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19 NORMAS LEGALES Sábado 12 de diciembre de 2020 El Peruano / (VIH), cuya fi nalidad es contribuir a la reducción de la morbilidad y mortalidad en adultos que viven con el Virus de la Inmunode fi ciencia Humana (VIH), así como en la mejora de su calidad de vida; siendo necesario derogar la Resolución Ministerial N° 215-2018/MINSA; Estando a lo propuesto por la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública; Con el visado del Director General de la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública, de la Directora General de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, de la Secretaria General, del Viceministro de Salud Pública y del Viceministro de Prestaciones y Aseguramiento en Salud; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, modi fi cado por la Ley N° 30895, Ley que fortalece la función rectora del Ministerio de Salud, y por el Decreto Legislativo N° 1504, Decreto Legislativo que fortalece al Instituto Nacional de Salud para la prevención y control de las enfermedades; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2017-SA, modi fi cado mediante los Decretos Supremos N° 011- 2017-SA y N° 032-2017-SA; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobar la NTS N° 169 -MINSA/2020/ DGIESP “Norma Técnica de Salud de Atención Integral del Adulto con Infección por el Virus de la Inmunode fi ciencia Humana (VIH)”, que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Derogar la Resolución Ministerial N° 215-2018/MINSA, que aprueba la NTS N° 097-MINSA/DGSP-V.03 “Norma Técnica de Salud de Atención Integral del Adulto con Infección por el Virus de la Inmunode fi ciencia Humana (VIH)”. Artículo 3.- Encargar a la O fi cina de Transparencia y Anticorrupción de la Secretaría General la publicación de la presente Resolución Ministerial y su Anexo en el portal institucional del Ministerio de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese.PILAR ELENA MAZZETTI SOLER Ministra de Salud 1911189-2 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Designan miembros del Consejo Directivo de la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao - ATU RESOLUCIÓN SUPREMA N° 006-2020-MTC Lima, 11 de diciembre de 2020 CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 30900, se crea la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao (ATU), como organismo técnico especializado adscrito al Ministerio de Transportes y Comunicaciones, con el objetivo de organizar, implementar y gestionar el Sistema Integrado de Transporte de Lima y Callao, en el marco de los lineamientos de política que apruebe el Ministerio de Transportes y Comunicaciones y los que resulten aplicables; Que, el artículo 10 de la Ley Nº 30900, establece que la ATU es dirigida por un Consejo Directivo conformado por ocho (08) miembros, designados por un período de cinco (05) años, mediante Resolución Suprema refrendada por el/la Ministro/a de Transportes y Comunicaciones, de acuerdo al siguiente detalle: dos (2) miembros propuestos por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, uno de los cuales lo preside; un (1) miembro propuesto por el Ministerio de Economía y Finanzas; un (1) miembro propuesto por el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; cuatro (4) miembros propuestos por las municipalidades provinciales existentes en el territorio, en proporción al número de habitantes y conforme a los mecanismos de designación que se establezca en el Reglamento de Organización y Funciones de la ATU; Que, el artículo 11 de la Sección Primera del Reglamento de Organización y Funciones de la ATU, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-2019-MTC, establece los requisitos e impedimentos para ser designados como miembros del Consejo Directivo; Que, mediante el artículo 4 de la Resolución Suprema N° 002-2019-MTC, se designó a los señores Miguel José Sidia Carrasco, Daniel Christian Figueroa Camacho y Fernando Perera Díaz, como miembros del Consejo Directivo de la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao–ATU, propuestos por la Municipalidad Metropolitana de Lima; los cuales han formulado renuncia a sus cargos, siendo necesario aceptarlas y designar a los miembros del Consejo Directivo de la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao–ATU, conforme a la propuesta de la Municipalidad Metropolitana de Lima; Que, el artículo 12 de la citada Sección Primera del Reglamento de Organización y Funciones de la ATU señala que la renuncia aceptada constituye una causal de vacancia o de remoción del cargo de miembro del Consejo Directivo de la ATU, procediéndose en tal caso a designar a un reemplazante para completar el periodo correspondiente; Que, bajo ese marco, resulta necesario aceptar las renuncias formuladas por los señores Miguel José Sidia Carrasco, Daniel Christian Figueroa Camacho y Fernando Perera Díaz, como miembros del Consejo Directivo de la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao–ATU, propuestos por la Municipalidad Metropolitana de Lima, y designar a sus reemplazantes para completar el periodo correspondiente; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30900, Ley que crea la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao (ATU); la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; y, el Decreto Supremo N° 003-2019-MTC, que aprueba la Sección Primera del Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao (ATU) y su modi fi catoria; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aceptar las renuncias formuladas por los señores Miguel José Sidia Carrasco, Daniel Christian Figueroa Camacho y Fernando Perera Díaz, como miembros del Consejo Directivo de la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao–ATU, propuestos por la Municipalidad Metropolitana de Lima, dándoseles las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Designar a los señores Sergio Manuel Meza Salazar, Bernabe Bejarano Contreras y Juan Pablo De La Guerra De Urioste, como miembros del Consejo Directivo de la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao – ATU, propuestos por la Municipalidad Metropolitana de Lima, para completar el periodo de las designaciones iniciadas por el artículo 4 de la Resolución Suprema N° 002-2019-MTC. Artículo 3.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Ministro de Transportes y Comunicaciones. Regístrese, comuníquese y publíquese.FRANCISCO RAFAEL SAGASTI HOCHHAUSLER Presidente de la República EDUARDO GONZÁLEZ CHÁVEZ Ministro de Transportes y Comunicaciones 1911347-4 Designan Director General de la Dirección General de Aeronáutica Civil RESOLUCIÓN SUPREMA N° 007-2020-MTC Lima, 11 de diciembre de 2020