Norma Legal Oficial del día 23 de febrero del año 2020 (23/02/2020)


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TEXTO DE LA PÁGINA 37

El Peruano / Domingo 23 de febrero de 2020

NORMAS LEGALES

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mecanismos de registro de los agentes participantes, entre otros que considere el pliego; Que, mediante Resolución Directoral Nº 007-2010EF/76.01, del 12 de abril de 2010, se aprueba el instructivo Nº 001-2010-EF/766.01, denominado "Instructivo para el Presupuesto Participativo Basado en Resultados", que establece mecanismos y pautas para el desarrollo del Presupuesto Participativo en los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales; y en su numeral 2.2. señala que como roles del Consejo Regional en el Presupuesto Participativo: Aprobar las normas complementarias que requieran para llevar a cabo el proceso; fiscalizar el desarrollo oportuno de cada una de las fases del proceso, velar por el cumplimiento de los acuerdos y compromisos asumidos por el Gobierno Regional o Gobierno Local; Que, la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, establece promover la transparencia de los actos del Estado y regular el derecho fundamental del acceso a la información consagrado en el numeral 5 del artículo 2º de la Constitución Política del Perú; Que, la Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, tiene por objeto establecer los principios y la base legal para iniciar el proceso de modernización de la gestión del Estado, en todas sus instituciones e instancias, en el artículo 8º establece sobre la democracia participativa, El Estado debe promover y establecer los mecanismos para lograr una adecuada democracia participativa de los ciudadanos, a través de mecanismos directos e indirectos de participación; Que, mediante la Ordenanza Regional Nº 047-2013-CR-GRH, se aprobó la modificación del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del Gobierno Regional de Huánuco, es así que la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial de acuerdo al artículo 47º ítem b) tiene la función de dirigir la aplicación de metodologías establecidas para la formulación del Plan de Desarrollo Regional Concertado y el Presupuesto Participativo Anual, el Programa de Desarrollo Institucional y estrategias de acciones regionales; Que, el Proceso del Presupuesto Participativo, es un mecanismo de asignación equitativa, racional, eficiente, eficaz y transparente de los recursos públicos, que fortalece la relación Estado - Sociedad Civil, para ello los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales promueven el desarrollo de mecanismos y estrategias de participación en la programación de sus presupuestos, así como en la vigilancia y fiscalización de la gestión de los recursos públicos. Corresponde al Gobierno Regional organizar los mecanismos de coordinación y consistencia presupuestal en materia de gastos de inversión y entre niveles de gobierno (distrital y provincial), así como procurando economía de escala, concertación de esfuerzos y coordinación de recursos; Que, mediante Informe Nº 624-2019-GRH/GRPPAT, de fecha 18 de diciembre de 2019, la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, remite a la Gerencia General Regional el proyecto de Reglamento del Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados 2021, elaborado por la Sub Gerencia de Planeamiento Estratégico y Estadística según Informe Nº 61-2019-GRH/GRPPAT/ SGPEE/AMDCH, a fin de que sea derivado al Consejo Regional para su aprobación; Que, con Informe Legal Nº1470-2019-GRH/GGR/ ORAJ, de fecha 20 de diciembre de 2019, el Director de la Oficina Regional de Asesoría Jurídica, emite opinión legal favorable para que mediante Ordenanza Regional se apruebe el Reglamento para el desarrollo del Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados 2021 del Gobierno Regional Huánuco; Que, según Oficio 983-2019-GRH/GR, de fecha 23 de diciembre de 2019, el Gobernador Regional del Gobierno Regional Huánuco, solicita al Consejo Regional la Aprobación del Reglamento del Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados 2021 del Gobierno Regional Huánuco, para lo cual adjunta la opinión técnica y legal favorable (Informe Nº 624-2019-GRH/GRPPAT e Informe Nº 1470-2019-GRH-GGR/ORAJ); Que, con Dictamen Nº 032-2019-GRHCO-CR/ CPPPATyAL, de fecha 26 diciembre de 2019, la

Comisión Permanente de Planeamiento, Presupuesto, Acondicionamiento Territorial y Asuntos Legales del Consejo Regional del Gobierno Regional Huánuco, Dictamina favorablemente respecto a la Aprobación del Reglamento del Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados 2021 del Gobierno Regional Huánuco; Que, habiéndose tratado en Sesión Extraordinaria de Consejo Regional, el Dictamen Nº 032-2019-GRHCOCR/CPPPATyAL, de la Comisión Permanente de Planeamiento, Presupuesto, Acondicionamiento Territorial y Asuntos Legales del Consejo Regional del Gobierno Regional Huánuco y luego de ser sometido a debate, el pleno del Consejo Regional lo aprobó por UNANIMIDAD; Que, el artículo 38º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que: "Las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamenta materias de su competencia"; Estando a lo expuesto, conforme a las atribuciones conferidas por la Constitución Política del Estado, la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias; el Reglamento Interno de Consejo Regional Huánuco y a lo aprobado por el Pleno del Consejo Regional, con dispensa de trámite de lectura y aprobación del acta, ha aprobado la siguiente; ORDENANZA REGIONAL: Artículo Primero.- APROBAR, EL REGLAMENTO PARA EL DESARROLLO DEL PROCESO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO BASADO EN RESULTADOS 2021 DEL GOBIERNO REGIONAL HUÁNUCO. Artículo Segundo.- ENCARGAR, a la Gobernación Regional, Gerencia General Regional y Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, el cumplimiento y ejecución de la presente Ordenanza Regional, quienes deben emitir la resolución y directivas correspondientes. Artículo Tercero.- ENCARGAR, al Consejo de Coordinación Regional, asumir el liderazgo promoviendo que los procesos se realicen de manera sincronizada, es decir que se inicien primero en los gobiernos distritales, luego en las provincias y después en la región, teniendo en cuenta los plazos establecidos. Artículo Cuarto.- DERÓGUESE, las normas o actos administrativos que se opongan a la presente Ordenanza Regional. Artículo Quinto.- ENCARGAR, a la Gerencia General Regional, en coordinación con la Oficina de Secretaría General, la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial "El Peruano" y en el Portal Electrónico de la institución, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 42º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales. Artículo Sexto.- La presente Ordenanza Regional, entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano". Comuníquese al señor Gobernador Regional del Gobierno Regional Huánuco para su promulgación. En Huánuco a los 31 días del mes de diciembre del año dos mil diecinueve. JUAN E. FERRER FABIÁN Consejero Delegado Consejo Regional POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la Sede Central del Gobierno Regional Huánuco, a los 31 días del mes de diciembre del año 2019. JUAN MANUEL ALVARADO CORNELIO Gobernador Regional 1857903-2

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