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56 NORMAS LEGALES Domingo 13 de diciembre de 2020 / El Peruano documental. En caso de no contar con una mesa de partes virtual habilitada, establecer un correo institucional para la recepción de documentos”; Que, mediante el Decreto Supremo N° 116-2020-PCM, se establece las medidas que debe observar la ciudadanía a la Nueva Convivencia Social y prorroga el Estado de Emergencia Nacional por las graves circunstancias que afectan la vida de la Nación a consecuencia del COVID-19, señalando en su artículo 10° que las entidades del Sector Público de cualquier nivel de gobierno desarrollan sus actividades de las mismas y la atención a la ciudadanía, implementando o habilitando la virtualización de trámites, servicios u otros; Que, el numeral 20.4 del artículo 20° del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, establece que la entidad que cuente con disponibilidad tecnológica puede asignar al administrado una casilla electrónica gestionada por esta, para la noti fi cación de actos administrativos, así como actuaciones emitidas en el marco de cualquier actividad administrativa, siempre que cuente con el consentimiento expreso del administrado; el cual puede ser otorgado por vía electrónica; Que, con el Informe N° 132-2020-SGGD-SG-MSS del 09.09.2020, complementado con el Informe N° 154-2020-SGGD-SG-MSS del 15.10.2020, la Subgerencia de Gestión Documental elevó la propuesta fi nal del Decreto de Alcaldía que aprueba la implementación de la Plataforma Digital Surcana y el Manual de Usuario de dicha plataforma, señalando que debido a la situación actual del estado de emergencia sanitaria y previendo el fl ujo de ciudadanos que necesitan acceder a los diversos servicios de la Municipalidad, es necesario reforzar el trabajo de la misma y formalizar la creación de una Plataforma Digital Surcana, la cual comprenda la Mesa de Partes Virtual y el Sistema de Noti fi caciones Electrónicas, que permita atender a un mayor número de procedimientos, agilizando de esta manera el servicio de ingreso de documentos; Que, con el Informe N° 96-2020-GPP-MSS del 30.10.2020, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto señala que la propuesta formulada se encuentra alineada a los siguientes documentos de gestión: el Plan Estratégico Institucional – PEI 2019 al 2023 (Horizonte Ampliado), al Plan de Desarrollo Local Concertado – PDLC 2017 al 2021 y al Plan Operativo Institucional – POI Multianual 2020 al 2022; Que, con el Memorándum N° 356-2020-GTI-MSS del 04.11.2020, la Gerencia de Tecnologías de la Información señala que la Plataforma Digital Surcana está encaminada a ser un tipo de canal digital, a través del cual pueden acceder los vecinos y personas en general a un catálogo de servicios digitales, realizar trámites, hacer seguimiento de los mismos, recepcionar y enviar documentos electrónicos, motivo por el cual dicha Gerencia emite opinión favorable; Que, con el Informe Nº 791-2020-GAJ-MSS del 10.11.2020, la Gerencia de Asesoría Jurídica concluye que legalmente es viable que se emita un Decreto de Alcaldía que apruebe la implementación de la Plataforma Digital Surcana y el “Manual de Usuario para la Plataforma Digital Surcana – Mesa de Partes Virtual - Sistema de Notifi cación Electrónica de la Municipalidad de Santiago de Surco”; Que, con el Memorándum N° 2097-2020-GM-MSS del 16.11.2020, la Gerencia Municipal mani fi esta su conformidad con la mencionada propuesta de Decreto de Alcaldía, la cual se fundamenta en los documentos anteriormente señalados y solicita se continúe con el trámite correspondiente; Estando a lo expuesto, al Informe N° 791-2020-GAJ- MSS de la Gerencia de Asesoría Jurídica y demás documentos, en uso de las facultades conferidas en el inciso 6) del artículo 20° y los artículos 39° y 42° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades;