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23 NORMAS LEGALES Sábado 12 de diciembre de 2020 El Peruano / evaluar y aprobar los anteproyectos y proyectos de edifi cación, para mitigar el impacto que puedan generar las edi fi caciones sobre la vía pública, durante su etapa de operación o funcionamiento. Artículo 2.- Ámbito de aplicación2.1 La presente Norma Técnica es de aplicación para los siguientes proyectos de edi fi cación: - Hoteles y Apart Hoteles de 4 o 5 estrellas, que cuenten con 40 a más estacionamientos. - Edifi cios de educación superior con aforo mayor a 500 personas. - Clínicas y Hospitales, que cuenten con 40 a más estacionamientos. - Gran industria o Industria pesada, cuyas operaciones demanden el movimiento de carga pesada. - Industria mediana, cuyas operaciones demanden el movimiento de carga pesada. - Centros comerciales. - Mercados mayoristas. - Mercados minoristas. - Supermercados. - Tiendas de mejoramiento del hogar. - Galerías comerciales. - Galerías feriales. - Establecimiento de venta de combustibles. - Estaciones de servicios. - Edifi cios corporativos o de o fi cinas independientes con más de 5,000 m² de área útil.- Servicios comunales con más de 500 personas. - Recreación y deportes con más de 1,000 ocupantes. - Otros que determine el Reglamento Nacional de Edifi caciones. 2.2 Para los proyectos de uso comercial señalados anteriormente, la presente Norma Técnica es aplicable a partir de ciento cincuenta (150) estacionamientos. 2.3 La presente Norma Técnica no es aplicable para proyectos con frente a vía peatonal o en predios cuyas dimensiones no permitan su implementación. 2.4 Para edi fi caciones de uso hospedaje con usos complementarios como tragamonedas, centro de convenciones, salas de usos múltiples u otros que implique gran rotación de personas, aplica la exigencia mayor. 2.5 Para el caso de proyectos para terminales terrestres, son aplicables los lineamientos y disposiciones emitidas por el sector transportes y comunicaciones. Artículo 3.- Glosario de términos Para los efectos de la presente Norma Técnica se consideran los siguientes conceptos: Área de barrido de vehículo: Es la super fi cie libre que requiere todo vehículo cuando cambia de dirección. El Manual de Carreteras–Diseño Geométrico (DG) del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) establece el diseño de las áreas de barrido de acuerdo a las clases de vehículos para calles, carreteras, entre otros. Esquema de giro de vehículo liviano Área útil: Es el área de la edi fi cación donde se desarrollan las actividades de acuerdo al uso de la misma, alberga de manera permanente trabajadores en labores administrativas y sirve para determinar el aforo. Centro de distribución o Logístico: Es la infraestructura en la cual ingresan, se almacenan y se generan órdenes de salida de productos para su distribución al comercio minorista o mayorista. Generalmente se constituye por uno o más almacenes, en los cuales ocasionalmente se cuenta con sistemas de refrigeración o aire acondicionado, áreas para organizar la mercancía y compuertas, rampas u otras infraestructuras para carga y descarga de los vehículos. Impacto vial negativo: Es la disminución o alteración en forma perjudicial del tránsito de una calzada y/o acera como consecuencia del fl ujo de vehículos o personas por causa del funcionamiento de una edi fi cación. Interferencias: Son acciones o eventos que se generan como consecuencia de la ejecución de actividades, ya sea durante la construcción o en la etapa de funcionamiento, produciendo posibles impactos viales negativos. Manual de Carreteras–Diseño Geométrico (DG): Es el documento normativo que organiza y recopila las técnicas y procedimientos para el diseño de la infraestructura vial, en función a su concepción y desarrollo, y acorde a determinados parámetros. Contiene la información necesaria para diferentes procedimientos, en la elaboración del diseño geométrico de los proyectos, de acuerdo a su categoría y nivel de servicio, en concordancia con la normativa vigente sobre la gestión de la infraestructura vial. Manual de dispositivos de control de tránsito automotor para calles y carreteras: Es el documento técnico o fi cial, destinado a establecer la necesaria e imprescindible uniformidad en el diseño y utilización de los dispositivos de control del tránsito (señales verticales y horizontales o marcas en pavimento, semáforos y dispositivos auxiliares). Contiene los diseños grá fi cos de las señales reglamentarias, preventivas y de información; además, incorpora señales reguladoras y preventivas en zonas de trabajo e incluye señales turísticas. Punto de control: Es el espacio, en el interior del predio, donde se realiza el control para acceder a una edifi cación. Reglamento Nacional de Vehículos: Es el dispositivo legal que establece los requisitos y características técnicas que deben cumplir los vehículos para que ingresen, se registren, transiten, operen y se retiren del Sistema Nacional de Transporte Terrestre. Señalización horizontal: Son las marcas en el Pavimento o Demarcaciones. Están conformadas por marcas planas en el pavimento, tales como líneas horizontales y transversales, flechas, símbolos y