Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2020 (12/12/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 8

8 NORMAS LEGALES Sábado 12 de diciembre de 2020 / El Peruano es fi nanciado con cargo al presupuesto institucional autorizado del Pliego 026: Ministerio de Defensa; Que, de acuerdo al numeral 20.1 del artículo 20 de la Directiva N° 011-2019-EF/50.01, Directiva de Ejecución Presupuestaria, aprobada por Resolución Directoral N° 036-2019-EF-50.01, el Pliego autorizado para ejecutar recursos mediante transferencias fi nancieras en el marco de las disposiciones legales vigentes, cuando la ejecución corresponda a gastos corrientes, deberá efectuar su registro en una actividad y en la Partida de Gasto 2.4.1 Donaciones y Transferencias Corrientes; Que, al respecto, de acuerdo con el O fi cio N° D00112- 2020-PCM-SG de fecha 03 de abril de 2020, la Presidencia del Consejo de Ministros informa al Ministerio de Defensa, que ha excedido el monto máximo establecido en el Decreto Supremo N° 017-2020-PCM, en el marco de la Trigésima Sétima Disposición Complementaria Final del Decreto de Urgencia N° 014-2019; Que, con O fi cio N° 03719-2020-MINDEF/SG de fecha 29 de julio de 2020, el Ministerio de Defensa comunica al Ministerio del Ambiente que el costo por el servicio de apoyo brindado por las FFAA durante el periodo mayo y junio de 2020, en el marco de lo dispuesto en la Trigésima Sétima Disposición Complementaria Final del Decreto de Urgencia N° 014-2019, asciende al monto de S/ 39 226,17 (Treinta y nueve mil doscientos veintiséis y 17/100 Soles); Que, con O fi cio N° 04745-2020-MINDEF/SG de fecha 10 de setiembre de 2020, el Ministerio de Defensa comunicó al Ministerio del Ambiente que el costo por el servicio de apoyo brindado por las FFAA periodo enero a julio de 2020, en el marco de lo dispuesto en la Trigésima Sétima Disposición Complementaria Final del Decreto de Urgencia N° 014-2019, asciende al monto de S/ 39 226,17 (Treinta y nueve mil doscientos veintiséis y 17/100 Soles); Que, la O fi cina de Presupuesto y Programación Multianual de Inversiones de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, conforme a la información contenida en el Memorando N° 00226-2020-MINAM/SG/OGA/OF de la O fi cina de Finanzas de la O fi cina General de Administración, ha aprobado la Certi fi cación de Crédito Presupuestario N° 00000000645 por la suma de S/ 39 226,17 (Treinta y nueve mil doscientos veintiséis y 17/100 Soles), para que se efectúe la transferencia fi nanciera a favor del Pliego 026: Ministerio de Defensa, por las acciones de apoyo brindado por las Fuerzas Armadas al Ministerio del Ambiente en el periodo de enero a julio del presente año, en la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios; Que, mediante el Memorando N° 01128-2020-MINAM/ SG/OGPP, la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto en atención al Informe N° 00369-2020-MINAM/SG/OGPP/OPPMI de la O fi cina de Presupuesto y Programación Multianual de Inversiones, emite opinión favorable para efectuar la transferencia fi nanciera a favor del Ministerio de Defensa, hasta por la suma de S/ 39 226,17 (Treinta y nueve mil doscientos veintiséis y 17/100 Soles), con cargo a la fuente de fi nanciamiento 1. Recursos Ordinarios de la Unidad Ejecutora 001: Ministerio del Ambiente Administración General del Pliego 005: Ministerio del Ambiente; Que, con Informe N° 00572-2020-MINAM/SG/OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica emite opinión en el sentido que resulta viable aprobar la transferencia fi nanciera hasta por la suma de S/ 39 226,17 a favor del Pliego 026: Ministerio de Defensa; por las acciones de apoyo brindado por las Fuerzas Armadas al Ministerio del Ambiente en el periodo de enero a julio del presente año; Con el visado de la Secretaría General, de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, de la O fi cina General de Administración y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto de Urgencia N° 014-2020, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, el Decreto Legislativo N° 1013, que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; el Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2017-MINAM; la Directiva N° 011-2019-EF/50.01, Directiva para la Ejecución Presupuestaria, aprobada mediante Resolución Directoral N° 036-2019-EF/50.01;SE RESUELVE: Artículo 1.- Transferencia fi nanciera Autorizar la transferencia fi nanciera del Pliego 005: Ministerio del Ambiente hasta por la suma de S/ 39 226,17 (Treinta y nueve mil doscientos veintiséis y 17/100 Soles), con cargo a la Fuente de Financiamiento 1. Recursos Ordinarios, a favor del Pliego 026: Ministerio de Defensa, por las acciones de apoyo brindado por las Fuerzas Armadas al Ministerio del Ambiente, conforme a lo expuesto en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2. Financiamiento La transferencia fi nanciera autorizada en el Artículo 1 se realizará con cargo al presupuesto de la Unidad Ejecutora 001: Ministerio del Ambiente - Administración General del Pliego 005: Ministerio del Ambiente, por la Fuente de Financiamiento 1. Recursos Ordinarios, Genérica del Gasto 2.4 Donaciones y Transferencias, para lo cual la Unidad Ejecutora deberá efectuar las acciones administrativas que correspondan para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución Ministerial. Artículo 3. Limitaciones al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia Financiera autorizada en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4. Monitoreo La Unidad Ejecutora 001: Ministerio del Ambiente - Administración General del Pliego 005: Ministerio del Ambiente, es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fi nes y metas, para los cuales les fueron entregados los recursos. Artículo 5.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Portal Institucional del Ministerio del Ambiente (www.gob.pe/minam) en la misma fecha de publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese.GABRIEL QUIJANDRÍA ACOSTA Ministro del Ambiente 1911292-2 CUL TURA Decreto Supremo que aprueba el Reglamento del Decreto de Urgencia N° 022-2019, Decreto de Urgencia que promueve la actividad cinematográfica y audiovisual DECRETO SUPREMO N° 017-2020-MC EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICACONSIDERANDO:Que, por la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura y su modi fi catoria, se crea el Ministerio de Cultura, como organismo del Poder Ejecutivo con personería jurídica de derecho público, estableciéndose las áreas programáticas de acción sobre las cuales ejerce sus competencias y atribuciones para el logro de sus objetivos y metas del Estado; y de acuerdo al literal h) del artículo 5, tiene la competencia exclusiva de la promoción de la creación cultural en todos sus campos, el perfeccionamiento de los creadores y gestores culturales y el desarrollo de las industrias culturales; Que, mediante el Decreto de Urgencia N° 022- 2019, Decreto de Urgencia que promueve la actividad cinematográ fi ca y audiovisual, se busca promover la actividad cinematográ fi ca y audiovisual a fi n de contribuir a su desarrollo integral, sostenido e inclusivo; se busca promover la actividad cinematográ fi ca y audiovisual a fi n