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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2020 (12/12/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 6

6 NORMAS LEGALES Sábado 12 de diciembre de 2020 / El Peruano Decreto de Urgencia no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4. Vigencia El presente Decreto de Urgencia tiene vigencia hasta el 31 de diciembre de 2020. Artículo 5. Refrendo El presente Decreto de Urgencia es refrendado por la Presidenta del Consejo de Ministros, el Ministro de Economía y Finanzas y el Ministro de Energía y Minas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los once días del mes de diciembre del año dos mil veinte. FRANCISCO RAFAEL SAGASTI HOCHHAUSLER Presidente de la República VIOLETA BERMÚDEZ VALDIVIA Presidenta del Consejo de Ministros WALDO MENDOZA BELLIDO Ministro de Economía y Finanzas JAIME GÁLVEZ DELGADO Ministro de Energía y Minas 1911378-2 PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS Formalizan acuerdos de la Septuagésima Sexta Sesión de Directorio de la ARCC referido a la modificación del Plan Integral para la Reconstrucción con Cambios RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA RDE Nº 00161-2020-ARCC/DE Lima, 11 de diciembre de 2020VISTA: El Acta de la Septuagésima Sexta Sesión de Directorio de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios; CONSIDERANDO: Que, el artículo 1 de la Ley Nº 30556, Ley que aprueba disposiciones de carácter extraordinario para las intervenciones del Gobierno Nacional frente a desastres y que dispone la creación de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios, declara como prioritaria, de interés nacional y de necesidad pública la implementación de un Plan Integral para la Reconstrucción con Cambios, con enfoque de gestión de riesgo de desastres, para la reconstrucción y construcción de la infraestructura pública y viviendas afectadas por desastres naturales con un nivel de emergencia 4 y 5, así como para la implementación de soluciones integrales de prevención; Que, el numeral 3.1 del artículo 3 de la Ley N° 30556, Ley que aprueba disposiciones de carácter extraordinario para las intervenciones del Gobierno Nacional frente a desastres y que dispone la creación de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios, establece que esta es una entidad adscrita a la Presidencia del Consejo de Ministros, de carácter excepcional y temporal, encargada de liderar, implementar y, cuando corresponda, ejecutar el Plan Integral para la Reconstrucción con Cambios; Que, el mencionado Plan fue aprobado mediante Decreto Supremo N° 091-2017-PCM; Que, conforme se establece en el numeral 2.2 del artículo 2 de la citada Ley, las modi fi caciones al Plan Integral para la Reconstrucción con Cambios se sujetan al cumplimiento de las reglas fi scales y se aprueban mediante Acuerdo de Directorio de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios, el cual debe ser formalizado por la Dirección Ejecutiva de dicha entidad, a través de una resolución publicada en el Diario O fi cial El Peruano y en el respectivo portal institucional; Que, en atención a la Septuagésima Sexta Sesión de Directorio de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios, corresponde emitir la resolución de Dirección Ejecutiva a fi n de formalizar el acuerdo de modi fi cación del Plan Integral para la Reconstrucción con Cambios; Estando a lo expuesto y de conformidad con la Ley N° 30556, Ley que aprueba disposiciones de carácter extraordinario para las intervenciones del Gobierno Nacional frente a desastres y que dispone la creación de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios; SE RESUELVE:Artículo 1.- Formalización de Acuerdos de Directorio Formalizar los acuerdos de la Septuagésima Sexta Sesión de Directorio de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios referido a la modi fi cación del Plan Integral para la Reconstrucción con Cambios, en los siguientes términos: 1.1 Precisar 11 intervenciones de los sectores de pistas y veredas, saneamiento y agricultura, cuyos costos referenciales ascienden a la suma de S/ 5 684 057, las mismas que se detallan en el Anexo N° 01 de la presente resolución. 1.2 Efectuar el cambio de entidad ejecutora de 49 intervenciones de los sectores saneamiento, pistas y veredas, educación, salud y agricultura, cuyos costos referenciales ascienden a la suma de S/ 45 007 629, las mismas que se detallan en el Anexo N° 02 de la presente resolución. 1.3 Excluir 14 intervenciones de los sectores de saneamiento, salud, pistas y veredas y red subnacional–caminos, cuyos costos referenciales ascienden a la suma de S/ 24 973 984, las mismas que se detallan en el Anexo N° 03 de la presente resolución. 1.4 Reincorporar 1 intervención del sector saneamiento, cuyo costo referencial asciende a la suma de S/ 222 689, la misma que se detalla en el Anexo N° 04 de la presente resolución. Artículo 2.- Publicación Disponer que la presente resolución y sus anexos se publiquen en el portal institucional de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios (www.rcc.gob.pe), el mismo día de la publicación de la presente resolución en el Diario Ofi cial El Peruano Regístrese, comuníquese y publíquese.AMALIA MORENO VIZCARDO Directora EjecutivaAutoridad para la Reconstrucción con Cambios 1911372-1 AMBIENTE Aprueban el “Procedimiento para la selección y designación del/de la representante de los gremios y/o asociaciones como miembro de la Comisión Multisectorial técnica de la gestión integral del plástico de un solo uso” RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 269-2020-MINAM Lima, 10 de diciembre de 2020VISTOS, el Informe N° 00243-2020-MINAM/VMGA/ DGCA/DCAE de la Dirección de Calidad Ambiental y Ecoe fi ciencia; el Memorando Nº 00645-2020-MINAM/ VMGA/DGCA de la Dirección General de Calidad Ambiental; el Memorando Nº 00852-2020-MINAM/VMGA