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24 NORMAS LEGALES Jueves 10 de diciembre de 2020 / El Peruano presupuesto aprobado en el presente Año Fiscal 2020 de la Sección Primera: Gobierno Central, del Pliego 207: Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento, Unidad Ejecutora 001: Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento - OTASS, Programa Presupuestal 0082: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, Producto 3000857: Prestadores Reciben Asistencia Técnica y Financiera para la Prestación del Servicio, Actividad 5006196 Asistencia Técnica y Financiera a los Prestadores, Meta Presupuestal 0042: Asistencia Técnica y Financiera para el Fortalecimiento de Capacidades de las EPS, Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios, Gastos de Capital 2.4.2: Donaciones y Transferencias de Capital, 2.4.2.3.1.4 “A Otras Entidades Públicas”. Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la transferencia fi nanciera autorizada por el artículo 1 de la presente Resolución deberán ser destinados exclusivamente, bajo responsabilidad, a los fi nes para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Seguimiento La Dirección de Operaciones o el órgano que haga sus veces, supervisa la correcta ejecución de los recursos transferidos y veri fi ca el cumplimiento de los fi nes y metas para los cuales fueron entregados. Artículo 5.- Modi fi cación de Anexo de Resolución Modifíquese el Anexo de la Resolución Directoral Nº 072-2018-OTASS/DE, correspondiente a la estructura de fi nanciamiento de acciones de fortalecimiento de capacidades, el mismo que queda redactado conforme al Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 6.- Precisión Precisar que la modi fi cación del presupuesto de la Ficha Técnica F-001-GO, se efectúa con e fi cacia a partir de la publicación de la presente Resolución. Artículo 7.- Noti fi cación Remitir copia de la presente Resolución a la Dirección de Gestión y Financiamiento, a la Dirección de Operaciones, Dirección de Monitoreo y Evaluación, a la Ofi cina de Administración y a la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, para los fi nes correspondientes en el marco de sus competencias. Artículo 8.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución y su Anexo en el Diario O fi cial El Peruano y en el Portal Institucional del Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento (www.gob.pe/otass). Regístrese, comuníquese y publíquese.OSCAR ANDRÉS PASTOR PAREDES Director Ejecutivo ANEXO ESTRUCTURA DE FINANCIAMIENTO DE ACCIONES DE FORTALECIMIENTO DE CAPACIDADES PROCESOACCIONES DE FORTALECIMIENTO Código Nombre de la Acción Monto (S/) Gestión operativaF-001-GORehabilitación de la actual PTAP-EPS EMAQ S.R.LTDA.3 015,041.07 Gestión administrativaF-001-GAAdquisición de equipos de cómputo para mejorar la gestión empresarial en el ámbito de la EPS EMAQ S.R.LTDA.44 609.00 MONTO TOTAL A TRANSFERIR 3 059 650.07 1910409-1SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE LOS REGISTROS PUBLICOS Aprueban la Directiva DI-004-2020-SCT- DTR, que regula la emisión de informes técnicos en procedimientos de inscripción, servicios de publicidad y procedimientos administrativo registrales RESOLUCIÓN DEL SUPERINTENDENTE NACIONAL DE LOS REGISTROS PÚBLICOS N° 178-2020-SUNARP/SN Lima, 7 de diciembre de 2020VISTO:El Informe Técnico N°039 -2020-SUNARP-SCT/DTR del 01 de diciembre de 2020, de la Dirección Técnica Registral; el Memorándum N° 1076-2020-SUNARP/OGPP del 26 de noviembre de 2020, de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto; y el Memorándum N° 593-2020-SUNARP/OGAJ del 26 de noviembre de 2020, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos - SUNARP es un Organismo Técnico Especializado del Sector Justicia y Derechos Humanos que tiene por objeto dictar las políticas técnico administrativas de los Registros Públicos, estando encargada de plani fi car, organizar, normar, dirigir, coordinar y supervisar la inscripción y publicidad de los actos y contratos en los Registros Públicos que integran el Sistema Nacional, en el marco de un proceso de simpli fi cación, integración y modernización de los Registros; Que, el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, establece que la autoridad administrativa debe brindar información veraz, completa y con fi able sobre cada procedimiento a su cargo, de modo tal que, en todo momento, el administrado pueda tener una comprensión cierta sobre los requisitos, trámites, duración estimada y resultados posibles que se podrían obtener; Que, el artículo 1 de la Ley N° 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, declaró al Estado Peruano en proceso de modernización en sus diferentes instancias, dependencias, entidades, organizaciones y procedimientos, con la fi nalidad de mejorar la gestión pública y construir un Estado democrático, descentralizado y al servicio del ciudadano; Que, el Decreto Supremo N° 054-2018-PCM establece que las entidades se organizan para responder mejor a las necesidades de la ciudadanía asegurando una prestación ágil, oportuna, efectiva y de calidad, para lograr resultados que impacten positivamente en el bienestar de la ciudadanía y en el desarrollo del país; Que, mediante Resolución Nº 120-2014-SUNARP/ SN, se aprobó la Directiva N° 002-2014-SUNARP/SN, que regula la emisión de los informes técnicos de las solicitudes de búsquedas catastrales, como una respuesta a la necesidad de información de los ciudadanos respecto a si determinada área de un predio se encuentra inmatriculado o no, o si el área en consulta se encuentra superpuesta total o parcialmente con determinada área inscrita; Que, mediante Resolución Nº 189-2014-SUNARP/ SN, se aprobó la Directiva N° 003-2014-SUNARP/SN, a través de la cual se precisaron los actos inscribibles, en el Registro de Predios y en otros registros, que requieren informe previo de la o fi cina de catastro para acceder a su inscripción; Que, mediante Resolución Nº 215-2018-SUNARP/ SN se aprobó la Directiva N° 006-2018-SUNARP/SN que regula el servicio de Base Grá fi ca Registral en archivo digital aprobado por Decreto Supremo N° 004-2013-