público para al Año Fiscal 2021. Artículo 5.- Disponer la publicación de la presente Resolución Directoral en el Diario O fi cial El Peruano. La presente Resolución Directoral, la Directiva aprobada por el artículo 1 y los Anexos Nº 1 y Nº 2 a los que se refi ere el artículo 2 de esta norma, se publican en el portal institucional del Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob.pe/mef) en la misma fecha de la publicación de la presente Resolución Directoral.Artículo 6.- La presente Resolución Directoral entra en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.ZOILA CRISTINA LLEMPEN LÓPEZ Directora GeneralDirección General de Presupuesto Público 1908644-1 ENERGIA Y MINAS Autorizan segunda transferencia financiera de recursos a favor del Gobierno Regional de Ancash RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 350-2020-MINEM/DM Lima, 1 de diciembre de 2020VISTOS: El Informe N° 226-2020-MINEM/OGPP- ODICR de la O fi cina de Desarrollo Institucional y Coordinación Regional de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe N° 808-2020-MINEM/OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, el acápite i, literal p), numeral 17.1 del artículo 17 del Decreto de Urgencia N° 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, autoriza de manera excepcional la transferencia fi nanciera que realice el Ministerio de Energía y Minas (en adelante, MINEM) a favor de los Gobiernos Regionales, cuyos recursos son destinados a fi nanciar exclusivamente, a las direcciones o gerencias regionales de Energía y Minas de dichos Gobiernos Regionales para el fortalecimiento de la capacidad de gestión regional en el ejercicio de las funciones en materia minero energética, en el marco del proceso de descentralización, hasta por el monto de S/ 5 000 000,00 (Cinco Millones y 00/100 Soles); Que, asimismo, la citada disposición normativa señala que los recursos a transferir se financian con cargo al presupuesto institucional del MINEM, por la fuente de financiamiento Recursos Directamente Recaudados, y/o el saldo de balance correspondiente a los recursos de la Unidad Ejecutora 001 Ministerio de Energía y Minas–Central para el caso de los acápites i y ii; así también, dispone que las transferencias financieras autorizadas se aprueban previa suscripción de convenio entre el MINEM y las entidades involucradas; Que, el numeral 17.2 del artículo 17 del Decreto de Urgencia N° 014-2019, señala que las transferencias fi nancieras autorizadas en el numeral 17.1 se realizan, en el caso de las entidades del Gobierno Nacional, mediante resolución del titular del pliego, requiriéndose el informe previo favorable de la O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en la entidad, para su posterior publicación en el diario o fi cial El Peruano; Que, en atención a lo dispuesto en el Decreto de Urgencia N° 014-2019, el MINEM y el Gobierno Regional de Ancash suscribieron el 25 de mayo de 2020, el Convenio de Cooperación y Gestión con el objeto de fortalecer la capacidad de gestión y apoyar económica y técnicamente a la dirección y/o gerencia regional de Energía y Minas, a fi n de que cuente con las competencias y los recursos humanos necesarios que le permitan ejercer las funciones que han sido y serán materia de transferencia; Que, mediante el mencionado Convenio de Cooperación y Gestión, el MINEM se compromete a transferir recursos presupuestales al Gobierno Regional