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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2020 (23/12/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 116

TEXTO PAGINA: 56

56 NORMAS LEGALES Miércoles 23 de diciembre de 2020 / El Peruano 1057, en el Ámbito del Sistema Administrativo de gestión de Recursos Humanos. 5. MEDIDAS EN MATERIA DE INGRESOS DEL PERSONAL Si durante el año 2021 la SUNASS contara con mayores recursos a los establecidos en la Ley, provenientes de la fuente de fi nanciamiento Recursos Directamente Recaudados (RDR) y Saldos de Balance generados en dicha fuente de fi nanciamiento podrá solicitar el incremento del número de cargos ocupados del Cuadro de Asignación de Personal Provisional considerando la implementación del Reglamento de Organización y Funciones (aprobado con Decreto Supremo N° 145-2019-PCM). 6. MEDIDAS EN MATERIA DE MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS EN EL NIVEL FUNCIONAL PROGRAMATICO 6.1. A nivel de pliego, la Partida de Gasto 2.1.1 “Retribuciones y Complementos en Efectivo” podrá habilitar a otras partidas de gasto y ser habilitada. 6.2. A nivel de pliego, la partida de gasto 2.2.1 “Pensiones” podrá habilitar a otras partidas de gasto del presupuesto institucional y ser habilitadas. 6.3. A nivel de Pliego, las Especí fi cas del Gasto 2.3.2.8.1.1 “Contrato Administrativo de Servicios”, 2.3.2.8.1.2 “Contribuciones a Essalud de CAS”, 2.3.2.8.1.4 “Aguinaldos de CAS” y 2.3.2.8.1.5 “Vacaciones Truncas de CAS”, puede ser habilitadas por otras partidas, genéricas o especí fi cas del gasto, siempre que se siga los lineamientos establecidos en la Resolución Presidencia Ejecutiva N° 168-2019-SERVIR/PE. Además, las mencionadas partidas podrán ser habilitadoras si se veri fi cara que producto de las proyecciones al cierre arrojan saldos de libre disponibilidad. Para dicho fi n se requiere contar con las proyecciones de la planilla CAS elaborada por el Área de Recursos Humanos de la Entidad. 6.4. La contratación de personal bajo la modalidad de CAS será aprobada por la Gerencia General previa presentación de la solicitud sustentada del área usuaria, la evaluación de la dotación del personal por la Unidad de Recursos Humanos de la O fi cina de Administración y Finanzas y la certi fi cación presupuestal correspondiente. 6.5. Los créditos presupuestarios para el pago de las cargas sociales podrán ser destinados a otras partidas de gasto del presupuesto institucional sólo en el caso que se haya cubierto el 100% del requerimiento para dicho fi n en el ejercicio 2021. 6.6. A nivel de pliego, las Partidas de Gasto 2.3.1.6 “Repuestos y Accesorios”, 2.3.1.11 “Suministros para Mantenimiento y Reparaciones” y 2.3.2.4 “Servicios de Mantenimiento, Acondicionamiento y Reparaciones” pueden habilitar a otras partidas especí fi cas del gasto de presupuesto institucional y ser habilitadas. 6.7. A nivel de pliego, las Partidas de Gasto 2.3.2.2.1 “Servicios de Energía Eléctrica, Agua y Gas” y 2.3.2.2.2 “Servicios de Telefonía e Internet” pueden habilitar a otras partidas especí fi cas del gasto del presupuesto institucional y ser habilitadas. 6.8. A nivel de pliego, la partida de gasto 2.6.3.1.1 1 “Adquisición de vehículos para transporte terrestre” puede ser habilitada y puede habilitar a otras partidas especí fi cas de gastos de capital. 6.9. Para efectuar las modi fi caciones presupuestarias en el nivel funcional programático indicadas en los numerales del 6.1 al 6.8 se requerirá la aprobación del Gerente General, previa presentación de la solicitud sustentada del área usuaria. 7. MEDIDAS EN MATERIA DE BIENES Y SERVICIOS 7.1. Viajes Durante el año fi scal, los viajes al exterior de los funcionarios directivos y servidores de la SUNASS con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica, pudiendo exceptuarse a los funcionarios señalados en el artículo 52 de la Ley 30057, Ley del Servicio Civil, siempre que el tiempo de viaje sea mayor a 8 (ocho) horas o cuando la estancia sea menor a 48 (cuarenta y ocho) horas. La autorización para viajes al exterior de las personas señaladas en el párrafo precedente se aprueba conforme a lo dispuesto en la Ley 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias. 7.2. Adquisición de vehículos La entidad podrá adquirir vehículos automotores para el cumplimiento de sus funciones de regulación, supervisión, fi scalización, ámbito de la prestación, solución de reclamos, atención y orientación al usuario. 8. DISPOSICIONES FINALES 8.1. La O fi cina de Administración y Finanzas y la Ofi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización velarán por el cumplimiento de la presente directiva. 8.2. En lo no previsto por esta directiva será de aplicación la Ley, siempre que no contradiga lo dispuesto en la presente norma. Magdalena del Mar, 18 de diciembre de 2020. 1914354-1 ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS AGENCIA DE PROMOCION DE LA INVERSION PRIVADA FE DE ERRATAS CONSEJO DIRECTIVO ACUERDO PROINVERSIÓN Nº 102-1-2020-CD Sesión Nº 102 del 15 de diciembre de 2020 Mediante O fi cio Nº 101-2020/PROINVERSION/DE, la Agencia de Promoción de la Inversión Privada solicita se publique Fe de Erratas del Acuerdo PROINVERSIÓN Nº 102-1-2020-CD, publicado en la edición del día 18 de diciembre de 2020. DICE:Vistos, el Memorándum Nº 95-2020/DE, (…)DEBE DECIR:Vistos, el Memorándum Nº 94-2020/DE, (…) 1914470-1 CONSEJO NACIONAL DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION TECNOLOGICA Aprueban transferencias financieras a favor de entidades públicas y el otorgamiento de subvenciones a personas jurídicas privadas RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA N° 162-2020-CONCYTEC-P Lima, 22 de diciembre de 2020