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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE ENERO DEL AÑO 2020 (08/01/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 48

48 NORMAS LEGALES Miércoles 8 de enero de 2020 / El Peruano ORGANISMOS EJECUTORES INTENDENCIA NACIONAL DE BOMBEROS DEL PERU Designan Asesores de la Gerencia General y de la Jefatura de la INBP RESOLUCIÓN DE INTENDENCIA Nº 001-2020-INBP San Isidro, 6 de enero de 2020VISTO:La Nota Informativa N° 003-2020-INBP/OA/URH de la Unidad de Recursos Humanos de la O fi cina de Administración, la Carta N° 1-2019-LZO y, CONSIDERANDO:Que, el Decreto Legislativo N° 1260 fortalece el Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú como parte del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana y regula la Intendencia Nacional de Bomberos del Perú, como organismo público ejecutor adscrito al Ministerio del Interior que ejerce rectoría en materia de prevención, control y extinción de incendios, atención de accidentes, rescate urbano y apoyo en incidentes con materiales peligrosos, estableciendo su ámbito de competencia, funciones generales y estructura orgánica; Que, con Resolución de Intendencia Nº 115-2019 INBP del 16 de agosto de 2019, se designó a la Abogada Lupita Shirley Zavaleta Ortiz, en el cargo de con fi anza de Asesora de la Gerencia General de la Intendencia Nacional de Bomberos del Perú; Que, se encuentra vacante el cargo de con fi anza de Asesor de la Gerencia General de la Intendencia Nacional de Bomberos del Perú; resultando necesario designar al funcionario que ejercerá dicho cargo; Que, se encuentra vacante el cargo de con fi anza de Asesor de la Jefatura de la Intendencia Nacional de Bomberos del Perú; resultando necesario designar al funcionario que ejercerá dicho cargo; Con el visto bueno de la Gerencia General, la O fi cina de Asesoría Jurídica, la O fi cina de Administración y la Unidad de Recursos Humanos de la O fi cina de Administración de la Intendencia Nacional de Bomberos del Perú; De conformidad con lo previsto en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, y, el Reglamento de Organización y Funciones de la Intendencia Nacional de Bomberos del Perú, aprobado mediante Decreto Supremo N° 025-2017-IN; y, SE RESUELVE:Artículo 1º.- Aceptar la renuncia formulada por la Abogada Lupita Shirley Zavaleta Ortiz, al cargo de confi anza de Asesora de la Gerencia General de la Intendencia Nacional de Bomberos del Perú, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2º.- Designar al Abogado Rubén Ángel Velazco Bonzano, en el cargo de con fi anza de Asesor de la Gerencia General de la Intendencia Nacional de Bomberos del Perú, Artículo 3º.- Designar al Abogado Carlos Manuel Castañeda Jiménez, en el cargo de con fi anza de Asesor de la Jefatura de la Intendencia Nacional de Bomberos del Perú. Artículo 4º.- Disponer que la O fi cina de Comunicación Social realice la publicación de la presente Resolución en el Portal de la página web de la entidad (www.inbp.gob. pe), el mismo día de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y cúmplase. LUIS A. PONCE LA JARA Intendente Nacional de Bomberos del Perú 1843187-1 ORGANISMOS REGULADORES ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION PRIVADA EN TELECOMUNICACIONES Declaran infundado recurso de apelación interpuesto por ENTEL PERÚ S.A. contra la Resolución de Gerencia General Nº 261-2019-GG/OSIPTEL RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 180-2019-CD/OSIPTEL Lima, 26 de diciembre de 2019 EXPEDIENTE Nº : Expediente Nº 057-2019-GG-GSF/ PAS MATERIA : Recurso de Apelación interpuesto contra la Resolución Nº 261-2019-GG/OSIPTEL ADMINISTRADO : ENTEL PERÚ S.A. VISTOS: (i) El Recurso de Apelación interpuesto por la empresa ENTEL PERÚ S.A. (en adelante, ENTEL) el 21 de noviembre de 2019, contra la Resolución Nº 261-2019-GG/OSIPTEL, mediante la cual se sancionó a ENTEL y le impuso una medida correctiva, en los siguientes términos: NormaArtículo IncumplidoDecisión de la Primera Instancia Texto Único Ordenado de la Condiciones de Uso de Servicios Públicos de Telecomunicaciones1 (en adelante, TUO de Condiciones de Uso)Multa de 10,1 UIT45 45 Multa de 8,7 UIT Reglamento de Fiscalización, Infracciones y Sanciones2 (en adelante, RFIS)7 Multa de 51 UIT Asimismo, se le impuso una Medida Correctiva a efectos que realice la devolución de los montos pendientes y que remita información sobre dichas devoluciones, así como información relacionada a las líneas dadas de baja solicitada mediante carta C.00309-GSF/2019. 1 Aprobado por Resolución de Consejo Directivo Nº 138-2012-CD/OSIPTEL y sus modi fi catorias. 2 Aprobado por Resolución Nº 087-2013-CD/OSIPTEL y sus modi fi catorias.