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44 NORMAS LEGALES Jueves 2 de julio de 2020 / El Peruano los planes que permiten la elaboración o modi fi cación del Plan Estratégico Institucional (PEI) y el Plan Operativo Institucional (POI), en el marco del Ciclo de Planeamiento Estratégico para la mejora continua; Que, el numeral 6.2 de la Guía para el Planeamiento Institucional, señala que el PEI se elabora y aprueba en el año previo al inicio de su vigencia, y en consecuencia la entidad debe elaborar y aprobar el POI Multianual para un período no menor de tres años respetando el período de vigencia del PEI, a través del aplicativo CEPLAN y dispone su publicación en el Portal de Transparencia Estándar de la entidad; Que, mediante Resolución Ministerial N° 190-2020-PRODUCE, se aprueba la ampliación del Plan Estratégico Institucional (PEI) del Ministerio de la Producción 2020-2022, hasta el 2023; quedando denominado como “Plan Estratégico Institucional (PEI) 2020-2023 del Ministerio de la Producción; Que, con Resolución de Presidencia del Consejo Directivo N° 00013-2020-CEPLAN/PCD, se prorroga el plazo de la sección 6 de la Guía para el Planeamiento Institucional, estableciendo el 30 de junio de 2020 como plazo máximo para la aprobación del Plan Operativo Institucional (POI) Multianual 2021-2023 por parte de los titulares de las entidades de los tres niveles de gobierno; Que, mediante Memorandos N° 427, 434 y 441-2020-PRODUCE/OGPPM, la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, sustentado en el Informe N° 135-2020-PRODUCE/OPM de la O fi cina de Planeamiento y Modernización, que hace suyo, propone la aprobación del Plan Operativo Institucional (POI) Multianual 2021-2023 del Ministerio de la Producción, cuyas Actividades Operativas están alineadas a los Objetivos Estratégicos y Acciones Estratégicas Institucionales del PEI 2020-2023 del Ministerio de la Producción; De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo N° 1088, Ley del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico; el Decreto Legislativo N° 1047, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2017-PRODUCE, y su modi fi catoria; así como lo dispuesto en la Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 00053-2018-CEPLAN/PCD, que aprueba la modi fi cación de la Guía para el Planeamiento Institucional y la Resolución de Presidencia del Consejo Directivo N° 00013-2020-CEPLAN/PCD, que prorroga diversos plazos y modi fi ca la Guía para el Planeamiento Institucional, aprobada por la Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 033-2017/CEPLAN/PCD; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobar el Plan Operativo Institucional (POI) Multianual 2021-2023 del Ministerio de la Producción, que en Anexo forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario O fi cial “El Peruano” y su Anexo en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción (www.gob.pe/produce). Regístrese, comuníquese y publíquese.ROCÍO BARRIOS ALVARADO Ministra de la Producción 1869365-2 Aprueban el otorgamiento de subvenciones a favor de personas naturales y jurídicas privadas con cargo al Presupuesto Institucional 2020 del Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad RESOLUCIÓN DE COORDINACIÓN EJECUTIVA N° 311-2020-PRODUCE/INNÓVATEPERÚ Lima, 30 de junio de 2020VISTOS: El Informe N° 103-2020-PRODUCE/INNÓVATEPERÚ. UA.AL del Área de Asesoría Legal; el Informe N° 076-2020-PRODUCE/INNÓVATEPERÚ-UPEG de la Unidad de Plani fi cación y Evaluación de la Gestión; los Memorandos N° 337 y N° 339-2020-PRODUCE/ INNÓVATEPERÚ-UA de la Unidad de Administración; los Memorandos N° 066 y N°067-2020-PRODUCE/INNÓVATEPERÚ-UM de la Unidad de Monitoreo; y, CONSIDERANDO:Que, mediante Ley N° 28939, se creó el Fondo de Investigación y Desarrollo para la Competitividad - FIDECOM, con la fi nalidad de promover la investigación y desarrollo, especialmente en proyectos de innovación productiva con participación empresarial, cuya implementación y medidas para su ejecución económica y fi nanciera fueron dispuestas en la Ley N° 29152 y Decreto Supremo 003-2009-PRODUCE; Que, mediante Ley N° 30230, se creó el Fondo MIPYME, siendo uno de sus objetivos incrementar la productividad de las MIPYME, a través de instrumentos para la difusión tecnológica, innovación empresarial, mejora de la gestión, encadenamientos productivos y acceso a mercados, a través de instrumentos de servicios no fi nancieros con entidades públicas y privadas; Que, mediante Decreto Supremo N° 240-2016- EF, se aprobó la operación de endeudamiento externo entre la República del Perú y el Banco Interamericano de Desarrollo - BID, destinada a fi nanciar parcialmente el Proyecto “Mejoramiento de los Niveles de Innovación Productiva a Nivel Nacional”; suscribiéndose, el Contrato de Préstamo N° 3700/OC-PE; Que, a través del Decreto de Urgencia N° 014- 2019 se aprobó el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, y mediante su Vigésima Cuarta Disposición Complementaria Final, autoriza al Ministerio de la Producción, a través del Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad, a efectuar transferencias fi nancieras a favor de las entidades públicas del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, y otorgar subvenciones a favor de los bene fi ciarios de fi nidos en el marco de las normas que regulan los fondos que administra, con cargo a su presupuesto; disponiendo que las mismas se aprueban mediante resolución del titular del pliego y se publica en el Diario O fi cial El Peruano, regulando asimismo que la facultad para aprobar las subvenciones podrá ser delegada en el funcionario a cargo del Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad; Que, mediante Resolución Ministerial N° 024-2020-PRODUCE de fecha 17 de enero de 2020, el Titular del Ministerio de la Producción, delega en el/la Coordinador/a Ejecutivo/a del Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad, la facultad para aprobar el otorgamiento de las subvenciones a favor de los bene fi ciarios de fi nidos en el marco de los procedimientos y normas que regulan los fondos que administra y con cargo a su presupuesto; Que, la Unidad de Administración mediante Memorandos N° 337 y N° 339-2020-PRODUCE/ INNÓVATEPERÚ-UA de fechas 23 y 29 de junio de 2020 respectivamente, solicitó la autorización de los certi fi cados de crédito presupuestario para el otorgamiento de subvenciones a favor de personas naturales y jurídicas privadas, adjuntando los Memorandos N° 066 y N°067-2020-PRODUCE/INNÓVATEPERÚ-UM de fechas 23 y 29 de junio de 2020 respectivamente, emitidos por la Unidad de Monitoreo, mediante los cuales se remitió la relación de los proyectos a ser fi nanciados con recursos del Contrato de Préstamo N° 3700/OC-PE “Mejoramiento de los Niveles de Innovación Productiva a Nivel Nacional”, Fondo MIPYME y del Fondo de Investigación y Desarrollo para la Competitividad – FIDECOM; indicando la citada Unidad de Monitoreo que se han cumplido con las obligaciones, cronogramas y metas establecidas en los convenios/contratos suscritos para la ejecución de los proyectos;