Norma Legal Oficial del día 29 de enero del año 2020 (29/01/2020)


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El Peruano / Miércoles 29 de enero de 2020

NORMAS LEGALES

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existentes la presentación de Estudios de Impacto Vial, conforme a la normatividad aplicable. ff) Velar por el cumplimiento de la implementación de las medidas de mitigación de los Estudios de Impacto Vial y las complementarias aprobadas en los Estudios de Monitoreo". Quinta.- Modificación y actualización del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) Encárguese a la GMS y a la GDU la propuesta de Ordenanza para la modificación y actualización del TUPA de la municipalidad, conforme a lo dispuesto en la presente Ordenanza. Sexta.- Promoción y Reconocimiento La municipalidad implementa mecanismos de promoción y/o reconocimiento a las instituciones, propietarios, promotores y/o conductores de las edificaciones existentes, sustentado en el cumplimiento de los planes de mitigación aprobados, que promuevan acciones o medidas en gestión vial y transporte sostenible como la incorporación de vehículos de gran capacidad. Dichos mecanismos son reglamentados por Decreto de Alcaldía. Sétima.- Delegación de Facultades Facultar al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía proceda a reglamentar todas las disposiciones que sean necesarias para el mejor cumplimiento de la presente Ordenanza. Octava.- Vigencia y Publicación de la Norma La presente Ordenanza entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano", y será publicada además en la página web de la Municipalidad Distrital de La Molina (http://www. munimolina.gob.pe). Novena.- Cumplimiento Encárguese el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia de Movilidad Sostenible en coordinación con la Gerencia de Desarrollo Urbano, Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Institucional y otras gerencias involucradas. POR TANTO: Regístrese, publíquese y cúmplase. ALVARO GONZALO PAZ DE LA BARRA FREIGEIRO Alcalde 1849932-1

Ordenanza que establece programa de incentivos para promover el desarrollo económico local y apoyo a la población vulnerable en la jurisdicción del distrito de La Molina
ORDENANZA N° 396/MDLM La Molina, 21 de enero del 2020 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE LA MOLINA POR CUANTO: EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MOLINA VISTO; en Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha, el proyecto de Ordenanza que establece el Programa de Incentivos para Promover el Desarrollo Económico Local y Apoyo a la Población Vulnerable en la jurisdicción del Distrito de La Molina; CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú, en el artículo 194°, modificado por la Ley de Reforma Constitucional

- Ley N° 30305, establece que las municipalidades provinciales y distritales son órganos de gobierno local, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades; Que, el artículo 74° y el numeral 4) del artículo 195° de la Constitución Política del Perú, en concordancia con la Norma IV del Título Preliminar del Texto Único Ordenado (TUO) del Código Tributario, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 133-2013-EF, establece la potestad tributaria de los gobiernos locales para crear, modificar y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, derechos y licencias, o exonerar de éstas, dentro de su jurisdicción y dentro de los límites que señala la Ley; Que, mediante la Ordenanza N° 390/MDLM, se aprobó el Régimen Tributario de los Arbitrios Municipales de Limpieza Pública (Barrido de Calles y Recolección de Residuos Sólidos) Parques y Jardines Públicos y Serenazgo para el ejercicio 2020; Que, conforme a la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, constituye función municipal la promoción del Desarrollo Económico Local que permite fomentar las ventajas comparativas y las características únicas de una localidad con el fin de fortalecer la economía local, teniendo en cuenta lo previsto los artículos 36°, 84° numeral 2.4 y 86° de la citada Ley Orgánica; Que, siendo objetivo de la municipalidad promover el desarrollo económico local, así como apoyar las poblaciones vulnerables en el distrito de La Molina, resulta conveniente otorgar facilidades y beneficios tributarios en arbitrios municipales para contribuyentes con discapacidad, condición precaria y/o que tengan hijos con habilidad diferente, pensionistas y adultos mayores residentes en el distrito, así como asociaciones de vecinos, propietarios de inmuebles para uso de local comunal y destinado a dichos fines, a la vez de promover e incentivar el Programa Molicard; Que, la Gerencia de Administración Tributaria con Informe N° 057-2019-MDLM-GAT de fecha 30 de diciembre del 2019, remite la propuesta del proyecto de Ordenanza que establece el Programa de Incentivos para promover el Desarrollo Económico Local y apoyo a la Población Vulnerable en la jurisdicción del Distrito de La Molina, acorde con lo informado por la Subgerencia de Recaudación y Ejecutoria Coactiva, mediante Informe N° 0043-2019-MDLMGAT-SREC, de fecha 30 de diciembre del 2019; Que, la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Institucional, a través del Memorándum N° 2629-2019-MDLM-GPPDI, de fecha 30 de diciembre del 2019, opina que resulta favorable la propuesta presentada, cuya ejecución será subvencionada con los recursos de otras fuentes de financiamiento de la municipalidad; Que, la Gerencia de Asesoría Jurídica, según Informe N° 237-2019-MDLM-GAJ, de fecha 30 de diciembre del 2019, concluye que resulta legalmente viable la propuesta de Ordenanza presentada, que cuenta además con la opinión favorable de la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Institucional, la cual según la normatividad aplicable corresponde su aprobación al Concejo Municipal; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades contenidas en el artículo 9°, numeral 8), artículo 8°, y artículo 40° de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley N° 27972, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, el Concejo aprobó por unanimidad de los miembros presentes (once) la siguiente: ORDENANZA QUE ESTABLECE PROGRAMA DE INCENTIVOS PARA PROMOVER EL DESARROLLO ECONÓMICO LOCAL Y APOYO A LA POBLACION VULNERABLE EN LA JURISDICCION DEL DISTRITO DE LA MOLINA Artículo 1.- Exoneración a población vulnerable. Exonerar al 100% el pago de los Arbitrios Municipales correspondientes al Ejercicio 2020 a los contribuyentes del distrito de La Molina, con discapacidad o que tengan hijos con discapacidad, y/o que se encuentren en condición precaria, siempre que sean propietarios de un solo predio destinado a uso de casa habitación.

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