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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2020 (11/12/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 87

87 NORMAS LEGALES Viernes 11 de diciembre de 2020 El Peruano / de un módulo informático para la realización del sorteo, de acuerdo con las especi fi caciones contenidas en las Bases aprobadas en el Artículo Primero del presente Decreto de Alcaldía. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el diario O fi cial El Peruano, a la Subgerencia de Sistemas y Tecnologías de la Información su publicación en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Villa María del Triunfo (www.munivmt.gob.pe) y a la Subgerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional su difusión entre los vecinos. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.ELOY CHAVEZ HERNANDEZ Alcalde ANEXO DEL DECRETO DE ALCALDÍA Nº 16- 2020-MVMT BASES PARA EL SORTEO “LA MUNICIPALIDAD DE VILLA MARÍA DEL TRIUNFO PREMIA LA PUNTUALIDAD DE PAGOS CON UN VEHÍCULO CERO KILÓMETROS” Artículo 1.- Del sorteo La Municipalidad de Villa María del Triunfo realizará el sorteo denominado “La Municipalidad de Villa María del Triunfo premia la puntualidad de pagos con un vehículo cero kilómetros”, el día 04 de enero de 2021, a las 12:00 horas, en las instalaciones del Palacio de la Juventud de la Municipalidad de Villa María del Triunfo, entre los contribuyentes que se encuentren al día con sus obligaciones tributarias por Impuesto Predial. La fi nalidad del sorteo es promover la cultura tributaria, el cumplimiento puntual y oportuno de pagos de los tributos entre los contribuyentes, con el propósito de otorgar un tratamiento distintivo a los contribuyentes puntuales. Artículo 2.- Del premio El premio del sorteo será un vehículo cero kilómetros marca Suzuki, modelo New Alto 800 ST ABS PS, valorizado en USD 7,460.19 (siete mil cuatrocientos sesenta con 19/100 dólares americanos). Artículo 3.- De los participantes Para efectos del presente sorteo, participarán todos aquellos contribuyentes hábiles registrados en la Municipalidad de Villa María del Triunfo como personas naturales y/o sociedades conyugales, propietarios o poseedores de uno o más predios en el distrito, cuyo uso sea casa habitación y/o terreno sin construir que, al 31 de diciembre de 2020 hayan cumplido con pagar la totalidad de los tributos municipales correspondiente al Impuesto Predial, inclusive del ejercicio 2020 y que no registren deudas vencidas pendientes de pago, de acuerdo con el reporte generado por la Gerencia de Administración Tributaria. No se considerarán a aquellos contribuyentes que tuvieren suscrito un convenio de fraccionamiento con la administración tributaria o que se encuentren en algún proceso de fi scalización tributaria o cobranza coactiva con la Municipalidad. Tampoco se considerará a los contribuyentes omisos o subvaluadores previamente identi fi cados por la Gerencia de Administración Tributaria. No podrán participar del sorteo los funcionarios y servidores de la Municipalidad, cualquiera sea su régimen laboral o contractual. Tampoco participarán sus parientes hasta el cuarto grado de consanguinidad y segundo de afi nidad. Artículo 4.- De la modalidad del sorteo El sorteo se realizará el día 04 de enero de 2021, a las 12:00 horas, en las instalaciones del Palacio de la Juventud de la Municipalidad de Villa María del Triunfo. Por motivos de la emergencia sanitaria declarada a nivel nacional, no se permitirá el ingreso del público. El sorteo y la posterior entrega del premio serán transmitidos a través de la página o fi cial de Facebook de la Municipalidad (www.facebook.com/VMTmunicipio/).El procedimiento del sorteo comprende las siguientes acciones: - La Gerencia de Administración Tributaria solicitará a la Subgerencia de Sistemas y Tecnologías de la Información, la información de los contribuyentes que cumplan los requisitos señalados en el artículo precedente, identi fi cándolos con número de cuenta corriente, apellidos y nombres, número de documento de identidad y domicilio. - La Subgerencia de Sistemas y Tecnologías de la Información desarrollará un módulo informático en el que cargará la información brindada, capaz de sortear y arrojar a un ganador. - Durante toda la realización del sorteo se contará con la presencia de un notario público, quien dará fe a la legalidad y la transparencia del sorteo. Del mismo modo, se cursará la invitación al Órgano de Control Institucional (OCI) de la Municipalidad para que participe, en calidad de veedor, en todas las etapas del sorteo, desde la elaboración del aplicativo informático para el sorteo hasta la realización del mismo. - El personal de la Gerencia de Administración Tributaria, con apoyo de la Subgerencia de Sistemas y Tecnologías de la Información, accederá a la base de datos electrónica para obtener el nombre del ganador. - El resultado será veri fi cado por el notario público presente en el acto, quien luego de otorgar su conformidad, dará paso al gerente de Administración Tributaria quien proclamará al ganador. - Antes del inicio del sorteo, el notario público presente elaborará un acta en la que se detallarán las incidencias del acto y se señalará el nombre del contribuyente ganador. Al término del sorteo, el acta será suscrita por el notario público, el gerente de Administración Tributaria, el técnico informático presente y el veedor del OCI, previa verifi cación de que el contribuyente ganador cumpla a cabalidad con las presentes bases. Artículo 5.- Del ganador y la entrega del premio La Gerencia de Administración Tributaria convocará al contribuyente que resulte ganador a apersonarse a sus instalaciones ediles en un día y hora que se pactará directamente con él. Para ello, se comunicará vía telefónica y, en caso no obtener respuesta, se le noti fi cará por escrito en el domicilio señalado. Las coordinaciones con el contribuyente ganador deberán iniciarse, como máximo, dentro de las veinticuatro (24) horas posteriores a la realización del sorteo. La Municipalidad entregará el premio al contribuyente ganador luego de corroborar su identidad, con la presentación del documento identidad (DNI, carné de extranjería, pasaporte u otro). Todo trámite para la entrega del premio será de carácter personalísimo. Al momento de la entrega del premio, el Gerente de Administración Tributaria y el ganador suscribirán el acta correspondiente. Este último, además, estampará su huella digital en el documento. La Gerencia de Administración Tributaria cautelará la entrega efectiva del premio y toda la documentación necesaria al ganador. En caso el contribuyente ganador no se apersonara a la Municipalidad en la fecha y hora indicados para recoger el premio, este se reservará por un plazo máximo de treinta (30) días calendario. Transcurrido este plazo sin que sea reclamado, el premio volverá a ser sorteado observando las disposiciones contenidas en las presentes bases. En caso el ganador hubiere fallecido, podrán solicitar la entrega del premio únicamente quienes acrediten ser herederos legítimos del causante, mediante la presentación de la documentación que los acredite como tales. De manera excepcional, en caso el ganador se encontrara impedido de asistir personalmente a recoger el premio, podrá presentarse un tercero debidamente acreditado como tal, mediante la presentación de la carta poder correspondiente certi fi cada por notario público. Además, deberá sustentarse documentariamente el impedimento del ganador. Artículo 6.- De la publicación del resultado La Municipalidad publicará el resultado del sorteo en su portal institucional (www.munivmt.gob.pe), así como