TEXTO PAGINA: 52
52 NORMAS LEGALES Jueves 2 de julio de 2020 / El Peruano modi fi cada por Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 057-2016-SERVIR/PE, en adelante la Directiva, que establece las normas para la gestión del proceso de administración de puestos, elaboración y aprobación del Cuadro de Puestos de la Entidad - CPE, la cual incluye los lineamientos para la aprobación del Cuadro para Asignación de Personal Provisional, en adelante CAP - Provisional; Que, el numeral 7.5 de la Directiva, establece que el CAP - Provisional, es el documento de gestión institucional de carácter temporal que contiene los cargos defi nidos y aprobados por la entidad, sobre la base de su estructura orgánica vigente prevista en su Reglamento de Organización y Funciones o Manual de Operaciones, según corresponda, cuya fi nalidad es viabilizar la operación de las entidades públicas durante el periodo de transición del sector público al régimen del servicio civil previsto en la Ley N° 30057; Que, conforme a los numerales 3.1 y 4.1 del Anexo N° 4 de la Directiva, la aprobación del CAP - Provisional, está condicionada al Informe de Opinión Favorable que emita la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR; Que, mediante Memorando N° 539-2020-MTC/24, la Dirección Ejecutiva del Programa Nacional de Telecomunicaciones - PRONATEL, sustenta la necesidad de modi fi car el artículo 3 de la Resolución Ministerial N° 0311-2020-MTC/01.03, con el objeto de ampliar el plazo para la aprobación del CAP Provisional del PRONATEL, conforme a las disposiciones de la Directiva N° 002-2015-SERVIR-GDSRH “Normas para la Gestión del Proceso de Administración de Puestos, y Elaboración y Aprobación del Cuadro de Puestos de la Entidad - CPE”; Que, en ese sentido, es necesario aprobar la modi fi cación del artículo 3 de la Resolución Ministerial N° 0311-2020-MTC/01.03; De conformidad con la Ley N° 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, el Decreto Supremo Nº 018-2018-MTC, que dispone la fusión del Fondo de Inversión en Telecomunicaciones en el Ministerio de Transportes y Comunicaciones y la creación del Programa Nacional de Telecomunicaciones, la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 304-2015-SERVIR/PE que aprueba la Directiva N° 002-2015-SERVIR/GDSRH “Normas para la Gestión del Proceso de Administración de Puestos y Elaboración y Aprobación del Cuadro de Puestos de la Entidad – CPE”, y modi fi catoria, y la Resolución Ministerial N° 0311-2020-MTC/01.03, que aprueba el Manual de Operaciones del Programa Nacional de Telecomunicaciones - PRONATEL; SE RESUELVE:Artículo 1.- Modifícase el artículo 3 de la Resolución Ministerial N° 0311-2020-MTC/01.03, en los siguientes términos: “Artículo 3.- La presente Resolución Ministerial entrará en vigencia una vez aprobado el Cuadro para Asignación de Personal (CAP) Provisional del PRONATEL, en tanto, siguen operativas las unidades funcionales contenidas en el Manual de Operaciones aprobado con Resolución Ministerial N° 146-2019-MTC/01; con la aprobación del nuevo Cuadro para Asignación de Personal (CAP) Provisional queda derogada la Resolución Ministerial N° 146-2019-MTC/01”. Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el portal institucional del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (www.gob.pe/mtc), en el Portal Institucional del Programa Nacional de Telecomunicaciones (www.gob.pe/pronatel), y en Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe), el día siguiente de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíqueseCARLOS LOZADA CONTRERAS Ministro de Transportes y Comunicaciones 1869414-1Modifican “Directiva que establece el procedimiento para el otorgamiento del beneficio de pago fraccionado de deudas por concepto de Tasas, Canon y Multas Administrativas derivadas de la aplicación del Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93- TCC, la Ley Nº 28278 - Ley de Radio y Televisión - y sus respectivos Reglamentos” RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0357-2020-MTC/01.03 Lima, 1 de julio de 2020 VISTO: El Informe N° 0427-2020-MTC/26 de la Dirección General de Políticas y Regulación en Comunicaciones; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 026-2005-MTC se aprobó la Directiva Nº 002-2005-MTC/03.03, “Directiva que establece el procedimiento para el otorgamiento del bene fi cio de pago fraccionado de deudas por concepto de Tasas, Canon y Multas Administrativas derivadas de la aplicación del Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, la Ley Nº 28278–Ley de Radio y Televisión – y sus respectivos Reglamentos”, en adelante la Directiva; Que, el numeral VI de la citada Directiva, estableció inicialmente que para acogerse al bene fi cio de pago fraccionado, el titular de la deuda o su representante legal debía presentar una solicitud dirigida al Director de la O fi cina de Recaudación y Soporte Operativo del Viceministerio de Comunicaciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, órgano que emitía el resolutivo correspondiente, lo que fue modi fi cado en virtud a la dación de la Ley Nº 29370, nueva Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones que se aprobó con Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC, en el cual se disponía que la Dirección General de Concesiones en Comunicaciones, la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones y la Dirección General de Control y Supervisión de Comunicaciones, respectivamente, tenían la función de emitir resolutivos de fraccionamiento de deuda; Que, considerando los cambios en la denominación de los órganos competentes para atender solicitudes de fraccionamiento y con el fi n de simpli fi car los requisitos para obtener dicho bene fi cio, se expidió la Resolución Ministerial N° 600-2018-MTC/01.03, cuyo artículo 2 establece que toda mención en la Directiva, a la O fi cina de Recaudación y Soporte Operativo, se entiende referida al órgano de línea correspondiente del Sector Comunicaciones; Que, posteriormente se expidió un nuevo Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, cuya primera y segunda sección fueron aprobadas mediante el Decreto Supremo N° 021-2018-MTC y Resolución Ministerial N° 015-2019-MTC/01 respectivamente; asimismo, el Texto Integrado de dicho reglamento se aprobó mediante la Resolución Ministerial N° 959-2019-MTC/01, cuyo artículo 57 dispone que la O fi cina de Cobranza y Ejecución Coactiva es la unidad orgánica dependiente de la O fi cina General de Administración encargada de la gestión de cobranzas, así como de la coordinación y ejecución de los procedimientos de ejecución coactiva de las obligaciones a cargo de personas naturales o jurídicas generadas por los órganos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, provenientes de relaciones jurídicas de derecho público; Que, en la misma línea, el literal e) del artículo 58 del Texto Integrado del Reglamento de Organización