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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2020 (11/12/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 94

94 NORMAS LEGALES Viernes 11 de diciembre de 2020 / El Peruano Que, con Informe Nº 025-2020-GAJ-MDSA de fecha 21 de febrero del 2020 emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica, opina que mediante ordenanza se apruebe el Reglamento de Elecciones de los Representantes de la Sociedad Civil ante el CCLD 2020-2021 del Distrito de San Antonio de Huarochirí conforme a las atribuciones conferidas en la Ley Orgánica de Municipalidades; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades contenidas en el numeral 8 del artículo 9º y 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, el concejo municipal Distrital de San Antonio por unanimidad y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, aprobó lo siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DE ELECCIONES DE LOS REPRESENTANTES DE LA SOCIEDAD CIVIL ANTE EL CCLD 2020 - 2021 DEL DISTRITO DE SAN ANTONIO DE HUAROCHIRÍ Artículo Primero.- APROBAR el “Reglamento de Elecciones de los Representantes de las Organizaciones de la Sociedad Civil ante el CCLD 2020-2021, el mismo que consta de 05 títulos, 46 artículos y 04 disposiciones transitorias y fi nales y que como Anexo forma parte de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia Municipal, Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, debiendo todas las Unidades Orgánicas de la Municipalidad, prestar el apoyo y facilidades para su cabal cumplimiento. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto la publicación de la presente Ordenanza en el Diario O fi cial El Peruano y a la Sub Gerencia de Tecnologías de la Información la publicación en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de San Antonio www.munisanantoniohri.gob.pe. Artículo Cuarto.- FACÚLTESE a la Alcaldesa para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones complementarias para la adecuación y mejor aplicación de la presente ordenanza.Artículo Quinto.- DERÓGUESE todo dispositivo legal que se oponga a la presente Ordenanza. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.MARISOL ORDÓÑEZ GUTIERREZ Alcaldesa 1910394-1 Aprueban el Reglamento del Presupuesto Participativo del distrito de San Antonio de Huarochirí para el Año Fiscal 2021 (Se publica la presente Ordenanza a solicitud de la Municipalidad Distrital de San Antonio, mediante O fi cio N° 0276-2020-MDSA-A, recibido el 9 de diciembre de 2020) ORDENANZA MUNICIPAL Nº 009-2020-MDSA San Antonio, 28 de febrero del 2020POR CUANTO:EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE SAN ANTONIO DE HUAROCHIRÍ: VISTO:La Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 28 de febrero del 2020, el Informe Nº 017-2020-GPP-MDSA emitido por la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, el Memorándum Nº 077-2020-GM-MDSA emitido por la Gerencia Municipal, el Informe Nº 029-2020-GAJ-MDSA emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Memorándum Nº 07869-2020-GM-MDSA emitido por Gerencia Municipal, y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley Nº 30305 “Ley de Reforma FE DE ERRATAS Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que conforme a la Ley Nº 26889 y el Decreto Supremo Nº 025-99-PCM, para efecto de la publicación de Fe de Erratas de las Normas Legales, deberán tener en cuenta lo siguiente: 1. La solicitud de publicación de Fe de Erratas deberá presentarse dentro de los 8 (ocho) días útiles siguientes a la publicación original. En caso contrario, la recti fi cación sólo procederá mediante la expedición de otra norma de rango equivalente o superior. 2. Sólo podrá publicarse una única Fe de Erratas por cada norma legal por lo que se recomienda revisar debidamente el dispositivo legal antes de remitir su solicitud de publicación de Fe de Erratas. 3. La Fe de Erratas señalará con precisión el fragmento pertinente de la versión publicada bajo el título “Dice” y a continuación la versión recti fi cada del mismo fragmento bajo el título “Debe Decir”; en tal sentido, de existir más de un error material, cada uno deberá seguir este orden antes de consignar el siguiente error a recti fi carse. 4. El archivo se adjuntará en un cd rom o USB con su contenido en formato Word o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe GERENCIA DE PUBLICACIONES OFICIALES