Norma Legal Oficial del día 08 de enero del año 2020 (08/01/2020)


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TEXTO DE LA PÁGINA 37

El Peruano / Miércoles 8 de enero de 2020

NORMAS LEGALES

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N° 5939-2019-MINEDU/VMGI-PRONIED-OPP, comunica que, teniendo en cuenta la autorización al Ministerio de Educación dispuesta en el artículo 36 del Decreto de Urgencia N° 014-2019, se otorga la disponibilidad presupuestal para la atención del Programa de Mantenimiento de Locales Educativos 2020; Que, la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Educación mediante Informe Nº 00025-2020-MINEDU/ SG-OGAJ, concluye que resulta legalmente viable la aprobación de la Norma Técnica "Disposiciones para la ejecución del Programa de Mantenimiento de Locales Educativos 2020"; Con el visado del Viceministerio de Gestión Institucional, de la Secretaría General, de la Secretaría de Planificación Estratégica, de la Dirección Ejecutiva del PRONIED, de la Unidad Gerencial de Mantenimiento del PRONIED, de la Oficina de Asesoría Jurídica del PRONIED, de la Dirección General de Gestión Descentralizada, de la Dirección General de Infraestructura Educativa, de la Dirección General de Calidad de la Gestión Escolar, de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto, de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto del PRONIED; y, de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Educación; Que, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificado por Ley Nº 26510; en el Decreto de Urgencia N° 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020; en el Decreto Supremo Nº 004-2014-MINEDU que creó el Programa Nacional de Infraestructura Educativa; en la Resolución Ministerial Nº 034-2016-MINEDU que aprobó el Manual de Operaciones de PRONIED, modificado por la Resolución Ministerial Nº 341-2017-MINEDU; y en el Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU que aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar la Norma Técnica denominada "Disposiciones para la ejecución del Programa de Mantenimiento de Locales Educativos 2020", la misma que como Anexo forma parte de la presente resolución. Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución y su Anexo, en el Sistema de Información Jurídica de Educación - SIJE, ubicado en el Portal Institucional del Ministerio de Educación (www.gob.pe/ minedu), el mismo día de la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial "El Peruano". Regístrese, comuníquese y publíquese. FLOR PABLO MEDINA Ministra de Educación 1843524-1

de Mantenimiento (UGM) del PRONIED, por la Dirección General de Gestión Descentralizada (DIGEGED) y por la Dirección General de Servicios Especializados (DIGESE); el Informe N° 1289-2019-MINEDU/VMGI-PRONIED-OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica (OAJ) del PRONIED; el Oficio Nº 3537-2019-MINEDU-VMGI-DIGEIE, la Dirección General de Infraestructura Educativa (DIGEIE); el Memorandum N° 6168-2019-MINEDU/VMGI-PRONIEDOPP de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto de PRONIED, y el Informe Nº 00020-2020-MINEDU/SGOGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica del MINEDU y; CONSIDERANDO: Que, el literal b) del numeral 36.1 del artículo 36 del Decreto de Urgencia N° 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, autorizó al Ministerio de Educación, durante el año fiscal 2020, a financiar el acondicionamiento de la infraestructura para la mejora de condiciones de accesibilidad para la atención de estudiantes con necesidades educativas especiales asociadas a discapacidad, lo que incluye la contratación de bienes y servicios necesarios para tal fin, adquisición de útiles escolares y de escritorio, materiales para uso pedagógico y tecnológicos de los locales educativos de los servicios de educación básica especial, hasta por la suma de S/ 5 000 000,00 (Cinco Millones y 00/100 soles), conforme a la focalización que apruebe el Ministerio de Educación; Que, de acuerdo al numeral 36.2 del citado Decreto de Urgencia, los montos para los fines señalados en el numeral 36.1, son desembolsados de manera directa, mediante el abono en una cuenta abierta en el Banco de la Nación a nombre del director de la institución educativa pública, titular o encargado, bajo la modalidad de subvenciones; Que, el numeral 36.3 de la norma antes mencionada, señala que el Ministerio de Educación, mediante resolución del titular del pliego, en un plazo no mayor de cuarenta y cinco (45) días calendario, a partir de la vigencia del presente artículo, aprueba las disposiciones que resulten necesarias para la aplicación de lo establecido en dicho artículo, las cuales incluyen los mecanismos para la apertura de cuentas y de devolución ante la no utilización de los recursos, así como el plazo hasta el cual se ejecuta lo dispuesto en los numerales 36.1 y 36.2 del Decreto de Urgencia indicado; Que, a través del Decreto Supremo N° 004-2014MINEDU, se creó el Programa Nacional de Infraestructura Educativa, el mismo que tiene por objeto ampliar, mejorar, sustituir, rehabilitar y/o construir infraestructura educativa pública de Educación Básica y de Educación Superior Pedagógica, Tecnológica y Técnico-Productiva, incluyendo el mantenimiento y/o equipamiento de la misma, cuando corresponda, de manera concertada y coordinada con los otros niveles de gobierno, y en forma planificada, articulada y regulada; en el marco de las políticas sectoriales de educación en materia de infraestructura educativa, a fin de contribuir a la mejora en la calidad de la educación del país; Que, de acuerdo con el artículo 2 de su Manual de Operaciones (MOP), aprobado mediante Resolución Ministerial N° 034-2016-MINEDU, el PRONIED ha sido creado con el objeto de ampliar, mejorar, sustituir, rehabilitar y/o construir infraestructura educativa pública de Educación Básica y de Educación Superior Pedagógica, Tecnológica y Técnico-Productiva, incluyendo el mantenimiento y/o equipamiento de la misma, cuando corresponda, de manera concertada y coordinada con los otros niveles de gobierno, y en forma planificada, articulada y regulada; en el marco de las políticas sectoriales de educación en materia de infraestructura educativa; a fin de contribuir a la mejora en la calidad de la educación del país; Que, el artículo 32 del MOP de PRONIED establece que la Unidad Gerencial de Mantenimiento es responsable de llevar a cabo los procesos de mantenimiento y conservación de la infraestructura educativa (mejoramiento y/o rehabilitación) de los locales escolares en todos los niveles y modalidades de la Educación Básica y de la

Aprueban Norma Técnica "Disposiciones para la ejecución del acondicionamiento de locales educativos para la mejora de condiciones de accesibilidad y la adquisición de materiales pedagógicos y tecnológicos para la atención de estudiantes con necesidades educativas especiales asociadas a discapacidad para el año 2020"
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 015-2020-MINEDU Lima, 6 de enero de 2020 VISTO: El Expediente N° MTP2019-EXT-0268368; el Oficio N° 9908-2019-MINEDU/VMGI-PRONIED de la Dirección Ejecutiva del Programa Nacional de Infraestructura Educativa (PRONIED), el Informe N° 781-2019-MINEDU/ VMGI-PRONIED-UGM suscrito por la Unidad Gerencial

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