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78 NORMAS LEGALES Miércoles 30 de diciembre de 2020 / El Peruano Estratégicos Sectoriales Multianuales y otros tipos de planes, según corresponda al tipo de entidad; Que, la “Guía para el Planeamiento Institucional”, aprobada con Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 033-2017/CEPLAN/PCD y modi fi catorias, es aplicable para las entidades que integran el Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico en los tres niveles de gobierno; establece pautas para la elaboración, implementación, seguimiento, evaluación y mejora continua de las políticas y planes institucionales de las entidades, en el marco del ciclo de planeamiento estratégico para la mejora continua, las Políticas de Estado, el Plan Estratégico de Desarrollo Nacional, la propuesta de imagen de futuro del Perú al 2030, y las políticas nacionales, sectoriales y territoriales; Que, a través de la Resolución Ministerial Nº 354-2015-VIVIENDA, se aprueba el Plan Estratégico Sectorial Multianual (PESEM) 2016-2021 del Sector Vivienda, Construcción y Saneamiento; Que, con O fi cio Múltiple Nº D000029-2019-CEPLAN- DNCP, la Dirección Nacional de Coordinación y Planeamiento Estratégico del CEPLAN comunica que, con la fi nalidad de facilitar la elaboración y registro del Plan Operativo Institucional (POI) Multianual 2021-2023, es necesario ampliar el período de vigencia del Plan Estratégico Sectorial Multianual y del Plan Estratégico Institucional, para dar cobertura a la mencionada programación multianual; Que, en atención al O fi cio N° 902-2020-VIVIENDA- SG remitido por la Secretaría General del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento al CEPLAN, mediante el O fi cio Nº D000509-2020-CEPLAN-DNCP la Dirección Nacional de Coordinación y Planeamiento Estratégico del CEPLAN comunica que se ha emitido el Informe Técnico Nº D000010-2020-CEPLAN-DNCPPESEM, en el que se veri fi ca que el Plan Estratégico Sectorial Multianual (PESEM) del Sector Vivienda, Construcción y Saneamiento, para el período 2016-2021, ha sido ampliado hasta el año 2024, en aplicación a las orientaciones dispuestas en el O fi cio Múltiple Nº D000029-2019-CEPLAN-DNCP; Que, el artículo 38 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, aprobado por el Decreto Supremo N° 010-2014-VIVIENDA, modi fi cado por el Decreto Supremo N° 006-2015-VIVIENDA, señala que es función de la OGPP, entre otras, normar y conducir la formulación, seguimiento y evaluación de los planes estratégicos sectorial e institucional; Que, mediante los documentos de vistos, la OGPP sustenta y propone la ampliación del Horizonte Temporal del Plan Estratégico Sectorial Multianual (PESEM) 2016-2021 del Sector Vivienda, Construcción y Saneamiento al 2024, el cual ha sido elaborado siguiendo las orientaciones que establece el O fi cio Múltiple No D000029-2019- CEPLAN-DNCP, lo que permitirá alinear los instrumentos de planeamiento de corto y mediano plazo del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, sus organismos públicos y entidades adscritas, proponiendo que se denomine “Plan Estratégico Sectorial Multianual (PESEM) 2016-2024 del Sector Vivienda, Construcción y Saneamiento”; Que, conforme a lo expuesto en los considerandos precedentes, corresponde aprobar la ampliación del Horizonte Temporal del Plan Estratégico Sectorial Multianual (PESEM) 2016-2021 del Sector Vivienda, Construcción y Saneamiento al año 2024; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo N° 1088, Ley del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico; la Ley Nº 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por el Decreto Supremo N° 010-2014-VIVIENDA modi fi cado por el Decreto Supremo N° 006-2015-VIVIENDA; y la Directiva Nº 001-2017-CEPLAN/PCD, “Directiva para la actualización del Plan Estratégico de Desarrollo Nacional“, aprobada por la Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Nº 026-2017/CEPLAN/PCD;SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar la ampliación del Horizonte Temporal del Plan Estratégico Sectorial Multianual (PESEM) 2016-2021 del Sector Vivienda, Construcción y Saneamiento al año 2024; denominándose “Plan Estratégico Sectorial Multianual (PESEM) 2016-2024 del Sector Vivienda, Construcción y Saneamiento”, el mismo que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Disponer que el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, sus organismos públicos y entidades adscritas revisen la concordancia de sus respectivos Planes Estratégicos Institucionales con el Plan Estratégico Sectorial Multianual (PESEM) 2016-2024 del Sector Vivienda, Construcción y Saneamiento, aprobado en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial. Artículo 3.- Encargar a la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, el seguimiento y evaluación del Plan Estratégico Sectorial Multianual (PESEM) 2016-2024 del Sector Vivienda, Construcción y Saneamiento, informando anualmente los avances y logros. Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y su Anexo en el Portal Institucional del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (www. gob.pe/vivienda), el mismo día de la publicación de la citada Resolución en el diario o fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíqueseSOLANGEL FERNÁNDEZ HUANQUI Ministra de Vivienda, Construcción y Saneamiento 1916043-1 Oficializan actualización del “Plan para la vigilancia, prevención y control de COVID-19 en el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento” RESOLUCION DE SECRETARIA GENERAL N° 085-2020-VIVIENDA-SG Lima, 29 de diciembre de 2020VISTOS: El Memorando N° 1495-2020-VIVIENDA/ OGGRH de la O fi cina General de Gestión de Recursos Humanos, sustentado en el Informe N° 188-2020-VIVIENDA/OGGRH-OCB de la O fi cina de Compensaciones y Bienestar; el Acta de reunión de instalación N° 01/2020 del Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, y; CONSIDERANDO: Que, el Decreto Supremo N° 008-2020-SA declara en Emergencia Sanitaria a nivel nacional por el plazo de noventa (90) días calendario y dicta medidas de prevención y control del COVID-19; posteriormente, el mencionado plazo es prorrogado por Decreto Supremo N° 020-2020-SA, a partir del 10 de junio de 2020 hasta por un plazo de noventa (90) días calendario; por Decreto Supremo N° 027-2020-SA, a partir del 8 de setiembre de 2020 por un plazo de noventa (90) días calendario; y por Decreto Supremo N° 031-2020-SA, a partir del 7 de diciembre de 2020 por un plazo de noventa (90) días calendario adicionales; Que, el sub numeral 2.1.5 de numeral 2.1 del artículo 2 del Decreto Supremo N° 008-2020-SA dispone que en todos los centros laborales públicos y privados se deben adoptar medidas de prevención y control sanitario para evitar la propagación del COVID-19; asimismo, el numeral 2.2 del artículo 2 de la misma norma, dispone que las instituciones públicas y privadas deben coadyuvar en su implementación y de las disposiciones complementarias que se emitan;