Norma Legal Oficial del día 08 de enero del año 2020 (08/01/2020)


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TEXTO DE LA PÁGINA 33

El Peruano / Miércoles 8 de enero de 2020

NORMAS LEGALES

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Instituciones Armadas, por el período que dure la Misión Diplomática. DEBE DECIR: Artículo 6.- El personal referido en los artículos 1, 2 y 3 de la presente Resolución Suprema pasa revista en las Direcciones y Comandos de Personal de las respectivas Instituciones Armadas, por el período que dure la Misión Diplomática. DICE: Artículo 8.- (...) DEBE DECIR: Artículo 7.- (...) DICE: Artículo 9.- (...) DEBE DECIR: Artículo 8.- (...) 1843544-1

DESARROLLO E INCLUSION SOCIAL
Aprueban el Manual de del Programa Nacional de la pensión no contributiva con discapacidad severa en pobreza - CONTIGO Operaciones entrega de a personas situación de

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 012-2020-MIDIS Lima, 7 de enero de 2020 VISTOS: El Oficio N° 004809-2019-MIDIS/PNPDS-DE, emitido por la Dirección Ejecutiva del Programa Nacional de entrega de la pensión no contributiva a personas con discapacidad severa en situación de pobreza - CONTIGO; el Informe N° 172-2019-MIDIS/VMPS/DGCGPS, emitido por la Dirección General de Calidad de la Gestión de los Programas Sociales; los Informes N° 255-2019-MIDIS/ SG/OGPPM, N° 271-2019-MIDIS/SG/OGPPM y N° 04-2020-MIDIS/SG/OGPPM, emitidos por la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; el Informe N° 545-2019-MIDIS/SG/OGAJ, emitido por la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, los Informes N° 95-2019-MIDIS/SG/OGPPM/OM y N° 99-2019-MIDIS/SG/ OGPPM/OM, emitidos por la Oficina de Modernización; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 2 del artículo 38 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, los programas son estructuras funcionales creadas para atender un problema o situación crítica, o implementar una política pública específica en el ámbito de competencia de la entidad a la que pertenecen; Que, mediante Ley N° 29792, se crea el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, determinándose su ámbito, competencias, funciones y estructura orgánica básica; asimismo, se creó el sector Desarrollo e Inclusión Social, que comprende a todas las entidades del estado, de los tres niveles de gobierno, vinculados con el cumplimiento de las políticas nacionales en materia de promoción del desarrollo social, la inclusión y la equidad; Que, mediante Decreto Supremo N° 004-2015-MIDIS, se crea el Programa de entrega de la pensión no

contributiva a personas con discapacidad severa en situación de pobreza, en el ámbito del Viceministerio de Poblaciones Vulnerables del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; Que, mediante Decreto Supremo N° 008-2017-MIDIS, se aprueba la transferencia del Programa de entrega de la pensión no contributiva a personas con discapacidad severa en situación de pobreza, del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables al Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; Que, mediante el artículo 3 de la Resolución Directoral Nº 036-2019-EF/50.01, se aprueba, entre otros, el Clasificador Institucional para el Año Fiscal 2020, en cuyo Anexo 3 se contempla a la Unidad Ejecutora 010: CONTIGO del pliego 040: Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; Que, mediante Decreto Supremo N° 054-2018-PCM, se aprueba los Lineamientos de Organización del Estado, cuyo literal a) del artículo 53 establece que el Manual de Operaciones es el documento técnico normativo de gestión organizacional que formaliza la estructura funcional de los programas y los proyectos especiales; Que, el artículo 55 de los referidos Lineamientos de Organización del Estado señala que la propuesta de Manual de Operaciones se sustenta en un Informe Técnico elaborado por la Oficina de Planeamiento y Presupuesto o la que haga sus veces, el cual justifica su estructura y los mecanismos de control y coordinación; y, en un informe legal elaborado por la Oficina de Asesoría Jurídica o la que haga sus veces, que valida la legalidad de las funciones sustantivas asignadas en el Manual de Operaciones; siendo tal Manual de Operaciones aprobado por resolución ministerial en el caso del Poder Ejecutivo; Que, mediante Resolución Ministerial N° 134-2017-MIDIS, se aprueba la Directiva N° 008-2017-MIDIS, "Disposiciones para la elaboración y aprobación del Manual de Operaciones de los Programas Nacionales del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social", cuyo objetivo es establecer las disposiciones generales que los Programas Nacionales, también denominados Programas Sociales, y los órganos competentes del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, deben cumplir para la elaboración y aprobación de los respectivos manuales de operaciones, siendo dicha directiva objeto de modificación por Resolución Ministerial N° 232-2017-MIDIS; Que, mediante Informes N° 255-2019-MIDIS/SG/ OGPPM y N° 271-2019-MIDIS/SG/OGPPM, así como en los Informes N° 95-2019-MIDIS/SG/OGPPM/OM y N° 99-2019-MIDIS/SG/OGPPM/OM, la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, y la Oficina de Modernización, respectivamente, en el marco de su competencia y funciones emitieron opinión favorable sobre el proyecto de Manual de Operaciones del Programa Nacional de entrega de la pensión no contributiva a personas con discapacidad severa en situación de pobreza - CONTIGO, propuesto por la Dirección Ejecutiva del indicado Programa, recomendando su aprobación; Que, en atención a lo expuesto, a fin de que el Programa Nacional de entrega de la pensión no contributiva a personas con discapacidad severa en situación de pobreza - CONTIGO cuente con un documento técnico normativo de gestión organizacional, de conformidad con las disposiciones establecidas en la normatividad vigente y por el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, corresponde aprobar la propuesta de Manual de Operaciones en los términos propuestos por el Programa de entrega de la pensión no contributiva a personas con discapacidad severa en situación de pobreza; Con los visados del Despacho Viceministerial de Prestaciones Sociales, de la Dirección Ejecutiva del Programa Nacional de entrega de la pensión no contributiva a personas con discapacidad severa en situación de pobreza ­ CONTIGO, de la Dirección General de Calidad de la Gestión de los Programas Sociales, de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, y de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 29792, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado mediante Decreto

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