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92 NORMAS LEGALES Viernes 11 de diciembre de 2020 / El Peruano presentar y adjuntar a la presente Copia Literal de la partida registral Nº 90172999 expedida por Registros Públicos, la misma que consta de dos (02) paginas, con la cual se subsana la observación. Que, mediante Informe Legal Nº 211-2020-GAJ-MPC, de fecha 06 de marzo de 2020. La Gerencia de Asesoría Jurídica de la Municipalidad Provincial de Cañete, en atención al Informe 312-2020-FIAG-GODUR-MPC, OPINO, “Que, es factible elevar al Pleno del Concejo Municipal para deliberar y determinar la Aprobación de la Propuesta de Planeamiento Integral y asignación de zonifi cación, para el predio de propiedad de INDUPARK S.A.C inscrito en la Partida electrónica Nº 90172999, predio rustico denominado Granja Carrizales ubicado en la Zona Oeste del Distrito de Chilca, Provincia de Cañete, departamento de Lima, encausado mediante expediente Nº 3219-2018. Remitir previamente, los actuados a la Comisión de Obras, Desarrollo Urbano y Rural de la municipalidad, para que emita el dictamen correspondiente. que el Planeamiento Integral tiene un horizonte de largo plazo a diez (10) años, sin embargo, la vigencia del PI concluye cuando se aprueba el PI o el PDU o el EU que actualiza, de conformidad con lo previsto por el Art. 32º del Reglamento de acondicionamiento Territorial y Desarrollo Urbano Sostenible aprobado por D.S. Nº 022-2016-VIVIENDA. Que, mediante Informe Nº 042-2020-GM-MPC, de fecha 09 de marzo de 2020, la Gerencia Municipal, referente al Informe Legal Nº 211-2020-GAJ-MPC, la Aprobación de propuesta de Planteamiento Integral y Asignación de Zoni fi cación. Que, el Planeamiento Integral-PI, es un instrumento técnico normativo mediante el cual se asigna zoni fi cación y vías primarias con fi nes de integración al aérea urbana, a los predios rústicos no comprendido en los PDU, EU o localizados en centros poblados que crezcan de PDU y/o zoni fi cación, así lo señala el artículo 58º del Reglamento. Remite los antecedentes para que de acuerdo a las facultades proceda con el trámite, asimismo la gerencia recomienda previamente derivar los actuados a la Comisión de Obras, Desarrollo URBANO y Rural, para que emita el Dictamen correspondiente, y posteriormente elevar al Pleno del Concejo Municipal para deliberar y determinar a la aprobación de la propuesta d Planeamiento Integral y Zoni fi cación. Que, que mediante Dictamen Nº 004-2020-CODUR- MPC, de fecha 05 de octubre de 200, la Comisión de Obras, Desarrollo Urbano y Rural, en alusión al Expediente N° 3219-2018, de fecha 02 de abril de 2018, el administrado el Sr. Guillermo Javier Camino Bellido y la empresa INDUPARK S.A.C. a través de su Gerente General Sr. Diego Martin Farah Jaraufe solicita la Aprobación de Propuesta de Planeamiento Integral y asignación de zoni fi cación Industria Liviana I-2 y Gran Industria I-3 para el predio Sección Oeste del Predio Denominado Granja Carrizales inscrito en la Partida N° 90172999, ubicado en el Distrito de Chilca, Provincia de Cañete y departamento de Lima. Como conclusión a la evaluación y revisión del Expediente Nº 3219-2018-.GAF-MPC, con Informe Legal Favorable Nº 211-2020-GAJ-MPC y dando cumplimiento a lo establecido en el Decreto Supremo Nº 022-2016-Vivienda, por la Mayoría sugiere que resultaría Viable que el Pleno de Concejo Provincial pueda, debatir y aprobar la Propuesta de Planeamiento Integral y Asignación de Zoni fi cación, Industrial Liviano I-2 y Gran Industria I-3, ubicado en la selección Oeste del predio denominado Granja Carrizales en el Distrito de Chilca, Provincia de Cañete y Departamento Lima. Con un total de 95.000 m2, inscrito en los Registros Públicos, con Partida Registral Nº 90172999 Que, por tales consideraciones y al amparo de lo dispuesto en el numeral 8) y 9) del Artículo 9° y el Artículo 40° de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N°27972, contando con el voto MAYORITARIO; del Pleno de Concejo; se aprobó la siguiente Ordenanza; ORDENANZA QUE APRUEBA EL PROCEDIMIENTO DE PLANEAMIENTO INTEGRAL CON FINES DE ANEXIÓN AL ÁREA URBANA Y ASIGNACIÓN DE ZONIFICACIÓN Y VIAS PRIMARIAS Artículo 1°.- APROBAR la modi fi cación del Plan de Desarrollo Urbano del distrito de Chilca, a través del procedimiento de Planeamiento Integral con fi nes de Anexión al Área Urbana y Asignación de Zoni fi cación, solicitada por el Sr. Diego Martin Farah Jarufe, en su calidad de Gerente General de INDUPARK S.A.C., sobre Aprobación de la Propuesta de Planeamiento Integral del predio inscrito en la Partida Electrónica N° 90172999, de la O fi cina Registral de Lima y Callao/O fi cina Cañete – Zona Registral N° IX Sede Lima, ubicado en la margen izquierda de la carretera Chilca – Pucusana, jurisdicción del Distrito de Chilca, provincia de Cañete, Departamento de Lima; que cuenta con un área de 95,000.00 m2, cuyos parámetros normativos son los que se indican a continuación: ZONIFICACIÓN: INDUSTRIA LIVIANA I-2 NIVEL DE SERVICIOLOTE MINIMO M2FRENTE M ALTURA MCOEF. DE EDIFICACIÓNÁREA M2 USO No Molst. Ni Peligroso 1,000.00 20.00SEGÚN PROYECTO DE HAB. URBANASEGÚN PROYECTO DE HAB. URBANASEGÚN PROYECTO DE HAB. URBANAINDUSTRIA LIVIANA I-2 Que, de acuerdo a la calidad mínima de obras de Habilitación Urbana los proyectos industriales I-2 lo comprende Tipo C o superior con las siguientes características: TIPO CALZADA/ PISTAACERAS (VEREDAS)AGUA POTABLEDESAGUEENERGIA ELECTRICATELEFONO A CONCRETO CONCRETO SIMPLECONEXIÓN DOMICILIARIACONEXIÓN DOMICILIARIAPUBLICA Y DOMICILIARIA PUBLICO DOMICILIARIA B ASFALTO CONCRETO SIMPLECONEXIÓN DOMICILIARIACONEXIÓN DOMICILIARIAPUBLICA Y DOMICILIARIA PUBLICO DOMICILIARIA C ASFALTO ASFALTO C/ SARDINEL CONEXIÓN DOMICILIARIACONEXIÓN DOMICILIARIAPUBLICA Y DOMICILIARIA PUBLICO ZONIFICACIÓN: GRAN INDUSTRIA I-3 NIVEL DE SERVICIOLOTE MINIMO M2FRENTE M ALTURA MCOEF. DE EDIFICACIÓNÁREA M2 USO Actividad Industrial 2,500.00 30.00SEGÚN PROYECTO DE HAB. URBANASEGÚN PROYECTO DE HAB. URBANASEGÚN PROYECTO DE HAB. URBANAGRAN INDUSTRIA I-3