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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2020 (11/12/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 90

90 NORMAS LEGALES Viernes 11 de diciembre de 2020 / El Peruano Unidades Orgánicas pertinentes, el fi el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza. Artículo 8º.- ENCARGAR a la Secretaria General la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Ofi cial “El Peruano”, y a la Subgerencia de Tecnología de la Información y Estadística la publicación del presente dispositivo en el Portal Institucional (www.munimiperu.gob.pe) y en el portal web del Estado www. peru.gob.pe Artículo 9º.- ESTABLECER la entrada en vigencia de la presente Ordenanza a partir del día siguiente de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano” hasta el 31 de diciembre del 2020. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.AGUSTIN WILLIAMS SANTAMARIA VALDERA Alcalde 1910163-1 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE Ordenanza que aprueba el procedimiento de Planeamiento Integral con fines de Anexión al Área Urbana y Asignación de Zonificación y vías primarias ORDENANZA N° 23-2020-MPC Cañete, 20 de octubre de 2020EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE POR CUANTO: En Sesión Ordinaria de Concejo, de fecha 19 de octubre de 2020, y de conformidad a lo previsto en la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972; Dictamen N° 004-2020-CODUR-MPC, de fecha 05 de octubre de 2020, y; CONSIDERANDO: Que, de conformidad a lo establecido en los Artículos 74°, 194° y 195° de la Constitución Política del Perú, en concordancia con los artículos 9° y 40° de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, los gobiernos locales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia con sujeción al ordenamiento jurídico, otorgándole potestad para administrar sus bienes y rentas, establece además que mediante Ordenanza se crean, modi fi can, suprimen o exoneran los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones dentro de los límites establecidos por Ley, correspondiéndole al Concejo Municipal la función normativa que se ejerce a través de Ordenanzas, las mismas que tienen rango de Ley. Que, mediante Decreto Supremo N° 022-2016-VIVIENDA, se aprueba el Reglamento de Acondicionamiento Territorial y Desarrollo Urbano Sostenible (RATDUS), norma que contiene los procedimientos técnicos, criterios y parámetros que los Gobiernos Locales deben considerar en la formulación, aprobación, implementación y modi fi cación de los instrumentos de plani fi cación urbana y en los instrumentos de gestión urbana contemplados en dicho Reglamento. Que, el artículo 58° del Reglamento de Acondicionamiento Territorial y Desarrollo Urbano Sostenible (RATDUS), de fi ne al Planeamiento Integral (PI) como “un instrumento técnico – normativo mediante el cual se asigna zoni fi cación y vías primarias con fi nes de integración al área urbana, a los predios rústicos no comprendidos en los Planes de Desarrollo Urbano (PDU), Esquema de Ordenamiento Urbano (EU) o localizados en centros poblados que carezcan de PDU y/o de Zoni fi cación”. Que, el numeral 61.3 del artículo 61° del RATDUS establece que “la propuesta fi nal del PI con el respectivo Informe Técnico Legal es presentada por la Gerencia Municipal competente al Concejo Municipal Provincial para su aprobación mediante Ordenanza, siguiendo el procedimiento establecido en el numeral 55.5 del artículo 55 del presente Reglamento, en concordancia con las funciones y competencias establecidas en la Ley N° 27972. Ley Orgánica de Municipalidades”. Que, mediante Expediente N° 3219-2018, de fecha 02 de abril del 2018, el administrado Sr. Guillermo Javier Bellido Camino, con DNI N° 09338446, (en adelante el administrado) en calidad de propietario, solicitan da inicio al trámite de Planeamiento Integral (Anexión de predios al área urbana y Asignación de zoni fi cación) del terreno denominado Fundo Carrizales N° 02, inscrito en la Partida Electrónica N° 90285659, de la O fi cina Registral de Lima y Callao/O fi cina Cañete – Zona Registral N° IX Sede Lima, adjuntando para tales efectos la partida electrónica del predio Carrizales N° 02: 90285659, Copia de DNI, Memoria Descriptiva; y Planos según requisitos indicados en el TUPA vigente de la MPC. Que, mediante Informe N° 315-2018-AMJB-SGOP- GODUR-MPC, de fecha 12 de junio de 2018, remitido por la Sub Gerencia de Obras Privadas, señala en sus conclusiones que la documentación técnica exigida en el Reglamento de Acondicionamiento Territorial y Desarrollo Urbano para la Modi fi cación del Plan Urbano a través del procedimiento de Planeamiento Integral, por lo que solicita: 1. Que se autorice el inicio de difusión de la propuesta de Aprobación de Planeamiento Integral en el distrito de Chilca, en la Municipalidad Provincial de Cañete. 2. Que se comunique a la Municipalidad Distrital de Chilca, el inicio del procedimiento de Difusión de la Propuesta de Aprobación de Planeamiento Integral y se remita una copia del Expediente Administrativo de modi fi cación de Plan Urbano del Distrito de chilca a través de la aprobación de Planeamiento Integral que dirigen la expansión urbana hacia lugares y direcciones diferentes a las establecidas en el Plan Urbano del Distrito, con la fi nalidad que se inicie el procedimiento administrativo solicitado por el administrado. 3. Que se solicite a la Gerencia de Secretaría General la publicación de la propuesta de aprobación de Planeamiento Integral solicitado por el administrado en el distrito de Chilca, en los paneles de la Municipalidad Provincial de Cañete. 4. Que se solicite a la O fi cina de Relaciones Públicas de la Municipalidad Provincial de Cañete la publicación de la propuesta de aprobación del Planeamiento Integral en el distrito de Chilca, en la Página Web de la Municipalidad Provincial de Cañete. Que, a través del O fi cio N° 228 y 229 -2018-GODUR- MPC, ambos de fecha 11 de junio de 2018, la Gerencia de Obras, Desarrollo Urbano y Rural, solicita a la Municipalidad Distrital de Chilca se realice la difusión de la propuesta del procedimiento de Planeamiento Integral para el predio de propiedad del administrado, inscrito en la Partida Electrónica N° 90285659, que cuenta con un área de 10.558 Has, denominado Carrizales 2, ubicado en el Distrito de Chilca, Provincia de Cañete, Departamento de Lima, esto de conformidad con lo establecido en el Decreto Supremo N° 022-2016-VIVIENDA. Que, a fojas 72 a 130 del expediente obra el o fi cio N° 025-2018-CIRC-GODUR-MPC, de fecha 09 de octubre de 2018, en el cual se realiza la invitación a participar en la exposición técnica del contenido del Planeamiento Integral, acto que se realizó el día 15 de octubre de 2018, obrando los cargos de noti fi cación respectivos, así como se ha anexado copias de los documentos nacional de identidad de los asistentes. Que, el día 15 de octubre de 2018, se realiza la audiencia pública de presentación de propuestas de Planeamiento Integral de los Predios Denominados Carrizales 1 y Carrizales 2, de propiedad del administrado, dicha audiencia consta en el Acta levantada por la Notaria Pública de Cañete Dra. Ítala Andrea Garrafa Peña, documento que obra a fojas 133 a 135, así como también obra la Lista de asistentes a la audiencia pública el mismo que corre a fojas 131 a 132 del expediente. Que, mediante Informe N° 062-2018-CECB- SGOPyPU/GDyPU-MDCH, de fecha 10 de diciembre