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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE ENERO DEL AÑO 2020 (08/01/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 44

44 NORMAS LEGALES Miércoles 8 de enero de 2020 / El Peruano refi ere la presente resolución, a la luz de la normatividad legal anteriormente citada; Con la opinión favorable y los visados de la Secretaria General, de la O fi cina General de Asuntos Legales, de la O fi cina General de Administración, de la O fi cina de Logística y de la O fi cina de Control Patrimonial; Estando a lo expuesto y de conformidad con la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores; el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo N° 082-2019-EF y el Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo N° 344-2018-EF y su modi fi catoria; el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo N° 004-2019-JUS; y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado mediante Decreto Supremo N° 135-2010-RE; SE RESUELVE:Artículo 1.- De la delegación al Titular de la Secretaria General Delegar en el (la) Secretario (a) General del Ministerio de Relaciones Exteriores, las siguientes facultades: 1.1 EN MATERIA PRESUPUESTARIAa) Aprobar y formalizar las modi fi caciones presupuestarias en el nivel funcional programático de acuerdo con el numeral 47.2 del artículo 47 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público. b) Aprobar el Plan Operativo Institucional del Pliego N° 008: Ministerio de Relaciones Exteriores y sus respectivas modi fi catorias. c) Aprobar las evaluaciones del Plan Estratégico Sectorial Multianual, del Plan Estratégico Institucional, del Plan Operativo Institucional y del Presupuesto Institucional. d) Emitir Directivas internas, circulares y/o manuales, así como todo documento de carácter normativo en materia presupuestal, que permita la racionalización del gasto y el manejo adecuado de los recursos asignados por toda fuente de fi nanciamiento. e) Aprobar la Programación Multianual y la Formulación Presupuestaria del Pliego N° 008: Ministerio de Relaciones Exteriores. f) Suscribir formatos, fi chas y documentación que tenga incidencia presupuestaria. 1.2 EN MATERIA FINANCIERASuscribir los Estados Financieros y Presupuestarios del Pliego Nº 008: Ministerio de Relaciones Exteriores, requeridos para la elaboración de la Cuenta General de la República y remitirla ante la Dirección General de Contabilidad Pública del Ministerio de Economía y Finanzas. 1.3 EN MATERIA NORMATIVAAprobar directivas, planes, manuales, programas, así como todo documento normativo que regule los actos de administración interna, elaboración de documentos de gestión, trámites internos, lineamientos técnicos-normativos y metodológicos, orientados a optimizar los procedimientos administrativos de carácter interno a cargo de todas las unidades orgánicas del Ministerio de Relaciones Exteriores. 1.4 EN MATERIA DE CONTRATACIONES DEL ESTADO a) Autorizar los procesos de estandarización. b) Resolver los recursos de apelación interpuestos contra los actos dictados durante el desarrollo de los procedimientos de selección correspondientes a licitación pública, concurso público, adjudicación simpli fi cada, subasta inversa electrónica, selección de consultores individuales, comparación de precios; desde la convocatoria hasta aquellos actos emitidos antes de la celebración del contrato cuyo monto de su valor estimado o valor referencial sea igual o menor a cincuenta unidades impositivas tributarias (50 UIT). 1.5 EN MATERIA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVAa) Resolver los recursos administrativos interpuestos ante los órganos dependientes del Ministerio de Relaciones Exteriores, en aquellos procedimientos en los que éste constituya la última instancia. b) Constituir comisiones, grupos de trabajo y/o similares al interior de la Entidad, así como disponer la modi fi cación de la conformación de los mismos, de ser el caso. c) Suscribir convenios de gestión y de cooperación interinstitucional en materia de su competencia y sus respectivas adendas, con excepción de aquellos que por norma expresa deban ser suscritos por el Titular de la Entidad. Artículo 2.- De la delegación al Titular de la O fi cina General de Administración. Delegar en el (la) Jefe (a) de la O fi cina General de Administración del Ministerio de Relaciones Exteriores las siguientes facultades: 2.1 EN MATERIA DE CONTRATACIONES DEL ESTADO a) Aprobar el Plan Anual de Contrataciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, así como sus modi fi catorias. b) Aprobar las bases de los procedimientos de selección correspondientes a licitación pública, concurso público, adjudicación simpli fi cada, subasta inversa electrónica, selección de consultores individuales, comparación de precios que realice el Ministerio de Relaciones Exteriores; así como las adjudicaciones simpli fi cadas derivadas de la declaratoria de desierto de los procedimientos de selección por licitación pública sin modalidad o concurso público, y las contrataciones directas establecidas en el literal c) del presente numeral. c) Aprobar contrataciones directas bajo los supuestos establecidos en los literales e), g), j), k), l) y m) del numeral 27.1 del artículo 27 del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones del Estado. d) Designar a los miembros integrantes de los comités de selección, que tendrán a su cargo la preparación, conducción y realización de los procedimientos de selección hasta su culminación; así como disponer la modi fi cación de la contratación de los mismos, de acuerdo a los lineamientos establecidos en los artículos 44 y 45 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. e) Aprobar la asignación su fi ciente de recursos para el otorgamiento de la buena pro para la contratación de obras y consultorías de obras, cuando las propuestas económicas superen el valor referencial hasta el límite máximo de diez por ciento (10%), debiéndose veri fi car que la propuesta económica no afecte la declaratoria de viabilidad del proyecto, siempre que se cuente con certi fi cación presupuestal. f) Aprobar la ejecución de prestaciones adicionales o la reducción de las mismas, siempre que se cuente con la asignación presupuestaria su fi ciente, ambas hasta por el límite del veinticinco por ciento (25%) del monto del contrato original, que tengan como objeto la contratación de bienes, servicios en general y consultorías, para el caso de procedimientos de selección correspondientes a licitación pública, concurso público, adjudicación simpli fi cada, subasta inversa electrónica, selección de consultores individuales, comparación de precios que realice el Ministerio de Relaciones Exteriores, así como las adjudicaciones simpli fi cadas derivadas de la declaratoria de desierto de los procedimientos de selección por licitación pública sin modalidad o concurso público y las contrataciones directas establecidas en el literal c) del presente numeral. g) Aprobar los expedientes de contratación correspondientes a licitación pública, concurso público,