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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2020 (13/12/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 58

TEXTO PAGINA: 47

47 NORMAS LEGALES Domingo 13 de diciembre de 2020 El Peruano / bebidas alcohólicas al interior del local del Poder Judicial de Oyotún, invitándolos a beber con motivo del Año Nuevo, participando de esa reunión los jueces quejados, el investigado Manayalle Fernández, el quejoso y la abogada Judith Romero Mostacero; y, en horas de la tarde, al terminar el turno del quejoso, ingresó el vigilante Segundo Malca. Según indica el quejoso, la Jueza Santos Castillo bebió demasiado, incluso “arrojó dentro del juzgado”, siendo ayudada por los presentes, y llevada en mototaxi a la casa de la abogada Romero Mostacero. ii) El cuatro de enero de dos mil diecisiete, en horas de la mañana, la jueza quiso que el quejoso, frente a todos los trabajadores, diga que le había faltado el respeto el día que tomaron licor dentro del juzgado, a lo cual el quejoso se negó, y entonces la jueza preguntó al investigado, si el quejoso le había faltado el respeto, respondiendo que sí; a lo que, según el quejoso, la jueza procedió a agredirlo físicamente. Hecho que se repitió, el cinco de enero de dos mil diecisiete, pero esta vez la jueza le exigió al quejoso que renuncie, ya que no lo quería ver en el juzgado. iii) El seis de enero de dos mil diecisiete, la Jueza Violeta Viviana Santos Castillo le imputó al quejoso, haber escondido el Expediente número cero nueve guión dos mil catorce guión FC, en el cual éste es parte demandada en un proceso de alimentos, y con la ayuda del investigado levantaron un acta falsa, de fecha seis de enero de dos mil diecisiete, en la cual el investigado Manayalle Fernández da fe de haber encontrado dicho expediente escondido en el escritorio del puesto de vigilancia del quejoso; y, iv) Según el quejoso, es falso que haya escondido el citado expediente por cuanto el seis de enero de dos mil diecisiete viajó a la ciudad de Chiclayo a horas doce del mediodía, en compañía del Juez Cabrera Montalvo y del vigilante Segundo Malca; lo cierto es que dicha acta fue elaborada el nueve de enero, pero la fecha aparece como seis de enero de dos mil diecisiete, introduciéndose datos falsos que fueron avalados por el investigado, dado que la jueza solicitó a los secretarios del Juzgado de Paz Letrado de Oyotún, Juan Cerna y Marco Cardoso, para que avalaran esa mentira, quienes se negaron a fi rmarla por ser un acto arbitrario. b) Declaración jurada de la abogada Judith Yolanda Romero Mostacero, de fojas ciento treinta y siete, quien refi ere que el tres de enero de dos mil diecisiete, ingresó al Módulo, a la una y treinta de la tarde aproximadamente, para entrevistarse con los jueces por algunos procesos judiciales en trámite, coincidiendo en ese momento con la hora de refrigerio, encontrando reunidos en un almuerzo a los jueces, al investigado Manayalle Fernández y al personal de vigilancia Larcery Sánchez, “no apreciando la declarante en ningún momento que los jueces hayan ordenado el ingreso de bebidas alcohólicas o que hayan estado bebiendo licor, quedándome por espacio de 20 a 30 minutos para posteriormente pasar a retirarme”. c) Declaración jurada del agente de seguridad Segundo Matías Malca Roncal, de fojas ciento treinta y ocho, quien indicó que el tres de enero de dos mil diecisiete, hizo su ingreso al Módulo a las dos de la tarde, para relevar a su compañero Larcery Sánchez, “encontrándose en ese momento reunidos los magistrados del Módulo Hernán Cabrera Montalvo, Violeta Viviana Santos Castillo, el asistente José Fernández Manayalle, la abogada Judith Romero Mostacero y mi compañero Larcery Sánchez Osorio, quienes se encontraban almorzando por ser hora de refrigerio, no apreciando el declarante en ningún momento que los jueces hayan ordenado el ingreso de bebidas alcohólica o que hayan estado bebiendo licor”. d) Declaración del agente de seguridad Segundo Malca ante la magistrada sustanciadora de la O fi cina Desconcentrada de Control de la Magistratura de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque, de fojas ciento sesenta a ciento sesenta y uno, donde corroboró que los jueces, servidor y abogada litigante mencionada “estaban todos almorzando sentados (…) la letrada Mostacero Romero, se retiró a las tres de la tarde, admitiendo que pese a que los encontró a todos reunidos comiendo “No anote ello en mi cuaderno de ocurrencias”. e) Declaración indagatoria del servidor José Gregorio Manayalle Fernández, de fojas ciento cincuenta y siete a ciento cincuenta y nueve, quien manifestó que el tres de enero de dos mil diecisiete, decidieron almorzar juntos y “previo a almorzar hicimos un brindis por la apertura del año judicial, luego en el almuerzo se apersonó la letrada Mostacero por veinte minutos aproximadamente, se entrevistó con los magistrados, si bien estábamos almorzando, en base a que era conocida del lugar, la atendieron ambos jueces, luego se pasó a retirar, terminamos de almorzar, y luego cada uno se retiró a sus ofi cinas, a fi rmando que bebieron “vino tinto, una copa cada uno, eso fue a las trece horas con cincuenta minutos, antes de almorzar” y admitiendo tener conocimiento que beber licor dentro de su centro de trabajo está prohibido”. f) Declaración indagatoria del Juez Hernán Cabrera Montalvo, de fojas ciento setenta y ocho a ciento setenta y nueve, quien admitió que el tres de enero de dos mil diecisiete, se reunió con el personal para almorzar y “antes de ello hicimos un brindis por inicio del Año Judicial”, ratifi cando que sólo “fue un brindis con un vino, una copa por persona, brindamos antes de almorzar”, y agregando que luego siguieron trabajando, y que la abogada Judith Romero no participó en la reunión, “justo en el momento que almorzábamos con el quejoso llegó la abogada, se entrevistó con nosotros respecto a algunos procesos que lleva en el módulo, le informamos que los trabajadores aún estaban en huelga que regrese cuando se levante la huelga, ella se retiró. Ella estuvo un aproximado de diez minutos”. g) Declaración indagatoria de la Jueza Violeta Viviana Santos Castillo, de fojas doscientos veinte a doscientos veintitrés, quien a fi rma que brindaron con una copa de vino previo al almuerzo, agregando que la abogada Judith Romero “en ningún momento ha departido con nosotros”, y al ser interrogada respecto a lo referido por dicha abogada en el audio, que la llevó a su casa para que se levara y luego se vaya a Chiclayo, re fi ere que “esa es una conversación que ha mantenido la letrada con la conviviente del quejoso, desconozco los hechos que ella narra, asimismo en el audio en ningún momento se hace alusión a mi nombre”. h) Acta de Escucha de Audios, de fojas ciento setenta y dos a ciento setenta y siete, ofrecidos por el quejoso, que según lo referido en la declaración jurada de fojas quince, fueron grabados por la conviviente del quejoso, señora Hilda Doris Becerra Huacac, quien en el acta se denomina “La Voz”, debido a que en los mismos se hace referencia a los hechos materia de queja; efectuándose su escucha en presencia de los investigados Jueces Cabrera Montalvo y Santos Castillo; veri fi cándose el siguiente contenido: i) Audio número treinta y seis, conversación con el señor Hernán Cabrera Montalvo, de fojas ciento setenta y dos a ciento setenta y tres, se precisa que “En el minuto 8:52 pregunta esta señora, de quien fue la idea de tomar en las o fi cinas, a lo que el interlocutor le responde que todos acordaron ello, ella responde que el vigilante no va a pagar de su bolsillo dicha bebida”. Se advierte que el investigado no niega ni desconoce su voz, tampoco cuestiona la respuesta glosada. ii) Audio número treinta y siete, conversación con la abogada Judith Romero, de fojas ciento setenta y tres a ciento setenta y cuatro, de cuya transcripción resulta pertinente resaltar lo siguiente: “En el minuto 1:44 una voz femenina señala, ahorita estoy en problemas con mi esposo por el día que ustedes tomaron en el juzgado ¿Cómo mujer me vas a mentir?, nos conocemos, tú has estado ahí, la interlocutora reconoce haber estado ahí”. “En el minuto 2:20 la interlocutora dice que salió afuera, luego escuchó un problema al ingresar, señala que la doctora le dijo Judith me ha pasado esto, a lo que le respondió que no le ha visto nada…”. “En el minuto 4:40 la interlocutora indica que todos estábamos sobrios, la voz le dice que la doctora estaba borracha, a lo que la interlocutora responde parece que le han puesto nada, llevé a la doctora a mi casa donde se lavó y luego se fue a Chiclayo…”. “En el minuto 9:50 la voz dice lo que ella ha dicho es una maldad al extremo de mentir (…). La interlocutora le pregunta a la voz si tu marido se siente acorralado y te dice que es verdad lo que se dice, la voz le responde que